Norma Legal Oficial del día 11 de Diciembre del año 2012 (11/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 11 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES
11.3.1 11.3.2 11.3.3 11.3.4 11.3.5

480491
Revisar el Plan de Inteligencia Nacional - PIN propuesto por el ente rector. Revisar y opinar sobre los documentos de doctrina. Recomendar criterios y procedimientos tecnicos comunes para los componentes del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA. Emitir opinion sobre las actividades de inteligencia consideradas en el Plan de Inteligencia Nacional - PIN. Otras que le asigne el Director de Inteligencia Nacional.

Articulo 8º.- Objetivos El Sistema de Inteligencia Nacional - SINA tiene los siguientes objetivos: 8.1 8.2 Producir el conocimiento util para el MORDAZA de toma de decisiones en materia de seguridad nacional. Proteger las capacidades nacionales y evitar acciones de inteligencia de actores que representen amenazas a la seguridad nacional.

Articulo 9º.- Estructura del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA El Sistema de Inteligencia Nacional - SINA esta conformado por los siguientes componentes: 9.1 9.2 9.3 Consejo de Inteligencia Nacional - COIN. Direccion Nacional de Inteligencia - DINI. Organo de Inteligencia del Sector Relaciones Exteriores. Direccion General de Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores. Organos de Inteligencia del Sector Defensa: MORDAZA Division del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas. Direccion de Inteligencia del Ejercito del Peru. Direccion de Inteligencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Direccion de Inteligencia de la Fuerza Aerea del Peru. Organos de Inteligencia del Sector Interior. Direccion General de Inteligencia del Ministerio del Interior. Direccion de Inteligencia de la Policia Nacional del Peru.

11.4 Participan en el Consejo de Inteligencia Nacional - COIN, a invitacion del Director de Inteligencia Nacional, los funcionarios y las personas que se estimen pertinentes para el cumplimiento de los objetivos del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA. Articulo 12.- Ente rector La Direccion Nacional de Inteligencia - DINI es el ente rector del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA. Articulo 13.- Organo de Inteligencia del Sector Relaciones Exteriores 13.1 La Direccion General de Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores: 13.1.1 Produce, coordina, centraliza, recolecta y canaliza la informacion relevante vinculada con los intereses y objetivos permanentes del Estado en el ambito exterior, de conformidad con los lineamientos establecidos en el Plan de Inteligencia Nacional - PIN. Remite periodicamente la informacion requerida por el ente rector del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA.

9.4 9.5 -

13.1.2

13.2 El Director General de Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores debe acreditar calificacion y experiencia en inteligencia. Articulo 14.- Organos de Inteligencia del Sector Defensa 14.1 Los organos de inteligencia del Sector Defensa: 14.1.1 Producen Inteligencia Militar y realizan actividades de contrainteligencia en el MORDAZA de su especialidad, de conformidad con los lineamientos establecidos en el Plan de Inteligencia Nacional - PIN. Remiten periodicamente la informacion e inteligencia requerida por el ente rector del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA.

Articulo 10º.- Plan de Inteligencia Nacional - PIN 10.1 Para efectos del desarrollo de actividades de inteligencia y contrainteligencia, el Sistema de Inteligencia Nacional - SINA cuenta con el Plan de Inteligencia Nacional - PIN, que contiene los objetivos, politicas, estrategias y responsabilidades de sus componentes, relacionados con las amenazas a la seguridad nacional y la identificacion de oportunidades favorables a MORDAZA, siendo su cumplimiento de caracter obligatorio. Es aprobado por el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional en MORDAZA del ano anterior a su ejecucion, a propuesta del ente rector del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA. 10.2 El presupuesto de los componentes del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA comprende los fondos necesarios para cumplir y ejecutar los objetivos, politicas, estrategias y responsabilidades establecidos en el Plan de Inteligencia Nacional - PIN. 10.3 Cada componente del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA elabora su Plan Institucional de Inteligencia - PII, en funcion de los objetivos, politicas, estrategias y responsabilidades establecidos en el Plan de Inteligencia Nacional - PIN. CAPITULO II COMPONENTES DEL SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL - SINA Articulo 11º.- Consejo de Inteligencia Nacional COIN 11.1 La reunion de los jefes de los componentes del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA constituye la instancia consultiva y de coordinacion tecnica denominada Consejo de Inteligencia Nacional - COIN. 11.2 El Director de Inteligencia Nacional es el presidente del Consejo de Inteligencia Nacional - COIN, que se reune obligatoriamente una vez al mes y cada vez que su presidente lo requiera. 11.3 Son funciones del Consejo de Inteligencia Nacional - COIN: 15.1.2

14.1.2

14.2 La MORDAZA Division del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas dirige, orienta y coordina la produccion de inteligencia para las operaciones militares, de conformidad con los lineamientos establecidos en el Plan de Inteligencia Nacional - PIN. 14.3 Los jefes de los Organos de Inteligencia del Sector Defensa deben acreditar calificacion y experiencia en inteligencia. Articulo 15.- Organos de Inteligencia del Sector Interior 15.1 Los Organos de Inteligencia del Sector Interior: 15.1.1 Producen la Inteligencia Policial y realizan actividades de contrainteligencia en el MORDAZA de su especialidad, de conformidad con los lineamientos establecidos en el Plan de Inteligencia Nacional - PIN. Remiten periodicamente la informacion e inteligencia requerida por el ente rector del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA.

15.2 La Direccion General de Inteligencia del Ministerio del Interior produce inteligencia para el Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y las decisiones de la Alta Direccion del Ministerio del Interior, en el ambito de su competencia.

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