Norma Legal Oficial del día 15 de Septiembre del año 2011 (15/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de setiembre de 2011

presente Ordenanza Regional, en distintos medios de comunicacion regional. Articulo Octavo.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Comuniquese al senor Presidente (e) del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los treintiun dias del mes de agosto del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA de MORDAZA, a los treintiun dias del mes de agosto del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional
690194-1

Crean la Comision Transitoria Intersectorial y de la Sociedad Civil de la Region MORDAZA de MORDAZA, para elaborar la propuesta del "Plan Regional de Igualdad de Oportunidades de la Region de MORDAZA de MORDAZA 2011-2021"
ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2010-GRMDD/CR

POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria llevada a cabo, el 26 de agosto del 2010. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region. Que, el articulo 1 de la Constitucion Politica del Peru, senala que: "La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado". Que, la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de la Constitucion Politica del Peru, senala que: "Las normas relativas a los derechos y las libertades que la Constitucion reconoce se interpretan de conformidad con la Declaracion Universal de Derechos Humanos y con los Tratados y Acuerdos Internacionales sobre las mismas materias ratificadas por el Peru". Que, la Declaracion Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos; el Pacto Internacional de Derechos Economicos, Sociales y Culturales; la Convencion para la eliminacion de todas formas de Discriminacion de la Mujer (CEDAW); la Declaracion Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre; la Convencion Americana sobre los Derechos Humanos; el Protocolo de San Salvador; la Convencion Interamericana para

prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convencion de Belem Do Para); asi como, otros instrumentos de proteccion de los Derechos Humanos, de caracter vinculante para el Estado Peruano, proclaman la igualdad entre las personas sin discriminacion de ningun tipo. Que, la Declaracion y Programa de Accion de MORDAZA, aprobada por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, el 25 de junio de 1993, precisa que: "Los Derechos Humanos de la Mujer y de la MORDAZA, son parte inalienable, integrante e indivisible de los Derechos Humanos Universales". Que, el articulo 5 de la Convencion Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convencion De Belem Do Para), precisa que: "Toda mujer podra ejercer libre y plenamente sus derechos civiles, politicos, economicos, sociales y culturales y contara con la total proteccion de esos derechos consagrados en los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos". Que, el Estado peruano, al suscribir y adherirse a los tratados y acuerdos internacionales sobre Derechos Humanos (civiles, economicos, sociales y culturales), asume las obligaciones de respetar, cumplir, proteger y promover los Derechos Humanos. Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce al Gobierno Regional autonomia, politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, las Directrices de Maastricht, sobre Violaciones a los Derechos Economicos, Sociales y Culturales (que reflejan la evolucion del derecho internacional en los ultimos 20 anos), precisan que: "La obligacion de cumplir requiere que el Estado adopte las medidas legislativas, administrativas, presupuestarias, legales y de otra indole adecuadas para lograr la plena efectividad de dichos derechos". Que, el articulo 6 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales precisa que: el desarrollo regional esta orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres en igualdad de oportunidades; del mismo modo, el articulo 8 de la misma Ley, establece: "La equidad como componente constitutivo y orientador de la politica y la gestion regional" y el articulo 60 precisa las funciones especificas del Gobierno Regional en materia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades. Que, siendo necesario desarrollar un instrumento que permita aplicar y dar cumplimiento a dichos lineamientos en el ambito regional, para construir la equidad de genero, a fin de lograr relaciones igualitarias entre mujeres y varones, que sigue siendo una tarea pendiente, es que se propone la construccion del Plan Regional de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres (PRIO) 20112021. Que, mediante Informe Legal Nº 324-2010GOREMAD-ORAJ, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, considera coherente la Aprobacion de la Ordenanza Regional de Conformacion de la Comision Transitoria Intersectorial para la Elaboracion del Plan Regional de "Igualdad de Oportunidades de la Region de MORDAZA de MORDAZA 2011-2021", opinando favorablemente, para su emision. Que, mediante Oficio Nº 705-2010-GOREMAD/PR, el Presidente Regional encargado, remite al Consejo Regional la mencionada propuesta con todos sus antecedentes, solicitando su analisis y correspondiente aprobacion. Que, mediante Dictamen Nº 002-2010-GOREMAD/ CSPDSSCYDC, la Comision de Salud, Poblacion, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo Regional, conforme al analisis efectuado al proyecto en mencion, propone y recomienda al pleno del Consejo Regional su debate y aprobacion correspondiente. Que, el Consejo Regional en pleno, en sesion ordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio por mayoria de los Consejeros Regionales, ha estimado necesario aprobar, la Conformacion de la Comision Transitoria Intersectorial para la Elaboracion

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