Norma Legal Oficial del día 19 de Diciembre del año 2012 (19/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

481207

la modificacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo a fin de incluir la ruta NEW JERSEY ­ MORDAZA y VV.; Que, segun los terminos del Memorando N° 10902012-MTC/12.LEG, Memorando Nº 051-2012-MTC/12. POA, e Informe Nº 292-2012-MTC/12.07, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil y que forman parte de la presente Resolucion Directoral, conforme a lo dispuesto en el articulo 6° numeral 2) de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronautica Civil de Estados Unidos de MORDAZA ha designado a UNITED AIR LINES INC. para efectuar servicios de transporte aereo internacional de pasajeros, carga y correo entre Estados Unidos y Peru; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo ", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar ­ en el extremo pertinente ­ de conformidad con el "Acuerdo de Transporte Aereo entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de America" suscrito el 10 de junio de 1998, aprobado por Decreto Supremo N° 038-98-RE del 01 de diciembre de 1998, el Articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 382-2011MTC/12, que otorgo a UNITED AIR LINES INC. Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, quedando redactado de la siguiente forma: RUTAS, FRECUENCIAS AEROCOMERCIALES: Y DERECHOS

Que, la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, tiene por objeto establecer la regulacion juridica de los procedimientos administrativos para la obtencion de las licencias de habilitacion MORDAZA y de edificacion, con la finalidad de facilitar y promover la inversion inmobiliaria; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, establece que con Decreto Supremo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento seran aprobados los Reglamentos de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion; de los Revisores Urbanos; y de Verificacion Administrativa y Tecnica; Que, mediante Decreto Supremo N° 024-2008VIVIENDA se aprobo el Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, en el cual establecieron los procedimientos para la obtencion de las licencias, asi como las respectivas recepciones y conformidades de obra; Que, con el fin de agilizar los tramites relacionados a los procedimientos de licencias regulados en la Ley N° 29090 y su Reglamento aprobado por Decreto N° 0242008-VIVIENDA, es necesario establecer disposiciones que permitan a las Municipalidades contar con un mayor numero de Comisiones Tecnicas, la sustitucion de los delegados que integran las mismas en caso de inasistencia continua y la no exigencia del plano de arquitectura para el tramite de demoliciones - Modalidad A, contribuyendo de esta forma con las inversiones sin alterar la seguridad en las edificaciones; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y en el numeral 3 del articulo 11° de la Ley N° 29158, , Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1°.- Incorporacion del numeral 8.4 al articulo 8° del Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion aprobado por Decreto Supremo N° 024-2008-VIVIENDA Incorporese el numeral 8.4 al articulo 8° del Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion aprobado por Decreto Supremo N° 024-2008VIVIENDA de acuerdo al texto siguiente: "(...) 8.4 El presidente de la Comision Tecnica y la Municipalidad implementaran todas las medidas administrativas necesarias para que los integrantes de la Comision Tecnica tomen conocimiento de los anteproyectos y proyectos a ser evaluados con anticipacion a las sesiones, lo que incluye la remision por correo electronico o la visualizacion a traves del MORDAZA electronico de la Municipalidad de los planos presentados por el solicitante, los formularios, normas y cualquier otra documentacion que sea necesaria para la evaluacion, resguardando en este ultimo caso que no se afecte el derecho de los administrados." Articulo 2°.- Modificacion del numeral 11.6 del articulo 11°, los numerales 12.2 y 12.3 del articulo 12°, el numeral 46.2 del articulo 46° y el MORDAZA parrafo del articulo 50° del Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion aprobado por Decreto Supremo N° 024-2008-VIVIENDA Modifiquese el numeral 11.6 del articulo 11°, los numerales 12.2 y 12.3 del articulo 12°, el numeral 46.2 del articulo 46° y el MORDAZA parrafo del articulo 50° del Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion aprobado por Decreto Supremo N° 024-2008-VIVIENDA de acuerdo al texto siguiente: "Articulo 11°.- Dictamenes de las Comisiones Tecnicas (...) 11.6 Las Municipalidades para el cumplimiento de los plazos de los procedimientos establecidos en la Ley y el Reglamento, y teniendo en cuenta la carga de expedientes, deberan conformar mas de una Comision Tecnica, para lo cual deben solicitar a los Colegios

CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - HOUSTON-LIMA Y VV., siete (07) frecuencias semanales. - NEW JERSEY ­ MORDAZA Y VV., siete (07) frecuencias semanales. Articulo 2°.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral N° 382-2011-MTC/12 del 11 de noviembre de 2011, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil

864424-1

VIVIENDA
Modifican el Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, Decreto Supremo Nº 0242008-VIVIENDA
DECRETO SUPREMO N° 019-2012-VIVIENDA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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