Norma Legal Oficial del día 30 de Agosto del año 2012 (30/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2012

operatividad que deberan seguir las partes, para efectuar la primera inscripcion de dominio de los predios que seran destinados para la implementacion y funcionamiento de los Centros de Servicios de infraestructura y de equipamiento complementarios a la unidad habitacional del Programa Apoyo al Habitat Rural -TAMBOS, que promueve y ejecuta el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento con la finalidad de mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion rural a nivel nacional; Que, de acuerdo al Certificado de Busqueda Catastral de fecha 28 de MORDAZA de 2012, la MORDAZA Registral N° II - Sede Chiclayo, elaborado sobre la base del Informe Tecnico N° 1164-2012/Z.R.N°II-OC-CAJ, se dio cuenta que el terreno de 2 211,00 m², ubicado en el Sector "El Castillo" distrito de San MORDAZA de Cochan, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, se encuentra comprendido en MORDAZA donde no se ha encontrado ningun antecedente o referencia de Inscripcion definitiva, de acuerdo al avance de actualizacion de la base grafica de predios de la Oficina Registral de Cajamarca; Que, el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­COFOPRI, con fecha 14 de junio de 2012, realizo la inspeccion tecnica al predio submateria y ha dado cuenta que el terreno tiene una pendiente casi plana y lateralmente viene siendo bordeado por la trocha carrozable que conduce al Caserio Ayapampa y la trocha que conduce al Complejo Turistico El MORDAZA, por la MORDAZA Norte se encuentra el MORDAZA de riego Los Pilancones ­ Chauchamayo; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 2 211,00 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias y el Convenio N° 129-2012 "Convenio de Cooperacion interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento MVCS, El Organismo de Formalizacion de la Propiedad InformalCOFOPRI y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales SBN#, suscrito con fecha 28 de mes de MORDAZA de 2012; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 106-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de MORDAZA de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 2 211,00 m², ubicado en el Sector El MORDAZA distrito de San MORDAZA de Cochan, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La Oficina Registral de MORDAZA de la MORDAZA Registral N° II de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese.RAQUEL ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal 834232-2

SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 104-2012/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 15 de agosto de 2012 Visto, el Expediente N° 105-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 45 000,00 m², ubicado al sur del centro poblado "San MORDAZA de Marcona", en la MORDAZA denominada Punta Cenicero, en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 45 000,00 m², ubicado al sur del centro poblado "San MORDAZA de Marcona", en la MORDAZA denominada Punta Cenicero, en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 19 de MORDAZA de 2012, emitido en base al Informe Tecnico Nº 0366-2012-ZR-XI/OC-NASCA de fecha 16 de MORDAZA de 2012, de la Oficina de Catastro de la Oficina Registral de Nazca senalo que el terreno en consulta no se encuentra superpuesto con predio inscrito digitalizado en las bases cartograficas catastrales de las propiedades inscritas, con las que cuenta la Oficina de Catastro; Que, el tercer parrafo del articulo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica el 16 de MORDAZA de 2012, se verifico que el terreno de naturaleza eriaza presenta una topografia variada que va de zonas con ligeros desniveles a zonas con desniveles marcados, se dispone sobre extension mayor que constituye MORDAZA de acantilados, se encuentra desocupado y libre de edificaciones, y es atravesado de norte a sur por un MORDAZA carrozable; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 45 000,00 m², de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, asi como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y

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