Norma Legal Oficial del día 11 de Diciembre del año 2012 (11/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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TITULO VIII PARTICIPACION CIUDADANA

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 11 de diciembre de 2012

del Personal de la Policia Nacional del Peru en lo que le MORDAZA aplicables. QUINTA.- Financiamiento La aplicacion de las medidas dispuestas en el presente Decreto Legislativo se financia con cargo al presupuesto asignado al Ministerio del Interior, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Publico. SEXTA.- Recursos directamente recaudados El Ministerio del Interior mediante Resolucion Ministerial establecera las disposiciones necesarias para el empleo de sus recursos directamente recaudados. MORDAZA de la citada Resolucion debera ser remitida al Ministerio de Economia y Finanzas, dentro de los cinco (05) dias habiles siguientes a su emision. A partir de la vigencia de la presente MORDAZA no se podra financiar el pago de las remuneraciones, bonificaciones, asi como cualquier otra entrega economica de similar naturaleza, a favor del personal militar y policial, con cargo a los recursos de la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS PRIMERA.- Modernizacion de la Policia Nacional del Peru Declarese a la Policia Nacional del Peru en MORDAZA de modernizacion, para que modifique los aspectos operativos, administrativos, tecnico normativos y procedimentales, con la finalidad de mejorar la funcion policial, lograr mayores niveles de eficiencia, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos, con el objetivo de lograr una Policia: 1) 2) 3) 4) 5) Al servicio de la ciudadania; Con participacion ciudadana; Con funciones desconcentradas; Transparente en su gestion; y, Con personal policial calificado y adecuadamente remunerado.

Articulo 54º.- Mecanismos de participacion ciudadana La Policia Nacional del Peru promueve mecanismos de participacion ciudadana, respecto del ejercicio de la funcion policial, que incluyen medidas adoptadas para garantizar la paz, la seguridad publica y el orden interno. Para tal efecto, se llevaran a cabo reuniones publicas con las juntas vecinales de seguridad ciudadana a nivel local, con participacion de la comunidad, autoridades publicas, representantes de entidades publicas y privadas, representantes de la sociedad civil, medios de comunicacion, entre otros actores, dentro del MORDAZA del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. TITULO IX COORDINACION INTERINSTITUCIONAL Articulo 55º.- Coordinacion interinstitucional La Policia Nacional del Peru establece mecanismos de coordinacion con otras instituciones de la administracion publica en sus tres niveles de gobierno, conforme a los lineamientos establecidos por el Ministerio del Interior, a efectos de coordinar la mejor forma de cumplir con su finalidad fundamental establecida en la Constitucion Politica del Peru. Para tal efecto, podra suscribir convenios, acuerdos y compromisos con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, el sector privado, la sociedad civil, en materia de orden interno, seguridad publica, entre otros. Articulo 56°.Cooperacion nacional e internacional La Policia Nacional del Peru puede suscribir convenios de intercambio academico, cientifico y tecnologico de aplicacion policial, con entidades publicas, privadas o mixtas dentro del territorio nacional y con cuerpos de policia del extranjero y organismos internacionales de policia; su acreditacion y representacion con organismos internacionales o entidades del extranjero, requiere autorizacion previa del Titular del Sector. Asimismo, con la finalidad de promover la coordinacion y cooperacion policial internacional y la lucha contra la delincuencia internacional, la Policia Nacional promueve la designacion de agregados policiales en el extranjero. Articulo 57°.- Comites Civicos de Apoyo Los Comites Civicos de Apoyo a la Policia Nacional del Peru son personas juridicas de derecho privado sin fines de lucro que se constituyen de conformidad con el Codigo Civil y se rigen por este y las normas reglamentarias correspondientes. Pueden participar en tareas de apoyo de seguridad ciudadana. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Vigencia El presente Decreto Legislativo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. SEGUNDA.- Reglamentacion El reglamento de la ley de la Policia Nacional del Peru se aprueba por Decreto Supremo en el plazo MORDAZA de noventa (90) dias habiles, contados a partir de su vigencia. TERCERA.- Concurso de captacion de personal profesional y carreras tecnicas Autorizase a la Policia Nacional del Peru a realizar el Concurso de Asimilacion de Oficiales y Suboficiales de Servicios en las carreras profesionales universitarias y especialidades tecnicas u oficios que MORDAZA necesarios para el cumplimiento de la funcion policial. CUARTA.- MORDAZA del Personal con Estatus de Oficial El personal con Estatus de Oficial podra ascender hasta el grado de MORDAZA Maestro Armero, sujetandose a las disposiciones de la Ley de MORDAZA y de Situacion

Facultese al Ministerio del Interior para que, en un plazo que no exceda de ciento ochenta (180) dias contados desde la aprobacion del presente Decreto Legislativo, dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias y constituya una Comision Sectorial para garantizar la implementacion del MORDAZA de modernizacion MORDAZA senalado. SEGUNDA.- Seguridad y servicios de vigilancia La Policia Nacional del Peru articula los recursos humanos y logisticos de las Comisarias con Gobiernos Locales y Regionales, con el proposito de fortalecer la seguridad ciudadana, bajo el liderazgo operativo del Comisario de la jurisdiccion. La Direccion de Educacion y Doctrina de la Policia Nacional del Peru puede implementar programas de capacitacion y entrenamiento al personal de seguridad municipal y regional, para lo cual suscribe convenios de cooperacion a traves del Ministerio de Interior. Los vigilantes particulares o privados deberan registrarse en el Padron de Servicios de Vigilancia Privada de la Comisaria del sector donde prestan servicio, para su identificacion plena. La Policia Nacional del Peru implementa programas de capacitacion y otorga las certificaciones correspondientes en materia de seguridad ciudadana, de vigilancia privada y de entrenamiento en el manejo de MORDAZA de fuego de uso civil. El Ministerio del Interior dictara las normas para su implementacion. TERCERA.- Certificados domiciliarios Facultese a la Policia Nacional del Peru a expedir certificados domiciliarios, en los lugares donde no MORDAZA Notarios Publicos o Jueces de Paz. CUARTA.- Manual de Atencion al Publico La Policia Nacional del Peru implementara programas de capacitacion, buena atencion al publico, motivacion del personal y mejoramiento de la calidad de los servicios policiales. El Ministro del Interior, mediante Resolucion Ministerial, aprobara el Manual Policial de Atencion

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