Norma Legal Oficial del día 30 de Agosto del año 2012 (30/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

473751

La Cuota MORDAZA estara constituida por los intereses moratorios y/o reajustes generados por la deuda tributaria materia de beneficio, actualizada a la fecha de la solicitud de fraccionamiento, los cuales seran condonados en los porcentajes previstos en el presente articulo; siempre que el deudor tributario no incurra en causal de perdida de fraccionamiento, segun el Reglamento de Pago Fraccionado de Deudas Tributarias y No Tributarias. De incurrir en causal de perdida del fraccionamiento, se procedera a emitir la resolucion respectiva, con la cual, a la MORDAZA cuota del fraccionamiento se le adicionara la Cuota MORDAZA MORDAZA indicada. Articulo Quinto.- BENEFICIOS NO TRIBUTARIOS DE LA MORDAZA Otorguese descuentos y facilidades de pago a los administrados de la Municipalidad de La MORDAZA que tengan deudas pendientes de pago por multas administrativas. El descuento en el monto a pagar de multas administrativas se otorgara en funcion a la oportunidad del pago y monto total cancelado. El alcance del beneficio es el siguiente: 5.1 Pago al Contado: 50% de descuento sobre el importe total de la multa administrativa 5.2 Pago Fraccionado: 30% de descuento sobre el importe total de la multa administrativa, siempre que el administrado pague una cuota inicial equivalente al 20% de la deuda materia de fraccionamiento y se fraccione en seis cuotas como maximo. El pago de la multa administrativa segun lo dispuesto por la presente Ordenanza no exime al administrado del cumplimiento de las sanciones no pecuniarias de acuerdo a lo establecido en el Articulo 6 de la Ordenanza Nº 200, las cuales seguiran vigentes en tanto no MORDAZA regularizadas o subsanadas de acuerdo al MORDAZA de sancion. Articulo Sexto.- DE LAS DEUDAS EN COBRANZA COACTIVA Para acogerse al presente beneficio, el deudor tributario y no tributario debera cancelar al contado por concepto de costas y gastos del procedimiento de ejecucion coactiva, como unico importe, el monto del arancel correspondiente a la Notificacion de siete (7) dias de la resolucion que dio inicio al procedimiento de ejecucion coactiva, conforme a la Tabla de Aranceles del Procedimiento de Ejecucion Coactiva vigente al momento de iniciada la cobranza; condonandose las diferencias generadas por concepto de costas y gastos, en caso de existir. La condonacion mencionada solo se aplicara para los procesos de cobranza coactiva cuyas deudas se acojan al presente beneficio, incluyendo las costas generadas en los expedientes coactivos hasta el presente ejercicio. Articulo Setimo.- DESISTIMIENTO Para acogerse a la presente Ordenanza, cuando la deuda se encuentre impugnada, el administrado debera previamente presentar MORDAZA del escrito de desistimiento presentado ante los organos competentes respectivos. El acogimiento al presente beneficio, implica el reconocimiento de la deuda y el desistimiento automatico de la reconsideracion, reclamacion y/o apelacion que pudiera existir, segun sea el MORDAZA de deuda. Para aquellos casos que se encuentren con demanda en un MORDAZA contencioso administrativo, el deudor debera previamente presentar el desistimiento de su pretension ante el organo jurisdiccional competente, debiendo remitir una MORDAZA certificada ante la Procuraduria Publica Municipal de la Municipalidad de La Molina. De la misma forma, el pago constituye el reconocimiento expreso de la obligacion, por lo que no podran presentar reclamos futuros respecto de ellas. Articulo Octavo.- EXTINCION DE DEUDA TRIBUTARIA DE COBRANZA ONEROSA Se declara extinguida por causal de cobranza onerosa, la deuda pendiente de pago siguiente: 8.1 Las deudas tributarias generadas por concepto de Derecho de Emision, siempre y cuando no exista deuda por Impuesto Predial vinculada a la misma. 8.2 Las deudas tributarias generadas por la aplicacion del procedimiento de redondeo, cuyo importe sea inferior a un MORDAZA Sol.

Articulo Noveno.- CONDONACION DE COSTAS PROCESALES Condonese las costas procesales y/o gastos del procedimiento de ejecucion coactiva, de aquellos expedientes que a la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, contengan como unico componente de la deuda, dichos conceptos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los fraccionamientos otorgados al MORDAZA de la presente Ordenanza, seran regulados por el Reglamento de Pago Fraccionado de Deudas Tributarias y No Tributarias, aprobado con Decreto de Alcaldia N° 015-2011, en lo que resulte aplicable. Segunda.- Los pagos efectuados por los contribuyentes MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, por los conceptos que se mencionan en esta MORDAZA legal, tienen caracter de cancelatorios, por tanto, no podran ser reclamados, devueltos, ni objeto de compensacion. Tercera.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para aprobar la prorroga de su vigencia. Cuarta.- Encarguese a la Subgerencia de Recaudacion y Control, Subgerencia de Registro y Fiscalizacion Tributaria, Subgerencia de Ejecutoria Coactiva Tributaria, Subgerencia de Control y Sanciones, Ejecutoria Coactiva Administrativa, asi como a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusion de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Quinta.- Encarguese a la Secretaria General la publicacion del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion la publicacion en la pagina Web de la Municipalidad www.munimolina.gob. pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al ciudadano y empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe . Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 834854-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo de vigencia de Beneficio de Regularizacion Tributaria establecido mediante Ordenanza Nº 482-MSB
DECRETO DE ALCALDIA Nº 018-2012-MSB-A San MORDAZA, 28 de agosto de 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA VISTOS, el Informe Nº 47-2012-MSB-GR de fecha 16.08.2012 de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 1372012-MSB-GR-URT de fecha 15.08.2012 de la Unidad de Recaudacion Tributaria, el Informe Nº 402-2012-MSBGAJ de fecha 21.08.2012 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 717-2012-MSB-GM de fecha 22.08.2012 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico;

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