Norma Legal Oficial del día 15 de Septiembre del año 2011 (15/09/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

449920

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de setiembre de 2011

a) Certificados de habilidad N.ºs 037415, 037417 y 037418 expedidos por el Colegio de Ingenieros del Peru donde se deja MORDAZA que el ingeniero Revoredo Loli MORDAZA MORDAZA con CPI N.º 48144 se encuentra habilitado para el ejercio de su profesion desde el 30 de marzo al 31 de MORDAZA del presente, tiempo que duro la calificacion de su expediente. Que, en merito a lo dispuesto en el articulo 208º de La Ley, es menester precisar que el fundamento del recurso de reconsideracion radica en permitir que la misma autoridad que conocio del procedimiento revise nuevamente el caso y pueda corregir sus equivocaciones de criterio o analisis; en ese sentido, con lo senalado en los literales precedentes se puede concluir que la empresa ha presentado un hecho tangible y no evaluado con anterioridad, lo que amerita la reconsideracion. Que, teniendo en cuenta que los fundamentos de la improcedencia de la Resolucion Directoral Nº 2794-2011MTC/15, fue que el Ingeniero Civil MORDAZA A. Revoredo Loli con Registro de C.I.P. N.º 48144 quien MORDAZA el Plano de Ubicacion se encontraba inhabilitado segun informacion publicada en la pagina web del Colegio de Ingenieros Que, de la revision de los anexos del recurso interpuesto, se puede apreciar que el ingeniero Revoredo Loli MORDAZA MORDAZA con CPI N.º 48144 se encontraba habilitado y autorizado desde el 30 de marzo hasta el 31 de MORDAZA, tiempo que duro la evaluacion de su solicitud, tal y como consta en los Certificados de habilidad Nºs. 037415, 037417 y 037418; Que, estando a lo opinado en el informe Nº 3732011-MTC/15.03.CITV.heag, elaborado por el abogado informante de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se procede a emitir el acto administrativo correspondiente. De conformidad a lo dispuesto el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobados por Decreto Supremo N.º 025-2008-MTC, Ley N.º 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General y Ley N.º 29370 ­ ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el Recurso de Reconsideracion interpuesto, en consecuencia autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la empresa RUFIGAS SAC, como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV), en el local ubicado en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mz. "B1", Lote 4, distrito de Parcona, provincia y departamento de Ica. Articulo 2º.- La empresa RUFIGAS S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller", vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 05 de MORDAZA del 2012 05 de MORDAZA del 2013 05 de MORDAZA del 2014 05 de MORDAZA del 2015 05 de MORDAZA del 2016

responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 11 de MORDAZA del 2012 11 de MORDAZA del 2013 11 de MORDAZA del 2014 11 de MORDAZA del 2015 11 de MORDAZA del 2016

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, carga y mercaderias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa recurrente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre
688666-1

ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
Aceptan renuncia de Director General de la Oficina Tecnica Administrativa del Archivo General de la Nacion
RESOLUCION JEFATURAL Nº 354-2011-AGN/J

MORDAZA, 9 de septiembre de 2011 Visto, el Oficio Nº 275-2011-AGN/OTA de fecha 07 de setiembre de 2011, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA Muchotrigo, Director General de la Oficina Tecnica Administrativa del Archivo General de la Nacion, sobre renuncia a cargo de confianza; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Jefatural Nº 157-2011-AGN/J de fecha 04 de MORDAZA de 2011, se designo al senor MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA Muchotrigo, Director de Sistema Administrativo I de la Oficina de Abastecimiento, en el cargo de confianza de Director General de la Oficina Tecnica Administrativa del Archivo General de la Nacion, Nivel Remunerativo F-4, a partir del 01 de MORDAZA de 2011; Que, mediante el documento de visto, el referido Director ha presentado renuncia al cargo de confianza que viene desempenando; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa RUFIGAS S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.