Norma Legal Oficial del día 07 de Diciembre del año 2012 (07/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
DIRECTIVA Nº 004-2012-PCM/SGP

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2012

LINEAMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL APLICATIVO WEB PARA LA DETERMINACION DE COSTOS
Articulo 1º.- Del Objeto: La presente Directiva tiene por objeto establecer los lineamientos aplicables para la puesta en funcionamiento del Aplicativo Informatico Web que implementa la metodologia dedeterminacion de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para las entidades publicas,denominado Modulo Integral de Costos (MICosto). Articulo 2°.- De la administracion de MICosto La administracion de MICosto estara a cargo de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM y a la Resolucion de Secretaria de Gestion Publica 002-2010-PCM-SGP. Articulo 3º.- De la implementacion de MICosto. En un plazo que no excedera 3 dias habiles contados desde la fecha de entrada en vigencia de la presente Directiva, la Secretaria de Gestion Publica pondra en funcionamiento MICosto, al cual se accedera a traves de la siguiente direccion web http://sgp.pcm.gob.pe/micosto Articulo 4º- De la Guia de Simplificacion Administrativa y Determinacion de Costos de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad Dentro del mismo plazo senalado en el articulo 3º, la Secretaria de Gestion Publica publicara en su MORDAZA web la Guia de Simplificacion Administrativa y Determinacion de Costos de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad para los tres niveles de gobierno, a la cual se podra acceder en la siguiente direccion web http://sgp.pcm.gob.pe/index.php/documento/guias. Articulo 5º.- De las consultas sobre el uso de MICosto. Las consultas referidas al acceso y actualizacion de MICosto seran absueltas por la Secretaria de Gestion Publica, a traves del siguiente correo electronico: micosto@ pcm.gob.pe. Toda consulta o comunicacion debera hacerse desde una cuenta institucional. La Secretaria de Gestion Publica no atendera consultas desde cuentas personales.

La Secretaria de Gestion Publica esta prohibida de enviar la identificacion de usuario y contrasena asignados a un correo distinto al correo institucional del profesional. 5. Dentro de las 24 horas de recibido el correo electronico los profesionales deberan ingresar al aplicativo y modificar su contrasena. 6. La Secretaria de Gestion Publica, podra observar el registro de algun profesional o de los profesionales responsables. 7. La entidad publica tiene un plazo MORDAZA de diez (10) dias contados desde el dia siguiente de la fecha en la cual se le comunico la observacion, para subsanar el registro del profesional observado o designar otro profesional/tecnico. Articulo 7º.- Del acceso a MICosto Verificado el registro de los profesionales o tecnicos responsables, estos accederan con su usuario y contrasena a MICosto para realizar el costeo de los procedimientos administrativos de su entidad. Articulo 8º.- De la comunicacion del costeo Concluido el MORDAZA de costeo, el profesional responsable del costeo podra exportar (con la opcion de cambios no permitidos), desde el aplicativo MICosto, los archivos necesarios para sustentar el costeo de los procedimientos de la entidad en formato PDF. Articulo 9º.- Del cambio de responsables En caso de reemplazo de alguno de los profesionales/ tecnicos responsables, el reemplazante debera registrarse conforme lo establece el articulo 6º de la presente directiva, en un plazo no mayor de cinco (5) dias calendarios, contados a partir del dia siguiente de su designacion. Para dicho efecto, el Secretario General de la entidad o quien haga sus veces, debera comunicar mediante Oficio dirigido a la Secretaria de Gestion Publica, los datos correspondientes al MORDAZA personal, debiendo senalar el profesional al cual reemplaza y adjuntar MORDAZA del documento que acredite la nueva designacion. Del mismo modo, la Secretaria de Gestion Publica enviara un oficio de respuesta confirmando la creacion de la nueva cuenta de usuario para el MORDAZA profesional registrado. Asi mismo, la Secretaria de Gestion Publica comunicara a la cuenta institucional de cada profesional responsable, la identificacion de usuario y la contrasena asignadas. La Secretaria de Gestion Publica esta prohibida de enviar la identificacion de usuario y contrasena asignados a un correo distinto al correo institucional del profesional. Articulo 10º.- De la perdida del nombre de usuario y/o clave de acceso En caso que la autoridad responsable olvide, extravie o por razones de seguridad requiera otro nombre de usuario o clave de acceso, debera solicitar dichas modificaciones directamente a la direccion de correo electronico: micosto@ pcm.gob.pe. Articulo 11º.- De las entidades publicas que no cuenten con servicio de Internet. Los responsables de las entidades publicas que no cuenten con acceso a Internet podran ingresar la informacion requerida en MICosto desde cualquier cabina de Internet o con el apoyo de la municipalidad distrital, provincial o gobierno regional mas cercano que cuente con dicho servicio. Articulo 12º.- De la Responsabilidad de personal asignado. Los responsables a que se refiere el articulo 5º de la presente directiva, asume las responsabilidades previstas en la normativa vigente, por el incumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva. Cualquier funcionario o servidor publico que tenga conocimiento del uso inadecuado de MICosto tiene el deber de denunciarlo ante la Oficina de Control Institucional de cada entidad. La Secretaria de Gestion Publica, como administrador de MICosto, debera informar a la Contraloria General de la Republica sobre los casos de incumplimiento o irregularidades que detecte o de los que MORDAZA conocimiento.

Articulo 6º.- Del registro de los responsables ante MICosto Para el registro de los profesionales o tecnicos responsables del costeo de los procedimientos administrativos, las entidades deberan tener en cuenta lo siguiente:
1. Los profesionales o tecnicos a cargo del costeo de los procedimientos administrativos deberan pertenecer a las unidades organicas comprendidas en el articulo 3 del DS N° 064-2010-PCM. La Secretaria de Gestion Publica no admitira el registro de consultores o personas externas a la institucion. 2. Dentro de un plazo de siete (7) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la entrada en vigencia de la presente Directiva, el Secretario General de cada una de las entidades de la Administracion Publica, o quien haga sus veces, debera comunicar por escrito, mediante oficio dirigido a la Secretaria de Gestion Publica, los datos correspondientes a: · El profesional y/o tecnico responsable de efectuar el costeo de los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad en su entidad. En dicha comunicacion debera incluirse la siguiente informacion relativa a cada profesional y/o tecnico: nombre, apellidos, numero de DNI, area organica, telefono y anexo, correo institucional. 3. Los responsables de efectuar el costeo de los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, en ningun caso, sera superior a dos (2) personas por entidad. 4. En un plazo no mayor de siete (07) dias habiles, desde la recepcion del oficio, la Secretaria de Gestion Publica enviara un oficio de respuesta confirmando la creacion de una cuenta de usuario para cada uno de los profesionales y/o tecnicos mencionados en el parrafo anterior de acuerdo al articulo 3° del DS N° 064-2010-PCM. Dentro de ese mismo plazo, la Secretaria de Gestion Publica comunicara a la cuenta de correo institucional de cada profesional y/o tecnico responsable, la identificacion de usuario y contrasena asignados.

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