Norma Legal Oficial del día 30 de Agosto del año 2012 (30/08/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

473720

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2012

dentro de su afiliados con trabajadores del CONSORCIO PROCOM AGUA [...]". En rigor, el fundamento del deber de oficialidad aparece plasmado en el MORDAZA de verdad material, que es instituido por la LPAG en el articulo 1.11 del articulo IV ("principios del procedimiento administrativo") del Titulo Preliminar. Bajo dicho MORDAZA se entiende que: "En el procedimiento, la autoridad administrativa competente debera verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual debera adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la ley, aun cuando no hayan sido propuestas por los administrados [...]". En comentario de este MORDAZA de busqueda de la verdad material, la doctrina refiere que la Administracion Publica "tiene el deber de adecuar su accionar a la verdad material, y superar de manera oficiosa, las restricciones que las propias partes puedan plantear, deliberadamente o no, con lo cual este MORDAZA se convierte en el centro de inspiracion de ciertos tramites o momentos procesales en particular, tales como la fiscalizacion posterior a la documentacion acogida a la presuncion de veracidad, la labor instructora, la ejecucion del acto administrativo, etc.".7 En consecuencia, la consulta del registro sindical constituye un acto enmarcado dentro de la potestad de la administracion para recabar informacion interna y asi formar su voluntad resolutoria. Como actuacion que conforma el acto administrativo, forma parte de la ratio decidendis de la Resolucion Directoral N° 0072012-MTPE/1/20, teniendo por si misma una naturaleza inimpugnable. En todo caso, si LA EMPRESA recurrente buscaba controvertir el hecho materia de la consulta al registro sindical (para contradecir los hechos que causaron conviccion de lo observado en el registro administrativo para el pronunciamiento expedido por la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo) debio interponer el recurso idoneo, que es el recurso de reconsideracion (articulo 208° de la LPAG), el mismo que exige que se presente una nueva fuente de prueba, la cual debe tener una expresion material para que pueda ser valorada por la misma autoridad administrativa que expidio la resolucion cuestionada y que podria causar su cambio de criterio.8 11. La interpretacion del articulo 47° LRCT y la legitimidad negocial en los ambitos de negociacion de las organizaciones sindicales LA EMPRESA recurrente discrepa de la interpretacion que la autoridad administrativa de trabajo ha mantenido en este expediente sobre el sentido y alcances del articulo 47° al pronunciarse en el Auto Directoral apelado y la Resolucion Directoral que resolvio dicha apelacion. Asi, LA EMPRESA sostiene que la lectura de la MORDAZA desde el metodo gramatical o literal de interpretacion de normas es preferible, con el objeto de "no contrariar el sentido exacto de lo que senala la ley". 11.1 Metodologia interpretativa de una MORDAZA de rango legal por parte de la Direccion General de Trabajo En forma preliminar, cabe senalarse que desde antiguo se tiene que la interpretacion gramatical o literal de las normas no arroja resultados confiables en casos donde los terminos no determinen un unico sentido incuestionable para todos los operadores juridicos. Asi, el profesor MORDAZA Larenz --a quien conviene citar en extenso-- recuerda que "el sentido literal no basta, casi nunca, como criterio interpretativo --precisamente porque tolera distintas interpretaciones-- pero el sentido literal posible, es decir, la totalidad de aquellos significados que pueden ser vinculados, segun el lenguaje general, a una expresion, MORDAZA el limite de la interpretacion. Esto se deduce, por una parte, de que el objeto de la interpretacion es, unicamente, el texto de la ley. Lo que no corresponde por lo menos a un lenguaje posible no viene respaldado por el texto de la ley. Solo el texto de la ley tiene autoridad de lo ordenado por el legislador. Lo que no es compatible con el texto --es decir, lo que no es compatible con el contenido literal posible-- no participa de esa autoridad".9 En consecuencia, el defecto para obtener una interpretacion certera del articulo 47° mediante el metodo

literal se pone de manifiesto en el hecho de que permite seleccionar a quien le interese un contenido para el significante "sindicato respectivo": para LA EMPRESA significara, de acuerdo con sus intereses, que aquel sindicato respectivo sera el que tradicionalmente se corresponde con el nivel de negociacion de empresa. En cambio, para EL SINDICATO, la formula "sindicato respectivo", podria leerse de tal forma que el nivel del sindicato a que se refiere dicha MORDAZA podria incluir ademas a cualquier otro MORDAZA de organizacion sindical contemplado en el articulo 5° de la LRCT que legitimamente pudiera actuar en el ambito de empresa. De esa suerte, esta Direccion General de Trabajo optara por interpretar el sentido de la MORDAZA aqui discutida a traves del metodo sistematico. La interpretacion sistematica que aqui se desarrolla toma en cuenta el desarrollo que la jurisprudencia constitucional ha hecho sobre el caracter de la Constitucion como MORDAZA MORDAZA dentro de la legalidad dentro de la que la Administracion de Trabajo debe actuar. Asi, el Tribunal Constitucional ha senalado que: "8. MORDAZA juridico de supremacia constitucional y Administracion Publica Los organismos reguladores para el derecho administrativo tienen una personalidad juridica independiente, con plena capacidad para ser titulares de las relaciones juridico-administrativas que deban establecer en el cumplimiento de sus funciones, tanto en el ambito publico como privado del ordenamiento en el pleno desenvolvimiento de sus potestades. Como es de uniforme entendimiento en la doctrina, la capacidad juridica de la Administracion Publica esta sometida al MORDAZA de legalidad que implica que "los entes publicos no puedan entrar en el trafico juridico ilimitadamente, salvo las prohibiciones o limitaciones que el ordenamiento puede contener (esto es, mas o menos, lo propio de la capacidad privada); por el contrario, solo pueden enhebrar relaciones alli donde una MORDAZA les autoriza a ello". Ello es asi, en la medida en que la Administracion, en el ejercicio de sus funciones publicas y potestades, no puede invocar un supuesto MORDAZA de presuncion general de aptitud o libertad. Al ejercer un poder de naturaleza publica, debe someterse a los limites previstos en el articulo 45° de la Constitucion, que senala: "El poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitucion y las leyes establecen". Es asi como el MORDAZA de legalidad que determina las actuaciones competenciales de la Administracion Publica, y en el caso especifico de los organismos reguladores, debe ser conforme a los principios y valores que la Constitucion consagra, en la medida en que los ciudadanos y los poderes publicos estan sujetos a MORDAZA, dejando de ser las leyes En este sentido, se configura el MORDAZA de supremacia juridica y valorativa de la Constitucion, recogido en el articulo 51 de la Constitucion: "[...] La Constitucion prevalece sobre toda MORDAZA legal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquia, y asi sucesivamente". Este valor normativo fundamental de la Constitucion constituye uno de los MORDAZA fundamentales del Estado social y democratico de derecho, que es la

7 8

9

Ibid. p. 80. MORDAZA, MORDAZA Carlos. Los recursos en la Ley del Procedimiento Administrativo General y en los procedimientos sectoriales. Lima: Gaceta Juridica S.A., 2009. pp. 43-46. LARENZ, Karl. Metodologia de la Ciencia del Derecho [Methodelehre der Rechtswissenschaft]. Barcelona: Ediciones MORDAZA, 1966. p. 256.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.