Norma Legal Oficial del día 29 de Septiembre del año 2011 (29/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

450787

Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 696018-1

Admiten a tramite solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autonoma Americana del MORDAZA
RESOLUCION Nº 461-2011-CONAFU MORDAZA, 8 de setiembre de 2011 "PROYECTO DE UNIVERSIDAD AUTONOMA AMERICANA DEL CUSCO" VISTOS: El Oficio Nº 25-CAM-2010 recibido con fecha 29 de diciembre de 2010, el Oficio Nº 050-2011-CONAFUCDAA de fecha 28 de enero de 2011, el Oficio Nº 02282011-CONAFU-P de fecha 07 de febrero de 2011, el Oficio Nº 10-CAM-2011 recibido con fecha 21 de febrero de 2011, el Informe Legal Nº 081-2011-CONAFU-CJ de fecha 02 de marzo de 2011, el Oficio Nº 253-2011-CONAFU-CDAA de fecha 11 de marzo de 2011, el Oficio Nº 477-2011-CONAFUP de fecha 14 de marzo de 2011, el Oficio Nº 543-2011CONAFU-P de fecha 14 de marzo de 2011, y el Acuerdo Nº 578-2011-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 07 de setiembre de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, en concordancia con el inciso a) del articulo 3° y el inciso c) del articulo 10° del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el articulo 2º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 387-2009CONAFU de fecha 12 de agosto de 2009, en adelante reglamento, establece: "El procedimiento de Autorizacion Provisional de funcionamiento de nuevas Universidades tiene como fin verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el articulo 7º de la Ley Nº 26439 para otorgar la Autorizacion de Funcionamiento Provisional, y con ello garantizar la calidad de los servicios educativos en las Universidades bajo su competencia"; Que, el articulo 9º del Reglamento, establece: "El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos tecnicos, economicos, financieros, administrativos, con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad, con previsiones economicas para sus diez (10) primeros anos de funcionamiento. La elaboracion del Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad responde a una sucesion logica de etapas que buscan la coherencia entre la mision, vision, los objetivos del proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los recursos que son necesarios para ello. Las tablas para su calificacion, establecen las pautas para la elaboracion de los proyectos. Los proyectos se presentaran con un minimo de tres (03) Carreras Profesionales y un MORDAZA de cinco (05) carreras profesionales";

Que, el articulo 14º del Reglamento, establece: "El Proyecto de Desarrollo Institucional sera presentado en fisico, con caratula color MORDAZA, y en archivo informatico en CD, debiendo coincidir ambos, sera organizado en carpetas separadas, con identificacion de las secciones A, B y C, y a su vez con separadores que identifiquen los documentos que la componen. Al momento de su MORDAZA ante la Oficina de Tramite Documentario todo el PDI debe estar debidamente foliado"; Que, el articulo 18° del Reglamento establece: "El procedimiento se inicia con la MORDAZA de la solicitud de autorizacion de funcionamiento ante la Oficina de Tramite Documentario (OTD) (...). Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de la Oficina de Tramite Documentario, ingresara oficialmente el expediente para su tramite, remitiendo el mismo a la Secretaria General a fin de que esta MORDAZA, remita las Secciones A) y C) a la Consejeria de Asuntos Academicos (CDAA) y la Seccion B) a la Comision Juridica (CJ), quienes dispondran de cinco (05) dias habiles para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU, a cuyo termino emitiran los informes correspondientes; Que, por Oficio Nº 25-CAM-2010 recibido con fecha 29 de diciembre de 2010, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Gerente General de la Promotora Compania Educativa MORDAZA al MORDAZA S.AC., del Proyecto de Universidad Autonoma Americana del MORDAZA S.A.C., remitio el Proyecto de Desarrollo Institucional para la creacion de la referida Universidad, solicitando su aprobacion y autorizacion por parte del CONAFU para brindar los servicios educativos universitarios con las siguientes carreras profesionales: 1) Ingenieria Empresarial y Comercial, 2) Ingenieria en Turismo y Hoteleria, 3) Arquitectura Urbanismo y Restauracion y 4) Ingenieria Civil; cada una con 80 vacantes por ciclo academico; Que, por Oficio Nº 050-2011-CONAFU-CDAA de fecha 28 de enero de 2011, el Consejero de Asuntos Academicos, informo que el representante de la Promotora Compania Educativa MORDAZA al MORDAZA S.A.C., del Proyecto de Universidad Autonoma Americana del MORDAZA S.A.C., presento la documentacion correspondiente al Proyecto de Desarrollo Institucional para su aprobacion y admision a tramite, la cual luego de haber sido analizada senalo que el Proyecto de Universidad Autonoma Americana del MORDAZA S.A.C., debera subsanar las siguientes observaciones: Seccion "B": Constitucion de la Promotora: 1) En cuanto al Reglamento Interno de Trabajo, no ha sido presentado con normas para la contratacion de personal docentes, 2) En relacion al Organigrama de la Institucion, dicho documento no guarda relacion con el regimen adoptado, asimismo se le recuerda que la Asamblea Nacional de Rectores, CONAFU y la Comision Organizadora no son organos de gobierno definitivos de la Universidad y 3) Respecto al certificado de no registrar antecedentes penales cada uno de lo integrantes de la promotora, no ha cumplido con presentar el referido documento; Que, con Oficio Nº 0228-2011-CONAFU-P de fecha 07 de febrero de 2011, el Presidente de este Consejo Nacional remitio al Responsable del Proyecto de Universidad Autonoma Americana del MORDAZA S.A.C., las observaciones encontradas de la Parte B descritas mediante Oficio Nº 0502011-CONAFU-CDAA de fecha 28 de enero de 2011; otorgandole un plazo de ocho (08) dias habiles, a fin de que subsane las observaciones MORDAZA anotadas, bajo apercibimiento de declarar inadmisible su solicitud; Que, por Oficio Nº 10-CAM-2011 recibido con fecha 21 de febrero de 2011, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Gerente General de la Promotora, remite a este Consejo Nacional las subsanaciones a las observaciones de la parte B del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Autonoma Americana del MORDAZA S.A.C., trasladadas mediante Oficio Nº 0228-2011CONAFU-P; Que, por Informe Legal Nº 081-2011-CONAFU-CJ de fecha 02 de marzo de 2011, la Comision Juridica del CONAFU informa que el responsable del Proyecto Universidad Autonoma Americana del MORDAZA S.A.C.; hace llegar el levantamiento de las observaciones contenidas en el Oficio Nº 0228-2011-CONAFU-P; observaciones que han sido levantadas en su totalidad, por lo que la Comision Juridica opina que el mencionado proyecto

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