Norma Legal Oficial del día 11 de Diciembre del año 2012 (11/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 11 de diciembre de 2012

entidades responsables en la lucha contra la trata de personas. Articulo Quinto.- RECOMENDAR al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo: ADOPTAR, a la brevedad, las medidas para implementar un plan de supervision de centros de trabajo, domicilios, agencias de colocacion de empleos y otros que MORDAZA sus veces, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 28806, Ley General de Inspeccion del Trabajo, y el inciso b del articulo 15º del D. S. 007-2008-IN, Reglamento de la Ley 28950, Ley contra la Trata de Personas. Articulo Sexto.- RECOMENDAR a la Ministra de Justicia y Derechos Humanos: ADOPTAR medidas que permitan garantizar la asistencia y la defensa legal gratuita para las victimas de trata menores de edad, de conformidad con lo previsto en el articulo 28.1. del Decreto Supremo N° 007-2008IN, Reglamento de la Ley 28950, Ley contra la Trata de Personas. Articulo Septimo.- RECOMENDAR a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables: ADOPTAR las medidas correspondientes para garantizar la proteccion integral de los ninos, ninas y adolescentes victimas de trata de personas, de acuerdo a lo previsto en el articulo 30° del Decreto Supremo N° 007-2008-IN, Reglamento de la Ley contra la Trata de Personas, Ley N° 28950. Articulo Octavo.- RECOMENDAR al Fiscal de la Nacion: a) IMPLEMENTAR medidas para garantizar la presencia, durante las declaraciones de las victimas menores de edad, de personas de su confianza, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3 del articulo 95º del Codigo Procesal Penal. b) IMPLEMENTAR medidas para garantizar, dentro del MORDAZA penal, la proteccion de las victimas de trata de personas menores de edad, de conformidad con lo previsto en el articulo 29.1. del Decreto Supremo N° 007-2008-IN, Reglamento de la Ley contra la Trata de Personas, Ley N° 28950. Entre ellas, la implementacion progresiva de las Unidades Distritales del Programa de Proteccion, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 003-2010-JUS. c) ADOPTAR medidas para garantizar que se mantenga en reserva la identidad de las victimas de trata de personas menores de edad durante la investigacion preliminar (policial) y el MORDAZA penal, en atencion de lo dispuesto en el articulo 6º del Codigo de los Ninos y los Adolescentes y el literal "c" del inciso 1 del articulo 95° del Codigo Procesal Penal. Articulo Noveno.- RECOMENDAR al Director General de la Policia Nacional del Peru: a) ADOPTAR las medidas necesarias para garantizar el optimo funcionamiento del "Sistema de Registro y Estadistica del delito de Trata de Personas y Afines (RETA)", institucionalizado mediante Resolucion Ministerial Nº 2570-2006-IN-0105. b) IMPLEMENTAR medidas necesarias, dentro del MORDAZA penal, para garantizar la proteccion de las victimas de trata de personas menores de edad, de conformidad con lo previsto en el articulo 29.1, del Decreto Supremo N° 007-2008-IN, Reglamento de la Ley contra la Trata de Personas. c) ADOPTAR medidas para garantizar que se mantenga en reserva la identidad de las victimas de trata de personas menores de edad durante la investigacion preliminar (policial), en atencion de lo dispuesto en el articulo 6º del Codigo de los Ninos y los Adolescentes y el literal c del inciso 1 del articulo 95° del Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo.- RECOMENDAR al Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura: a) ADOPTAR medidas para incorporar las perspectivas de genero, ninez e interculturalidad en las actividades

de capacitacion relacionadas con el delito de trata de personas. b) ADOPTAR las medidas pertinentes para capacitar a los magistrados y magistradas del Poder Judicial y al Ministerio Publico sobre las caracteristicas del MORDAZA penal de trata de personas en agravio de ninos, ninas y adolescentes (incisos 4 y 2 del articulo 153-A-segunda parte, del Codigo Penal), de conformidad con lo dispuesto en el inciso c del articulo 2º de la Ley N° 26335, Ley Organica de la Academia de la Magistratura. Articulo Decimoprimero.- RECOMENDAR a los Presidentes de los Gobiernos Regionales: APROBAR planes regionales de lucha contra la trata de personas en las regiones donde aun no los hayan aprobado, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 5° del Reglamento de la Ley contra la Trata de Personas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-IN, Reglamento de la Ley contra la Trata de Personas. Articulo Decimosegundo.- RECOMENDAR al Presidente del Grupo Multisectorial de Lucha contra la Trata de Personas: a) ADOPTAR las medidas pertinentes para monitorear el "Sistema de Registro y Estadistica del delito de Trata de Personas y Afines (RETA)" de la Policia Nacional del Peru, de acuerdo a lo previsto en el articulo 20° del Decreto Supremo N° 007-2008-IN, Reglamento de la Ley 28950. b) SISTEMATIZAR las denuncias sobre trata de personas de acuerdo a lo establecido en el articulo 21° del Decreto Supremo N° 007-2008-IN, Reglamento de la Ley 28950. c) INCORPORAR en el seno del Grupo Multisectorial de Lucha contra la Trata de Personas, tanto al Ministerio de Transportes y Comunicaciones como al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. Articulo Decimotercero.- RECOMENDAR a las instituciones integrantes del Grupo Multisectorial de Lucha contra la Trata de Personas: INCORPORAR los enfoques de genero, ninez e interculturalidad en todas las acciones que se desarrollen en materia trata de personas menores de edad. Articulo Decimocuarto.- ENCARGAR el seguimiento de la presente Resolucion Defensorial a la Adjuntia para la Ninez y la Adolescencia de la Defensoria del Pueblo. Articulo Decimoquinto.- INCLUIR la presente Resolucion Defensorial en el Informe Anual al Congreso de la Republica, de conformidad con lo establecido por el articulo 27º de la Ley 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e) 876492-1

MINISTERIO PUBLICO
Dan por concluidos nombramientos y designaciones y designan fiscales en diversos Distritos Judiciales
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 3191-2012-MP-FN MORDAZA, 10 de diciembre de 2012 VISTA: La Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 307-2012-CNM; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Nº 26-2012-AMAG/SPA, se acredita que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, aprobo los estudios en el MORDAZA del Decimo MORDAZA Curso de Formacion

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