Norma Legal Oficial del día 15 de Septiembre del año 2011 (15/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

449915

Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobadas al 1 de MORDAZA de 2011, en virtud del silencio administrativo positivo, las renovaciones de las autorizaciones que se consignan en el Anexo, que forma parte integrante de la presente resolucion, otorgadas a la empresa RADIO "A" FRECUENCIA MODULADA S.A.C., para la prestacion del servicio de radiodifusion en diferentes localidades del MORDAZA, conforme al anexo citado. Articulo 2º.- La renovacion de las autorizaciones a que se refiere el articulo precedente, se otorgan por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia senalados en el Anexo adjunto. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la

autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y canon anual, por cada autorizacion. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

ANEXO I RENOVACIONES DE AUTORIZACIONES - RADIO "A" FRECUENCIA MODULADA S.A.C.
Nº AUTORIZACION RESOLUCION Nº 1 2 3 4 5 6 RVM -379-2000-MTC/15.03 RVM -056-2001-MTC/15.03 RVM -075-98-MTC/15.03 RVM -184-2000-MTC/15.03 RVM -478-2000-MTC/15.03 RVM -053-2001-MTC/15.03 FECHA VENCIMIENTO 20-10-2007 9-10-2007 22-5-2008 31-5-2008 30-5-2008 13-8-2008 SOLICITUD DE RENOVACION Nº 2007-001008 2007-003066 2008-004907 2008-004900 2008-004902 2008-019705 FECHA 12-1-2007 1-2-2007 5-2-2008 5-2-2008 5-2-2008 9-5-2008 FECHA DE VENCIMIENTO RENOVACION 20-10-2017 9-10-2017 22-5-2018 31-5-2018 30-5-2018 13-8-2018 LOCALIDAD DEPARTAMENTO BANDA MODALIDAD FINALIDAD

SULLANA PUERTO MORDAZA CHIMBOTE CANETE - IMPERIAL - QUILMANA MORDAZA HUARAL - CHANCAY

MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA ICA MORDAZA

FM FM FM FM FM FM

SONORA SONORA SONORA SONORA SONORA SONORA

COMERCIAL COMERCIAL COMERCIAL COMERCIAL COMERCIAL COMERCIAL

690208-1

Declaran aprobada solicitud de renovacion de autorizacion otorgada mediante R.VM. Nº 684-2002-MTC/03 a Radio Difusora del Ucayali S.A.C.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 746-2011-MTC/03

MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2011 VISTO, el Escrito con Registro Nº 2010-003790 del 29 de enero de 2010, mediante el cual la empresa RADIO DIFUSORA DEL UCAYALI S.A.C., solicita la renovacion de la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 010-91TC/15.17 del 04 de enero de 1991, se otorgo por el plazo de diez (10) anos, autorizacion para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Calleria, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, a la empresa RADIO DIFUSORA DEL UCAYALI S.A.C.; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 684-2002MTC/03 del 12 de diciembre de 2002, se otorgo la renovacion de la autorizacion a la empresa RADIO DIFUSORA DEL UCAYALI S.A.C., para que continue prestando el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Calleria,

provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, autorizacion que estuvo vigente hasta el 04 de enero del ano 2011; Que, mediante Escrito de Registro Nº 2010-003790 del 29 de enero de 2010, la empresa RADIO DIFUSORA DEL UCAYALI S.A.C. solicito la renovacion de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 6842002-MTC/03; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se otorgan por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, renovables por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Television ­ Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, el articulo 69º del mencionado Reglamento establece las condiciones a las cuales se sujeta la renovacion de las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion; en tanto que el articulo 71º y la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de dicho cuerpo legal consignan los requisitos necesarios para el otorgamiento de la renovacion solicitada; Que, el articulo 68º del citado Reglamento dispone que la solicitud de renovacion puede presentarse hasta el dia de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorizacion otorgada; en el presente caso, la solicitud de renovacion, presentada mediante escrito de registro Nº 2010-003790 del 29 de enero de 2010, fue presentada dentro del plazo de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 684-2002-MTC/03; Que, mediante Memorando Nº 4305-2010-MTC/29 del 02 de diciembre de 2010, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones remite el

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