Norma Legal Oficial del día 15 de Septiembre del año 2011 (15/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de setiembre de 2011

Que, a efectos de atender de manera adecuada, oportuna e inmediata la prestacion de servicios educativos de educacion basica y educacion tecnico productiva en los Gobiernos Regionales de MORDAZA y MORDAZA, resulta necesario dictar medidas economicas financieras, de caracter extraordinario que permitan financiar mediante contratos de naturaleza temporal hasta por la suma de OCHO MILLONES TRECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 353 794,00), la contratacion de docentes, auxiliares de educacion y personal administrativo para el servicio educativo de educacion inicial, primaria, secundaria y educacion tecnico productiva, hasta por un total de 2,134 plazas toda vez que de no contar con dicho personal, podria verse afectada la prestacion del servicio educativo. El financiamiento sera con cargo a modificaciones presupuestarias del Presupuesto para el ano 2011 del Pliego 010: Ministerio de Educacion; En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion para la contratacion de docentes, auxiliares de educacion y personal administrativo en el ano fiscal 2011 1.1 Autorizase a los Gobiernos Regionales del MORDAZA y MORDAZA a contratar docentes, auxiliares de educacion y personal administrativo mediante contratos de naturaleza temporal hasta un total de 2,134 plazas, correspondiendo 1,611 plazas al Gobierno Regional del MORDAZA y 523 plazas al Gobierno Regional de MORDAZA, conforme a la validacion realizada por el Ministerio de Educacion a traves del Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 7º del Decreto de Urgencia No. 034-2011. Para tal efecto, los Gobiernos Regionales del MORDAZA y MORDAZA, quedan exceptuados de lo dispuesto en el numeral 9.1 del articulo 9º y del numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011. 1.2 Los Gobiernos Regionales del MORDAZA y MORDAZA realizan la contratacion autorizada en el numeral 1.1 del presente articulo, conforme a la lista de Instituciones Educativas publicada en el MORDAZA institucional del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe) al dia siguiente de publicado el presente Decreto de Urgencia. 1.3 El ingreso de docentes, auxiliares de educacion y personal administrativo que se efectue en las Unidades de Gestion Educativa Local y Direcciones Regionales de Educacion de los Gobiernos Regionales del MORDAZA y MORDAZA, en el MORDAZA de lo dispuesto en la presente MORDAZA, se realizara en estricta observancia de lo establecido en las Normas y Procedimientos para la contratacion de personal docente, auxiliares de educacion y personal administrativo en Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Tecnico Productiva establecidos por el Ministerio de Educacion, estando este facultado a realizar las acciones necesarias para asegurar la correcta aplicacion del presente dispositivo legal. 1.4 La contratacion de docentes, auxiliares de educacion y personal administrativo autorizada en la presente MORDAZA, se efectua previo registro de las plazas en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico, a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas, y la correspondiente codificacion de plazas en el sistema NEXUS del Ministerio de Educacion. Articulo 2º. ­ Del Financiamiento 2.1. La aplicacion de la presente MORDAZA se financia con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional de los

Gobiernos Regionales del MORDAZA y MORDAZA, provenientes de la fuente de financiamiento recursos ordinarios, pudiendo realizar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico que resulten necesarias con excepcion del literal c) del numeral 41.1 del articulo 41º de la Ley No. 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y, complementariamente, con cargo a la transferencia de partidas del Ministerio de Educacion, que se realice mediante decreto supremo, a propuesta del citado Ministerio. Para tal efecto, los Gobiernos Regionales del MORDAZA y MORDAZA deberan requerir al Ministerio de Educacion dicha transferencia, adjuntando para ello el informe del Jefe de la Oficina de Presupuesto del Pliego, o el que haga sus veces, en el que se demuestre que dichos Gobiernos Regionales no tienen capacidad de financiamiento. 2.2 El monto MORDAZA de la transferencia para el Gobierno Regional de MORDAZA sera hasta por un monto de SEIS MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 312 966,00) y para el Gobierno Regional de MORDAZA hasta por un monto de DOS MILLONES CUARENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 040 828,00), haciendo un total de OCHO MILLONES TRECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 353 794,00), dichas transferencias se sujetan a lo establecido en el numeral 2.1. precedente. 2.3. La aplicacion de la presente MORDAZA no demandara recursos adicionales del tesoro publico. Articulo 3º.- Vigencia de la MORDAZA El presente Decreto de Urgencia rige hasta el 31 de diciembre de 2011. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Educacion y el Ministro de Economia y Finanzas.
DISPOSICION COMPLEMENTARIA

Unica.- Para la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 2.1 del articulo 2º de la presente MORDAZA, el Ministerio de Educacion tiene un plazo no mayor a diez (10) dias habiles contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia para remitir al Ministerio de Economia y Finanzas la informacion a que se refiere el articulo 2º de la presente norma. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de septiembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas
690960-1

AGRICULTURA
FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 074-2011-AG-AGRO RURAL-DE

Fe de Erratas de la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 074-2011-AG-AGRO RURAL-DE, publicada en nuestra edicion del dia 13 de setiembre de 2011.

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