Norma Legal Oficial del día 07 de Diciembre del año 2012 (07/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

480197

DOHME PERU S.R.L., precisando que los pasajes aereos seran en tarifa economica; Que, la inspeccion para la certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y Buenas Practicas de Laboratorio (BPL), se realizara del 10 al 14 de diciembre de 2012, sin embargo dado que el Laboratorio HANMI PHARMACEUTICAL CO. LTD., se encuentra ubicado en el Continente Asiatico, la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud, ha otorgado disponibilidad presupuestal para la adquisicion de pasajes en tarifa economica, viaticos para 5 dias y 2 dias para gastos de instalacion para dos personas; Que, mediante Informe Nº 229-2012-ECN-ODRHOGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinion favorable respecto de la autorizacion del viaje de las Quimicos Farmaceuticos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Dany LLANA GAGLIUFFI, profesionales de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID, para que realicen la certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y Buenas Practicas de Laboratorio (BPL) del Laboratorio HANMI PHARMACEUTICAL CO. LTD.; Que, en tal sentido considerando que la Empresa MERCK SHARP & DOHME PERU S.R.L., ha cumplido con presentar los documentos referidos al pago por la certificacion de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y Buenas Practicas de Laboratorio (BPL), a la que hace referencia la Ley N° 29459 ­ Ley de los Productos Farmaceuticos, Dispositivos Medicos y Productos Sanitarios, es necesario autorizar el viaje de las profesionales que estaran a cargo de realizar la inspeccion al Laboratorio HANMI PHARMACEUTICAL CO. LTD., ubicado en la MORDAZA de Hwasung-Si, Republica de Corea del Sur; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 10° de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012; en la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos y su modificatoria, y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de las Quimicos Farmaceuticos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Dany LLANA GAGLIUFFI, profesionales de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la MORDAZA de Hwasung-Si, Republica de Corea del Sur, del 7 al 16 de diciembre de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011 del Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle:
- Pasajes tarifa economica : $ 7,636.00 (incluido TUUA c/u $ 3,818.00 para 2 personas) - Viaticos x 7 dias (c/u $ 1,820.00 para 2 : $ 3,640.00 personas) ---------------Total : $. 11,276.00

Sustituyen anexos 1, 2 y 3 de la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/ DGE-V.01, que establece la Notificacion de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiologica en Salud Publica, aprobada por R.M. N° 5062012/MINSA
RESOLUCION MINISTERIAL 948-2012/MINSA
MORDAZA, 29 de noviembre del 2012 Visto el Expediente N° 12-090566-001, que contiene los memorandos N° 1552 y 1819-2012-DGE-DVE-DSVSP/ MINSA de la Direccion General de Epidemiologia del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 5062012/MINSA, de fecha 18 de junio de 2012, fue aprobada la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGEV.01, que establece la Notificacion de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiologica en Salud Publica; Que, el articulo 57° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, dispone como funcion principal, entre otras, de la Direccion General de Epidemiologia disenar, normar y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiologica en Salud Publica, en el ambito nacional; Que, siendo la tuberculosis una enfermedad transmisible extendida en el MORDAZA y con gran impacto en la salud publica, es necesario considerar a la tuberculosis como una enfermedad sujeta a vigilancia epidemiologica y de notificacion obligatoria en el pais; Que, conforme se desprende de los documentos de Visto, el Director General de Epidemiologia del Ministerio de Salud, solicita la actualizacion de los anexos 1, 2 y 3 de la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGE-V.01, que establece la Notificacion de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiologica en Salud Publica; Que, estando a que la actualizacion solicitada no altera lo esencial del contenido ni el sentido de la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGE-V.01 aprobada con Resolucion Ministerial N° 506-2012/MINSA, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado del Director General de la Direccion General de Epidemiologia, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del articulo 8° de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Sustituir los anexos 1, 2 y 3 de la Directiva Sanitaria N° 046-MINSA/DGE-V.01, que establece la Notificacion de Enfermedades y Eventos Sujetos a Vigilancia Epidemiologica en Salud Publica, aprobada con Resolucion Ministerial N° 506-2012/MINSA, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- La Direccion General de Epidemiologia debera realizar la difusion y seguimiento en el ambito nacional de los anexos sustituidos por el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial, en la direccion electronica http://www.minsa. gob.pe/transparencia/dge-normas.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario posterior a su retorno las profesionales citadas en el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema deberan presentar un informe detallado dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en las actividades a la que acudiran y la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneraciones o liberalizacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud

875566-11

875473-1

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