Norma Legal Oficial del día 24 de Agosto del año 2012 (24/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de agosto de 2012

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a E.C.I. Conducete Bien S.A.C. para impartir cursos de capacitacion para obtener licencia de conducir
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2823-2012-MTC/15
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Parte Diario Nº 081520, presentado por la empresa denominada E.C.I. CONDUCETE BIEN S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 546-2012MTC/15 de fecha 06 de febrero de 2012, se autorizo a la empresa denominada E.C.I. CONDUCETE BIEN S.A.C., con RUC Nº 20568170262 y con domicilio en Jr. Mariscal MORDAZA Nº 440, 1er y 2do Piso, Distrito de MORDAZA, Provincia de Huancayo, Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la clase A categoria II y III y clase B categoria IIc, asi como el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A Categoria II y III; Que, mediante Parte Diario Nº 081520 de fecha 06 de MORDAZA de 2012, La Escuela, solicita autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoria I; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clases A categoria II y III y Clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos, indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 060-2012MTC/15.03.A.A, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada E.C.I. CONDUCETE BIEN S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I, en los locales, en el horario, con los Instructores y con los vehiculos autorizados mediante la Resolucion Directoral Nº 546-2012-MTC/15. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancias Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada E.C.I. CONDUCETE BIEN S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre

832120-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Autorizan viajes de funcionarios de INDECOPI a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 132-2012-INDECOPI/COD
MORDAZA, 22 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, del 6 al 15 de setiembre de 2012 se llevara a cabo en la MORDAZA de Leesburg, Estado de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, la Decima Cuarta Ronda de Negociacion del Acuerdo de Asociacion Transpacifico (TPP, por sus siglas en ingles) entre Peru y los actuales miembros del P4 (Nueva Zelanda, Republica de Singapur, Republica de MORDAZA y el Estado de Brunei Darussalam), Confederacion de Australia, Estados Unidos de MORDAZA y la Republica Socialista de Vietnam; Que, el referido MORDAZA de negociacion esta orientado a convertirse en la base de un futuro Acuerdo de Libre Comercio en APEC, para lo cual se buscara alcanzar un acuerdo integral y de alta calidad que sea soporte para el crecimiento economico, el desarrollo y la generacion de empleo en los paises miembros; Que, el titular del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, mediante Facsimil Circular Nº 047-2012-MINCETUR/VMCE, ha puesto en conocimiento del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, la proxima realizacion del evento MORDAZA citado, a efectos de que se decida la acreditacion de los representantes que participaran en la referida ronda de negociacion; Que, atendiendo a lo expuesto, se considera necesaria la participacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Malaga, Sub Directora de la Direccion de Signos Distintivos (DSD)

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