Norma Legal Oficial del día 07 de Diciembre del año 2012 (07/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2012

concluiran a los noventa (90) dias habiles posteriores a la culminacion de las Juntas de Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional correspondientes al ano 2015. Articulo 6.- Financiamiento La aplicacion de la presente MORDAZA se financia con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio de Economia, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico y conforme a las disposiciones legales vigentes. Articulo 7.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, la Ministra de Salud y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento . Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

875565-7

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012
DECRETO SUPREMO Nº 242-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional de los Pliegos 007 Ministerio del Interior y 026 Ministerio de Defensa; Que, el articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 0142012, dispone la vigencia durante el ano fiscal 2012, de lo establecido en los articulos 1º, 2º y 5º del Decreto de Urgencia Nº 020-2011, que otorga una Bonificacion Extraordinaria al Personal Militar y Policial en Actividad de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policia Nacional del Peru equivalente al 20 % de la remuneracion pensionable, incluyendo el concepto previsto en el Decreto Supremo Nº 037-2001-EF; y del 25 % de las pensiones a favor de los pensionistas del regimen del Decreto Ley Nº 19846 y sus modificatorias que hayan pasado a la situacion de retiro por invalidez o incapacidad total y permanente como consecuencia de accion de MORDAZA o acto de servicio, asi como a los herederos del personal que MORDAZA fallecido como consecuencia de las acciones MORDAZA indicadas, de acuerdo a la normatividad vigente; Que, el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 0142012, establece que las bonificaciones extraordinarias a que se refiere el considerando precedente seran abonadas mensualmente y de manera conjunta con el pago de la

remuneracion o pension mensual, segun corresponda, a partir del mes de MORDAZA de 2012 hasta diciembre de 2012; Que, mediante los Oficios Nºs. 611-2012-IN-DM y 20102012-MINDEF/DM, los Ministerios del Interior y de Defensa han solicitado transferencias de recursos para financiar la continuidad del otorgamiento de las Bonificaciones Extraordinarias establecidas en los articulos 1º y 2º del Decreto de Urgencia Nº 014-2012 a favor del Personal Militar y Policial en Actividad; Que, resulta necesario atender las Bonificaciones Extraordinarias establecidas en los articulos 1º y 2º del Decreto de Urgencia Nº 014-2012 a favor del Personal Militar y Policial en Actividad, para el mes de diciembre 2012, por la suma total de CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CATORCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42 646 514,00), correspondiendo a favor del Pliego 007 Ministerio del Interior la cantidad de TREINTA MILLONES TRESCIENTOS DIECISEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 316 594,00) y a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa la cantidad de DOCE MILLONES TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 329 920,00); Que, mediante los Decretos Supremos Nºs. 070-2012-EF, 129-2012-EF, 187-2012-EF y 228-2012-EF se autorizaron mayores recursos en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, para ser destinados a financiar la continuidad del otorgamiento de las Bonificaciones Extraordinarias establecidas en los articulos 1º y 2º del Decreto de Urgencia Nº 014-2012, a favor del Personal Militar en Actividad de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policia Nacional del Peru, para los meses de mayo-junio, julio-agosto, setiembre-octubre y noviembre 2012, respectivamente; Que, los articulos 44º y 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, los recursos para atender los requerimientos senalados en los considerandos precedentes no han sido previstos en los presupuestos institucionales de dichos Pliegos, por lo que resulta necesario autorizar una transferencia de partidas hasta por la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CATORCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42 646 514,00); De conformidad con lo establecido por el articulo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CATORCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42 646 514,00), para atender los gastos que demanden las acciones descritas en la parte considerativa de la presente MORDAZA, conforme al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General

ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 5000415: Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS 42 646 514,00 -------------------42 646 514,00 =========== ACTIVIDAD

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