Norma Legal Oficial del día 30 de Agosto del año 2012 (30/08/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

473692

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2012

Terminal Portuario del Callao - MORDAZA Sur; posteriormente, con fecha 17 de MORDAZA de 2010, se suscribio la Primera Adenda al Contrato de Fideicomiso en Administracion; Que, mediante el Decreto Supremo N° 316-2009EF se aprobo la operacion de endeudamiento interno entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, hasta por la suma de CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 185 000 000,00), destinada a financiar parcialmente el Proyecto Mejoramiento y Ampliacion de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao, estableciendo que la Unidad Ejecutora del referido Proyecto es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Autoridad Portuaria Nacional; Que, con fecha 22 de marzo de 2010, se suscribio el Contrato de Credito entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Banco de la Nacion, con la intervencion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Autoridad Portuaria Nacional, mediante el cual se establecieron los terminos y condiciones bajo los cuales el Banco de la Nacion otorga el credito bajo la modalidad de prestamo al Ministerio de Economia y Finanzas, destinado a financiar parcialmente el proyecto Mejoramiento y Ampliacion de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao; habiendose suscrito el Acuerdo Separado a dicho Contrato de Credito y el Convenio de Traspaso de Recursos respectivos; Que, con fecha 28 de septiembre de 2010, la Autoridad Portuaria Nacional y CODRALUX S.A. Sucursal del Peru suscribieron el Contrato N° 004-2010-APN para la ejecucion de las obras del proyecto Mejoramiento y Ampliacion de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao, por un monto ascendente a SESENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL OCHENTA Y SEIS Y 13/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 61 615 086,13); Que, la ejecucion de las obras del proyecto Mejoramiento y Ampliacion de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao demando un desembolso por un monto total de CIENTO SETENTA MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO Y 32/100 NUEVOS SOLES (S/. 170 392 761,32) de la operacion de endeudamiento interno MORDAZA descrita, equivalente al monto total contratado, monto desembolsado que no incluye el pago de los Adicionales de Obra Nos. 02 y 03 que fueron materia de un MORDAZA arbitral debido a controversias entre MORDAZA partes; habiendo concluido el 31 de diciembre de 2011 el plazo para solicitar desembolsos con cargo al citado prestamo, por lo cual el Banco de la Nacion procedio a la cancelacion del saldo no utilizado del mismo; Que, el Tribunal Arbitral expidio la Resolucion N° 15 de fecha 09 de diciembre de 2011, que contiene el Laudo Arbitral de Derecho correspondiente al MORDAZA arbitral seguido por CODRALUX S.A. Sucursal del Peru contra la Autoridad Portuaria Nacional, ordenando a esta que pague la suma de CUATRO MILLONES CIENTO SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y TRES Y 69/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 4 107 193,69), mas IGV, por concepto de mayores trabajos de enrocado ejecutados, y el pago de CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 55/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 5 792 935,55), mas IGV, por mayores trabajos de dragado, ordenando a su vez el pago de los intereses devengados desde la fecha de recepcion de obra hasta la fecha efectiva de pago, a la tasa de interes legal; Que, la Autoridad Portuaria Nacional y CODRALUX S.A. Sucursal del Peru, con fecha 20 de marzo de 2012, suscribieron el Acuerdo de Ejecucion de Laudo Arbitral, al MORDAZA del Articulo 339° del Codigo Procesal Civil; Que, la Autoridad Portuaria Nacional ha cumplido con el pago de los compromisos asumidos en los literales b) y d) de la Clausula Decima del Acuerdo senalado en el considerando precedente, quedando pendiente el pago del monto senalado en el literal c) por la suma de ONCE MILLONES OCHENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS Y 50/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 11 082 152,50); Que, en el MORDAZA del Contrato de Concesion para el Diseno, Construccion, Financiamiento, Conservacion y Explotacion del MORDAZA Terminal de Contenedores ubicado adyacente al rompeolas sur del Terminal Portuario del Callao - MORDAZA Sur y el Contrato de Fideicomiso en Administracion citado anteriormente, el pago de los

montos indicados en el Laudo Arbitral MORDAZA descrito debera financiarse con los recursos de la Inversion Complementaria Adicional por tratarse de adicionales de obra correspondientes al Proyecto Mejoramiento y Ampliacion de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao; Que, el Patrimonio Fideicometido Muelle Sur Inversion Complementaria Adicional cuenta con disponibilidad de fondos para el pago de la suma de ONCE MILLONES OCHENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS Y 50/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 11 082 152,50), equivalente a TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE Y 38/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 475 919,38); Que, el literal b) del articulo 6° de la Ley N° 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece que los recursos que provengan, entre otros, de los procesos de concesion que se orienten a financiar obligaciones previstas en los contratos de concesion o gastos imputables, directa o indirectamente a la ejecucion de los mismos, se incorporaran en los presupuestos institucionales mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del sector respectivo, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a propuesta del Titular del Pliego; Que, en observancia de la referida MORDAZA legal, resulta necesario autorizar la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, por la suma de TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 475 920,00) para el fin indicado precedentemente; De conformidad con la Ley N° 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 hasta por la suma de S/. 30 475 920,00 (TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES), para atender el pago del compromiso asumido en el literal c) de la Clausula Decima del Acuerdo de Ejecucion de Laudo Arbitral, suscrito entre Autoridad Portuaria Nacional y CODRALUX S.A. Sucursal del Peru, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios TOTAL INGRESOS EGRESOS SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 214 : Autoridad Portuaria Nacional UNIDAD EJECUTORA 001 : Autoridad Portuaria Nacional ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2.111321 : Mejoramiento y Ampliacion de la Boca de Entrada al Terminal Portuario del Callao FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS 30 475 920,00 =========== 30 475 920,00 =========== En Nuevos Soles

30 475 920,00 =========== 30 475 920,00 ===========

Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente Credito Suplementario aprueba, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.