Norma Legal Oficial del día 28 de Septiembre del año 2011 (28/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

450697

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican procedimientos administrativos, servicios brindados en exclusividad y derechos de tramite aprobados mediante Ordenanza Nº 159MDLCH de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica
ACUERDO DE CONCEJO Nº 873 MORDAZA, 8 de septiembre de 2011 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 8 de setiembre del 2011, el Oficio Nº 001-090-00006327 de la Jefatura del Servicio de Administracion TributariaSAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº159-MDLCH de la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica, que aprueba los derechos de tramite por los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la citada Municipalidad. y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicacion de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al Servicio de Administracion Tributaria, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con caracter de Declaracion Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revision y estudio, emitio el Informe Tecnico Legal Nº 004-181-00000311, opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011. Que, los ingresos que la citada Municipalidad preve percibir como producto de la aplicacion de los derechos de tramite por los procedimientos administrativos, materia de la ratificacion, financiaran el 98.77% de los costos por la prestacion de los mismos y la diferencia debera ser cubierta con otros ingresos que perciba dicha entidad. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 171-2011-MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.Ratificar los procedimientos administrativos, los servicios brindados en exclusividad y los derechos de tramite, listados en el Anexo A adjunto al informe Nº 004-181-00000312 del Servicio de Administracion Tributaria, que fueran aprobados en la Ordenanza N° 159-MDLCH por la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica; en la medida que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con: (i) las normas que definen las competencias municipales; (ii) los criterios legales establecidos en materia de simplificacion administrativa; (iii) las exigencias y formalidades previstas en las normas vinculadas con el

mejoramiento del clima de negocios (Leyes Nº 28976 y 29090); y, (iv) en cumplimiento de los mecanismos que facilitan el acceso a la informacion publica que poseen las entidades del Estado. Articulo Segundo.- El presente Acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion; asi como del texto integro de la Ordenanza Nº 159-MDLCH, en especial del Anexo A que contiene el listado de los derechos de tramite por los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad por dicha Municipalidad Distrital, en las formas y mecanismos establecidos en el MORDAZA legal vigente. La aplicacion de la Ordenanza materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, el Servicio de Administracion TributariaSAT, a traves de su pagina web www sat.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del Servicio de Administracion Tributaria. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 695928-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban proyecto integral para la habilitacion MORDAZA nueva por etapas de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION SUBGERENCIAL N° 311-2011-MDLM-GDUPC-SGOPHU La MORDAZA, 10 de agosto de 2011 LA SUBGERENTE DE OBRAS PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS VISTO: El expediente N° 07523-1-2011, de fecha 27 de junio de 2011, seguido por la empresa INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA MANCO CAPAC S.A., representada por MORDAZA MORDAZA Langberg La MORDAZA, segun Asiento C0005 de la Partida N° 03024760 del Libro de Sociedades, con domicilio en Avenida La MORDAZA N° 3345, Interior 007, Manzana B, Lote 11, Urbanizacion El Mastil de La MORDAZA, en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, mediante el cual solicita la Modificacion de la Habilitacion MORDAZA aprobada mediante la Resolucion Gerencial N° 000307-2003-MDLM-GDU de fecha 28 de octubre de 2003 respecto del terreno de 31,792.00 m², constituido por el Sub Lote 5-A de la Parcelacion Semi MORDAZA El MORDAZA La MORDAZA, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Gerencial N° 0003072003-MDLM-GDU de fecha 28 de octubre de 2003 se resuelve Aprobar el Proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva para Uso Residencial de Baja Densidad R1 de conformidad al Plano N° 008-2003-MDLM-GDU-SGOPriv, constituido por cuatro (4) manzanas para el Sublote 5A de 31,792.00 m² que forma parte de la Parcelacion Semirustica El MORDAZA La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 7° de la Ley N° 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, las Licencias de Habilitacion, constituyen actos administrativos mediante los cuales las municipalidades otorgan autorizacion para la ejecucion de

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