Norma Legal Oficial del día 28 de Septiembre del año 2011 (28/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
VISTO Y CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de setiembre de 2011

en el vigesimo setimo considerando de la resolucion impugnada, el Consejo Nacional de la Magistratura senala que "En tal sentido, no se advierte que en el caso sub materia se hayan actuado actos procesales de alguna naturaleza que justifiquen la decision que se cuestiona al Juez procesado, mas aun si contrario al sustento de la citada resolucion, el escrito por el que el inculpado se apersono al MORDAZA y senalo su domicilio procesal no es posterior sino anterior al auto de apertura de instruccion, pues fue ingresado a la Mesa de Partes del Juzgado el 25 de octubre de 2004, mientras que el auto de apertura de instruccion data del 28 de octubre del mismo ano; surgiendo de ello que el Juez procesado al momento de haber calificado la denuncia fiscal y dispuesto la apertura de instruccion, tuvo a la vista el citado escrito, por lo que su contenido no lo persuadio en sentido contrario al mandato de detencion decretado, y menos le pudo haber servido posteriormente como sustento de la variacion de la medida coercitiva, con lo cual se desvanecen sus argumentos de descargo" ; Decimo Segundo.- Que, en definitiva, se advierte que el recurso de reconsideracion interpuesto por el doctor MORDAZA MORDAZA contiene argumentos reiterativos que fueron oportunamente valorados al momento de adoptar la decision de destituirlo del cargo por la muy grave inconducta incurrida, habiendose emitido una resolucion debidamente motivada en la que se tuvieron en cuenta tanto los descargos expresados por el recurrente como los medios probatorios aportados, sustentandose su recurso principalmente en la discrepancia de criterio con la valoracion realizada por este colegiado; Decimo Tercero.- Que, por consiguiente, se verifica que el doctor MORDAZA MORDAZA sustenta su cuestionamiento a la resolucion impugnada en la revision de los cargos que fueron materia de su destitucion y en argumentos de defensa que fueron analizados y valorados por el Pleno del Consejo en su oportunidad, por lo que los argumentos esgrimidos resultan inconsistentes sin que los mismos desvirtuen lo decidido por el Consejo, siendo que la medida disciplinaria es racionalmente adecuada a los actos de inconducta debidamente acreditados, motivo por el cual el recurso de reconsideracion interpuesto deviene en infundado; Por las consideraciones expuestas, estando a lo acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo, en sesion de 12 de MORDAZA de 2011; y de acuerdo a lo establecido en el articulo 37 incisos b) y e) de la Ley 26397; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion N°101-2010PCNM, dandose por agotada la via administrativa. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA NUNEZ. Presidente Consejo Nacional de la Magistratura 695429-2

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Sexta Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 680-2011-MPFN, de fecha 28 de MORDAZA del 2011. Articulo Segundo.- Dar por concluida la designacion del doctor WALTHER MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, en el Pool de Fiscales de MORDAZA, materia de las Resoluciones Nº 701-2007-MP-FN y Nº 160-2011-MP-FN, de fechas 25 de junio del 2007 y 8 de febrero del 2011, respectivamente. Articulo Tercero.- DESIGNAR al doctor WALTHER MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Sexta Fiscalia Provincial Penal de Lima. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 696412-1 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1882-2011-MP-FN MORDAZA, 27 de septiembre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Junta de Fiscales Supremos Nº 036-2011-MP-FN-JFS, de fecha 10 de MORDAZA del 2011 se creo con caracter transitorio y hasta el 30 de junio del 2011, el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Transitoria de Lurin, en el Distrito Judicial de MORDAZA Sur; Que, por Resolucion Nº 061-2011-MP-FN-JFS, de fecha 24 de junio del 2011, se resolvio prorrogar la vigencia de la citada resolucion, hasta el 31 de diciembre del 2011; Que, al encontrarse vacante una plaza de Fiscal Provincial, con caracter transitorio en la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Transitoria de Lurin, se hace necesario cubrir provisionalmente dicho cargo; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- NOMBRAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA Sur, designandolo en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Transitoria de Lurin, con retencion de su cargo de carrera. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA Sur, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano,

MINISTERIO PUBLICO
Dan por concluidas designaciones, designan y nombran fiscales en los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA Sur, MORDAZA, Sullana y MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1881-2011-MP-FN MORDAZA, 27 de septiembre de 2011

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