Norma Legal Oficial del día 24 de Septiembre del año 2011 (24/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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VISTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de setiembre de 2011

En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de fecha 15 de setiembre de 2011; y, CONSIDERANDO: Que el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley 28607, senala que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, conforme lo senala el Articulo 41° del citado TUO del Codigo Tributario, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo. Que, esta Entidad MORDAZA, es la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de Impuesto Predial y por Arbitrios Municipales, conforme se encuentra establecido en los articulos 6º y 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; y en las Ordenanzas Municipales en materia de regulacion de Arbitrios Municipales emitidas por esta Corporacion Edil; asimismo, recauda los ingresos no tributarios provenientes de la emision e imposicion de Multas Administrativas emitidas al MORDAZA de lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 004-2011/MDV, mediante la cual se aprueba el Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones. Que, mediante Memorando N° 375-2011/MDV-GRM la Gerencia de Rentas Municipales, eleva el informe N° 473-2011/MDV-GRM-SGAT emitida por la Sub Gerencia de Administracion Tributaria, quien propone otorgar facilidades de pago a las deudas tributarias y no tributarias que se encuentren pendientes de pago, especialmente los sujetos a cobranza coactiva, lo que incentivara el cumplimiento voluntario entre los administrados, MORDAZA de

adoptar las medidas coercitivas necesarias que franquea la Ley. Que, mediante Informe N° 212-2011/MDV-GLySM, la Gerencia Legal y Secretaria Municipal opina por la procedencia de la aprobacion del presente Proyecto de Ordenanza, citando como sustento legal el articulo 74° de la Constitucion Politica del Peru, articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades-Ley N° 27972, asi como el articulo 41° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 15399-EF. Estando a lo expuesto y con el Dictamen favorable de la Comision de Rentas Municipales, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL BENEFICIO EXTRAORDINARIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA EN EL DISTRITO DE VENTANILLA PREFERENTEMENTE LAS SUJETAS A COBRANZA COACTIVA Articulo Primero.- APROBAR la Ordenanza Municipal que Aprueba el Beneficio Extraordinario de Regularizacion Tributaria y No Tributaria en el distrito de Ventanilla preferentemente las sujetas a cobranza coactiva, el mismo que consta de seis (06) articulos y cinco (05) disposiciones complementarias y finales, cuyo texto integro sera publicado en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Legal y Secretaria Municipal, disponga la publicacion de la presente Ordenanza y su anexo, en el MORDAZA Institucional de la Corporacion MORDAZA, cuya direccion electronica es: www.muniventanilla.gob.pe. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 695177-2

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposicion, con o sin anexos, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete o cd rom con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar, si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. LA DIRECCION

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