Norma Legal Oficial del día 28 de Septiembre del año 2011 (28/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de setiembre de 2011

previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley No. 27444, Ley del Silencio Administrativo aprobado por Ley Nº 29060, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y conforme a lo informado por la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar las autorizaciones otorgadas para la prestacion del servicio de radiodifusion que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de las autorizaciones

correspondientes, en consecuencia, venceran en el plazo indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y canon anual, por cada autorizacion. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de las autorizaciones que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

ANEXO RENOVACION DE AUTORIZACIONES - SOCIEDAD RADIODIFUSORA COMERCIAL S.A.C. - SORACOSA
AUTORIZACION Nº RESOLUCION Nº 1 2 RVM Nº 385-2001-MTC/15.03 RVM Nº 553-2001-MTC/15.03 FECHA VENCIMIENTO 24-6-2011 4-8-2011 SOLICITUD DE RENOVACION Nº FECHA FECHA DE VENCIMIENTO RENOVACION 24-62021 4-8-2021

LOCALIDAD

DEPARTAMENTO

BANDA

MODALIDAD

FINALIDAD

2011-013780 28-3-2011 2011-013782 28-3-2011

RIOJA-MOYOBAMBANUEVA MORDAZA ILAVE

SAN MORDAZA MORDAZA

FM FM

SONORA SONORA

COMERCIAL COMERCIAL

695413-1

Otorgan permiso de operacion de aviacion comercial a Helicopteros del Sur S.A. - HELISUR
RESOLUCION DIRECTORAL N° 278-2011-MTC/12 MORDAZA, 15 de agosto del 2011 Vista la solicitud de la compania HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR, sobre Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente de Registro N° 2011004365 del 31 de enero del 2011, Expediente de Registro N° 2011-004365-A del 04 de febrero del 2011, Expediente de Registro N° 2011-004365-B del 15 de febrero del 2011, Documento de Registro N° 029210 del 09 de marzo del 2011 y Expediente de Registro N° 2011-004365-D del 22 de junio del 2011 la compania HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR solicito Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial; Que, segun los terminos del Memorando Nº 3642011-MTC/12.LEG emitido por la abogada de la DGAC, Memorando Nº 112-2011-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Tecnico de Certificaciones, Memorando Nº 251-2011-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias e Informe Nº 204-2011-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos

en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, el articulo 177° del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG establece que las autorizaciones o permisos que posibiliten el uso de la via de comunicacion aerea al interior de areas naturales protegidas, deben contar con la opinion tecnica previa favorable del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas ­ SERNANP (antes INRENA) para su extension y otorgamiento; Que, con Oficio Nº 518-2011-MTC/12.07 del 03 de MORDAZA del 2011 se solicito al Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP informe sobre la compatibilidad de las zonas de operacion solicitadas por la compania el cual a la fecha no ha sido contestado; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento vigente; demas

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