Norma Legal Oficial del día 15 de Septiembre del año 2011 (15/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de La Oroya ­ MORDAZA ­ Tarma ­ La MORDAZA, departamento de MORDAZA con vigencia hasta el 20 de setiembre de 2007; Que, mediante solicitud de registro Nº 2007-030237, del 10 de setiembre de 2007, la empresa en mencion solicito la renovacion de autorizacion de la estacion radiodifusora autorizada en OM; Que, conforme al articulo 15º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television disponen que para obtener la renovacion de la autorizacion para continuar prestando el servicio de radiodifusion, es necesario cumplir con las condiciones y requisitos que en ellas se detallan; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio, actualizado mediante Resoluciones Ministeriales Nº 644-2007-MTC/01 y Nº 846-2009MTC/01, ha establecido en el procedimiento Nº 14 denominado "Renovacion de Autorizacion del Servicio de Radiodifusion", contenido en la seccion correspondiente a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y bajo el cual debe tramitarse la solicitud MORDAZA mencionada, que el plazo para la atencion de dicha solicitud es de ciento veinte (120) dias habiles, estando sujeta al silencio administrativo positivo; Que, por otro lado, el articulo 2º de la Ley del Silencio Administrativo ­ Ley Nº 29060, precisa que los procedimientos administrativos, sujetos a silencio administrativo positivo, se consideraran automaticamente aprobados si, vencido el plazo establecido o MORDAZA, la entidad no hubiera emitido el pronunciamiento correspondiente, no siendo necesario expedirse pronunciamiento o documento alguno para que la administrada pueda hacer efectivo su derecho, bajo responsabilidad del funcionario o servidor publico que lo requiera. En tal sentido, al no haber emitido este Ministerio el debido pronunciamiento respecto de la solicitud de renovacion de autorizacion, ello genera que dicha solicitud presentada con escrito de registro Nº 2007-030237 el 10 de setiembre de 2007, se considere automaticamente aprobada en los terminos solicitados a partir del 25 de junio de 2009; Que, segun el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Onda Media (OM) para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 4122005-MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada La Oroya ­ MORDAZA ­ Tarma ­ La MORDAZA, se incluye al distrito y provincia de Tarma, departamento de MORDAZA, para el servicio en mencion, ubicacion consignada en la Resolucion Directoral Nº 1197-2011-MTC/28; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2474-2011MTC/28, MORDAZA con Informe Nº 2743-2011-MTC/28 opina que, en virtud al silencio administrativo positivo, ha quedado aprobada la solicitud de renovacion de autorizacion otorgada a la empresa RADIO TARMA E.I.R.L., por Resolucion Viceministerial Nº 091-99MTC/15.03, considerando que debe expedirse la resolucion respectiva en donde se incluya el plazo de su vigencia; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y,

Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 25 de junio de 2009, la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 091-99-MTC/15.03, a la empresa RADIO TARMA E.I.R.L. para que continue prestando el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en la localidad de La Oroya ­ MORDAZA ­ Tarma ­ La MORDAZA, departamento de Junin. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 091-99-MTC/15.03, en consecuencia, vencera el 20 de setiembre de 2017. Articulo 3º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como a efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones
690210-1

Otorgan autorizacion a la Municipalidad Provincial General MORDAZA Cerro para prestar servicio de radiodifusion sonora educativa en FM
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 749-2011-MTC/03

MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2011 VISTO, el Expediente Nº 2010-009803 presentado por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL GENERAL MORDAZA CERRO, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Omate, provincia de General MORDAZA Cerro, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas,

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