Norma Legal Oficial del día 07 de Diciembre del año 2012 (07/12/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

480173

con el MORDAZA de equilibrio presupuestario recogido en el articulo 78° de la Constitucion Politica del Peru y de acuerdo a los montos que se fijen en las Leyes Anuales de Presupuesto correspondientes.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
PRIMERA.Instrumentos de Gestion Administrativa El Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), asi como los documentos de gestion que correspondan, seran desarrollados y presentados por la SEDENA para su respectiva aprobacion, conforme a las normas vigentes de la materia, en un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario, contados a partir de la fecha de vigencia del presente Decreto Legislativo. Para la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), se requiere previamente informe favorable de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas. SEGUNDA.- Contratacion de Personal de la SEDENA Autoricese a la SEDENA a contratar personal, hasta el 31 de diciembre de 2012, bajo el regimen laboral que corresponda, previo MORDAZA de concurso publico de meritos. Mediante Decreto Supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, se aprueba el numero de personal que requerira la SEDENA para el cumplimiento de sus funciones, previa aprobacion del ROF y del CAP de la entidad. TERCERA.- Financiamiento y Transferencia Presupuestal La implementacion de las acciones a que se refiere el presente Decreto Legislativo se financiara excepcionalmente durante los anos fiscales 2012 y 2013, con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa, conforme a la normatividad vigente. Para tal efecto, autoricese al Ministerio de Defensa a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias en el nivel institucional a favor de la SEDENA, las mismas que seran aprobadas mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y de Defensa, a propuesta de este ultimo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

875566-5

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Prorroga del Estado de Emergencia en el cerro Pucruchacra, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Huanchor, provincia de Huarochiri, del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 118-2012-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 095-2011-PCM, publicado el 14 de diciembre de 2011, se declaro el Estado de Emergencia

en el cerro Pucruchacra, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Huanchor, provincia de Huarochiri, en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion del alto riesgo y peligro inminente de deslizamiento existente en la mencionada MORDAZA, asi como de respuesta y rehabilitacion, segun corresponda; Que, con los Decretos Supremos N° 012-2012-PCM, publicado el 12 de febrero de 2012, Nº 044-2012-PCM, publicado el 12 de MORDAZA del 2012, Nº 066-2012-PCM, publicado el 09 de junio de 2012, Nº 085-2012-PCM, publicado el 09 de agosto de 2012 y Nº 101-2012-PCM, publicado el 05 de octubre de 2012, se prorrogo el Estado de Emergencia en la circunscripcion territorial MORDAZA mencionada, hasta el 08 de diciembre del 2012; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 1514-2012-GRL/PRES de fecha 21 de noviembre del 2012, solicita la prorroga del Estado de Emergencia del cerro Pucruchacra, situado en el distrito de San MORDAZA de Huanchor, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA, por peligro inminente de deslizamiento de tierras, sustentando su pedido en el Informe Nº 958-2012-GRL-GRRNGMA/ORDC que a su vez acompana el "Informe para la prorroga del Estado de Emergencia en la Ladera del Cerro Pucruchacra - San MORDAZA, Huarochiri", de fecha 19 de noviembre de 2012; Que, la Direccion Nacional de Prevencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, con el Informe Nº 0312012-INDECI/10.2, de fecha 30 de noviembre de 2012, se pronuncia teniendo en consideracion lo informado por el Gobierno Regional de MORDAZA, senalando las condiciones de riesgo del cerro Pucruchacra, por peligro inminente ante deslizamiento de tierras, por lo que se requiere la continuacion de la ejecucion de medidas inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y las acciones de respuesta y rehabilitacion correspondientes, en las zonas afectadas; Que, asimismo senala las medidas inmediatas de mitigacion cuya continuacion de su ejecucion es necesaria en la MORDAZA afectada, entre otras, el drenado del cuerpo del deslizamiento que es primordial para la estabilizacion del area inestable: resellado de grietas, drenaje superficial y drenaje subterraneo (paralizar el riego en la ladera del cerro Pucruchacra); monitoreo y levantamiento topografico, monitoreo piezometrico e inclinometrico en el area de la MORDAZA reactivada, culminacion del estudio tecnico y la inmediata realizacion de los trabajos de banqueteo y construccion de las zanjas de coronacion, por las caracteristicas geodinamicas observadas, agrietamientos, saltos y asentamientos localizados en la ladera, siendo importante realizar medidas que estabilicen las laderas, con la finalidad de prevenir la filtracion de las lluvias, y se culminen las obras en el mas breve plazo; recomendando por tanto la aprobacion de la prorroga del Estado de Emergencia; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia prorrogado mediante Decreto Supremo Nº 101-2012-PCM, y subsistiendo las condiciones de peligro inminente por deslizamiento de tierra, en la MORDAZA afectada, es necesario prorrogar el periodo vigencia de dicha declaratoria, con el fin de continuar las acciones destinadas a la reduccion y minimizacion del alto riesgo existente, asi como de respuesta y rehabilitacion, segun corresponda; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere de MORDAZA decreto, asi como con el articulo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que establece que el Gobierno Regional presenta al INDECI la solicitud de prorroga del Estado de Emergencia, con el sustento correspondiente; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 09 de diciembre del 2012, el Estado de Emergencia en el cerro Pucruchacra, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Huanchor, provincia de Huarochiri, en el departamento de MORDAZA, declarado mediante Decreto Supremo Nº 095-2011-PCM. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, en coordinacion con los Gobiernos Locales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil, el Ministerio de Agricultura ­ Autoridad Nacional

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.