Norma Legal Oficial del día 25 de Septiembre del año 2011 (25/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de setiembre de 2011

Prorrogan la "Campana de Amnistia Tributaria 2011"
DECRETO DE ALCALDIA N° 002-2011-MDA Aucallama, 16 de Setiembre de 2011. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA VISTO: El informe N° 215-2011-JR/MDA de fecha 14 de Setiembre del 2011, a traves del cual la Jefatura de Rentas propone se prorrogue la Ordenanza Municipal N° 004-2011-MDA, que establece la "Campana de Amnistia Tributaria 2011"; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo IV del titulo preliminar del texto unico Ordenado del Codigo Tributario -- D.S. Nª 13599-EF y modificatorias establece que los gobiernos locales, mediante ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos, dentro del ambito de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; MORDAZA en su articulo 41° que; "excepcionalmente los gobiernos locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones. Respecto de los impuestos que administre. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo". (Ultimo parrafo del Articulo 41° sustituido por el Articulo 9° del Decreto Legislativo N° 981, publicado el 15 de marzo de 2007, vigente a partir del 1 de MORDAZA de 2007). Que, por medio de la Ordenanza Municipal N° 0042011-MDA de fecha 12 de Agosto, publicada en el Diario

Oficial El Peruano el 18 de Agosto del 2011, se aprobo la "Campana de Amnistia Tributaria 2011" estableciendose su vigencia hasta el 16 de Setiembre del 2011. Que, con documento del exordio la Jefatura de Rentas comunica que, aun queda un importante grupo de administrados, que no se han beneficiado de los alcances establecidos en la Ordenanza Municipal N° 004-2011-MDA que establece la "Campana de Amnistia Tributaria 2011"; por lo que, senala que es necesario la promulgacion del Decreto de Alcaldia que apruebe la prorroga de la citada Ordenanza. Que, cuenta con opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe N° 236-2011-MDA-AL de fecha 15 de Setiembre del 2011. Estando a lo expuesto, a las normas vigentes senaladas y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de Octubre del 2011, el plazo establecido en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Municipal N° 004-2011-MDA, que establece la "Campana de Amnistia Tributaria 2011". Articulo Segundo.- Encargar a la Jefatura de Rentas, Secretaria General, Imagen Institucional y a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Decreto, el mismo que entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA E. BALCAZAR LABRIN MORDAZA 694678-2

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
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