Norma Legal Oficial del día 15 de Septiembre del año 2011 (15/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

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del "Plan Regional de Igualdad de Oportunidades de la Region de MORDAZA de MORDAZA 2011-2021". Que, de conformidad con el articulo 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de sus facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- CREAR, la Comision Transitoria Intersectorial y de la Sociedad Civil de la Region MORDAZA de MORDAZA, para elaborar la propuesta del "Plan Regional de Igualdad de Oportunidades de la Region de MORDAZA de MORDAZA 2011-2021" (PRIO MDD 2011-2021), como instancia de coordinacion del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, a traves de la Presidencia Regional, cuyo objetivo es concertar, coordinar y formular propuestas de politicas publicas, normas, programas, planes, proyectos y acciones concretas, conducentes a resolver la problematica de la inequidad de genero en la region. Articulo Segundo.- ESTABLECER, que la finalidad del Comite Tecnico del PRIO MDD 2010-2021, es la formulacion del Documento de Trabajo, denominado "Plan Regional de Igualdad de Oportunidades de la Region de MORDAZA de Dios". Atendiendo al cumplimiento de las politicas publicas que establecen las leyes y normas nacionales e internacionales en materia de igualdad de oportunidades, conducentes a eliminar las diferencias entre las personas por diferencia de genero, a fin de que todos y todas puedan ejercer libre y plenamente sus derechos civiles, politicos, economicos, sociales, reproductivos, ambientales y culturales. Articulo Tercero.- DISPONER, la conformacion de una Comision Transitoria, la misma que estara conformada de la siguiente manera: - Un representante de la Gerencia de Desarrollo Social - Un representante de la Direccion Regional de Salud - Un representante de la Direccion Regional de Educacion - Un representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo - Un representante de la Direccion Regional de Agricultura - Un representante del Ministerio Publico - Un representante de la Defensoria del Pueblo - Dos representantes de la Sociedad Civil Articulo Cuarto.- ENCARGAR, al Ejecutivo Regional, para que a traves de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, realice las acciones pertinentes, a fin de velar por el cumplimiento de la presente ordenanza regional, asi como de su implementacion en coordinacion con los agentes involucrados. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Comuniquese al senor Presidente (e) del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los treintiun dias del mes de agosto del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional

Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA de MORDAZA, a los treintiun dias del mes de agosto del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional
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Crean la Oficina de Atencion a las Personas con Discapacidad
ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2010-GRMDD/CR

POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria llevada a cabo, el 13 de septiembre del 2010. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region. Que, el articulo 1 de la Constitucion Politica del Peru, senala que: "La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado", en concordancia a ello, los numerales 1) y 22) del articulo 2, establecen como derechos fundamentales de la persona el derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica, a su libre desarrollo y bienestar. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. Que, la Constitucion Politica del Estado establece en su articulo 7, el Derecho a la Salud. Proteccion al Discapacitado, senalando que "...la persona discapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad". Que, el articulo 60 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece las funciones del Gobierno Regional en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades y el inciso h) especifica la funcion de formular y ejecutar politicas y acciones concretas, orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region, con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales de riesgo y vulnerabilidad. Que, la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, crea el Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad - CONADIS, como un organismo publico descentralizado adscrito al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; asi mismo, el articulo 10 de la Ley Nº 28164, Ley que modifica diversos articulos de la Ley Nº 27050, establece la contribucion de los gobiernos regionales, a traves de las Oficinas Regionales de Atencion a las Personas con Discapacidad. Que, el Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH, aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad y establece el regimen legal de proteccion, de atencion de salud, trabajo, educacion, rehabilitacion, seguridad social

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