Norma Legal Oficial del día 01 de Abril del año 2012 (01/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 1 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece en el inciso 1 de su articulo 2 que toda persona tiene derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar; Que, en el mismo sentido, el numeral II del Titulo Preliminar de la Ley 26842, Ley General de Salud, establece que la proteccion de la salud es de interes publico, por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, conforme senala el articulo 25 del Codigo de los Ninos y Adolescentes, aprobado por Ley 27337, el Estado garantiza el ejercicio de los derechos y libertades del MORDAZA, MORDAZA y adolescente consagrados en la ley, mediante la politica, las medidas y las acciones permanentes y sostenidas contempladas en dicho Codigo; Que, el articulo 28 del citado cuerpo normativo establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables dirige el Sistema Nacional de Atencion Integral al MORDAZA y al Adolescente, el cual agrupa al conjunto de organos, entidades y servicios publicos y privados que formulan, coordinan, supervisan, evaluan y ejecutan los programas y acciones desarrollados para la proteccion y promocion de los derechos de los ninos y adolescentes, como es el servicio de Defensoria del MORDAZA y del Adolescente, cuya finalidad es la promocion y proteccion de los derechos que la legislacion reconoce a las ninas, ninos y adolescentes, tal y como se precisa en su articulo 42; Que, asimismo, el articulo 29 del Codigo MORDAZA referido establece como funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables llevar el registro de los organismos privados y comunales dedicados a la ninez y la adolescencia y regular el funcionamiento de los organismos publicos, privados y comunales que ejecutan programas y acciones dirigidos al MORDAZA, a la MORDAZA y adolescentes; supervisando y evaluando el cumplimiento de sus fines, lo que guarda concordancia con la Ley 29174, Ley General de Centros de Atencion Residencial de Ninas, Ninos y Adolescentes y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 008-2009-MIMDES, en donde se establece como funcion del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables registrar, supervisar y promover el fortalecimiento de los Centros de Atencion Residencial, brindando apoyo tecnico y capacitacion en los casos que sea requerido, en el MORDAZA de la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA y de las politicas publicas sobre infancia, adolescencia y familia; Que, los articulos 2 y 3 del Decreto Legislativo N° 1098 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, establecen que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es un organismo del Poder Ejecutivo, rector en las politicas nacionales y sectoriales sobre mujer y promocion y proteccion de las poblaciones vulnerables, que disena, establece, promueve, ejecuta y supervisa politicas publicas a favor de las mujeres y de las poblaciones vulnerables consideradas como grupos de personas que sufren discriminacion o situaciones de desproteccion: ninos, ninas, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, desplazados y migrantes internos, con el objeto de garantizar sus derechos, con vision intersectorial; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo 011-2004-MIMDES, dispone que la Direccion General de la Familia y la Comunidad es el organo del Despacho Viceministerial de la Mujer encargado de disenar, promover, coordinar, supervisar y evaluar las politicas, planes, programas y proyectos para la promocion, atencion y apoyo a la familia, atendiendo especialmente a su situacion de riesgo, pobreza y pobreza extrema; Que, en este contexto, mediante Resolucion Ministerial 164-2011-MIMDES del 30 de MORDAZA de 2011, se constituyo el Grupo de Trabajo encargado de disenar las intervenciones para las necesidades detectadas en las ninas, ninos y adolescentes con VIH, estableciendose en los literales a) y d) de su articulo MORDAZA, que dicho Grupo de Trabajo tendria como tarea la elaboracion de una Guia que oriente el trabajo de las Defensorias del

MORDAZA y el Adolescente, respecto a la deteccion, atencion y derivacion oportuna de ninas, ninos y adolescentes con VIH, asi como una Cartilla de orientacion para la intervencion integral en ninas, ninos y adolescentes con VIH a fin de ser distribuida en los Centros de Atencion Residencial a nivel nacional; Que, mediante la Nota 068-2012-MIMP/DGFC del 12 de febrero de 2012, la Direccion General de la Familia y la Comunidad presenta para su aprobacion la "Guia para orientacion de casos de ninas, ninos y adolescentes con VIH" de las Defensorias del MORDAZA y del Adolescente y la "Cartilla de orientacion para la atencion integral a ninas, ninos y adolescentes con VIH en los Centros de Atencion Residencial", elaboradas por el Grupo de Trabajo conformado por Resolucion Ministerial 164-2011-MIMDES, adjuntado como sustento las Actas de Instalacion y de la Primera, MORDAZA y Tercera Reunion, de fechas 3 y 9 de junio y 5 y 21 de MORDAZA de 2011, respectivamente, y el Informe de fecha 03 de febrero de 2012, suscritos por el citado Grupo de Trabajo, asimismo, el Informe 065-2011-MIMDES-DGFC-DINNA de fecha 12 de diciembre de 2011, de la Direccion de Ninas, Ninos y Adolescentes de la Direccion General de la Familia y la Comunidad; Que, estando a lo propuesto por la Direccion General de la Familia y la Comunidad, resulta pertinente emitir el acto por el que se aprueban la "Guia para orientacion de casos de ninas, ninos y adolescentes con VIH" de las Defensorias del MORDAZA y del Adolescente y la "Cartilla de orientacion para la atencion integral a ninas, ninos y adolescentes con VIH en los Centros de Atencion Residencial"; Con las visaciones de la Viceministra de la Mujer, la Direccion General de la Familia y la Comunidad y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley 27337 ­ Codigo de los Ninos y Adolescentes, la Ley 26842 ­ Ley General de Salud, el Decreto Legislativo 1098 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP y el Decreto Supremo 011-2004-MIMDES ­ Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la "Guia para orientacion de casos de ninas, ninos y adolescentes con VIH" de las Defensorias del MORDAZA y del Adolescente, la misma que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Las Defensorias del MORDAZA y del Adolescente deben aplicar la Guia de orientacion MORDAZA senalada como herramienta de intervencion en la atencion de los casos pertinentes, incluyendo dicha accion en los informes de gestion que remiten a la Sub Direccion de Defensorias del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP cuando corresponda, de conformidad con el inciso b) del articulo 16 del Reglamento del Servicio de Defensoria del MORDAZA y el Adolescente, aprobado por Resolucion Ministerial 234-99-PROMUDEH. Articulo 3.- Aprobar la "Cartilla de orientacion para la atencion integral a ninas, ninos y adolescentes con VIH en los Centros de Atencion Residencial", la misma que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 4.- Los Centros de Atencion Residencial daran cuenta al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP sobre los casos de ninas, ninos y adolescentes que hayan sido atendidos conforme a lo establecido en la Cartilla de orientacion, en los informes anuales que presenten, de conformidad con el numeral 7 del articulo 4 de la Ley 29174, Ley General de Centros de Atencion Residencial de Ninas, Ninos y Adolescentes y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 0082009-MIMDES. Articulo 5.- Disponer que la presente Resolucion y sus Anexos ­ "Guia para orientacion de casos de ninas, ninos y adolescentes con VIH" y "Cartilla de orientacion para la atencion integral a ninas, ninos y adolescentes

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