Norma Legal Oficial del día 19 de Diciembre del año 2012 (19/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES
VISTOS:

481255

MORDAZA y Transporte, concluye declarar tecnicamente Factible la instalacion de un Paradero Oficial de Taxi (Modalidad de Taxi Independiente) ubicado en la Avenida MORDAZA Mendiola cuadra 70 frente al Centro Comercial Real Plaza en el distrito de Comas, por los siguientes motivos: a) La existencia de un Centro Comercial como es "Real Plaza", configura la necesidad de contar con un paradero en esta modalidad de servicio; b) La operatividad del paradero propuesto no representa ninguna variacion en la transitabilidad de la via por contar con 04 carriles que permiten el libre MORDAZA vehicular; c) La existencia de un paradero de transporte publico autorizado a una distancia considerable de la propuesta del paradero de taxi , permitira la adecuada operatividad de las rutas autorizadas evitando conflicto entre estas modalidades de servicio; d) La propuesta del paradero debera considerar la utilizacion de 05 casilleros y 01 senal vertical I-21, de acuerdo a la distribucion propuesta; e) La propuesta contempla el borrado de 0.90 m. de ancho del crucero peatonal; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, por lo expuesto y de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972; Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444; la Ordenanza N° 1338-MML; la Ordenanza N° 812-MML; el Informe Nº 068-2012-MML/GTU-SETT del 03 de febrero de 2012 y demas normas vigentes; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar la implementacion del Paradero Oficial de Taxi (modalidad de Taxi Independiente) ubicado en la Avenida MORDAZA Mendiola, cuadra 70 en el distrito de Comas, para uso de los conductores y vehiculos debidamente autorizados por la Sub Gerencia de Regulacion del Transporte; Articulo 2.- El paradero autorizado sera identificado mediante la senalizacion horizontal de 05 casilleros, con medidas de acuerdo al Manual de Dispositivos de Control de MORDAZA Automotor para Calles y Carreteras ­ MTC, y una senal vertical de codigo I-21; Articulo 3.- Encargar a la Sub Gerencia de Ingenieria de MORDAZA, los trabajos de senalizacion horizontal y vertical de los espacios de la via publica indicados en el articulo 1º de la presente resolucion, de acuerdo a su competencia. Articulo 4.- Encargar a la Sub Gerencia de Fiscalizacion de Transporte, la supervision y fiscalizacion y cumplimiento de la presente resolucion; de ser el caso, debera coordinar con la Policia Nacional de Peru encargada del control del MORDAZA de acuerdo a su competencia y facultades de tal manera que permita garantizar el cumplimiento y respeto del paradero autorizado, en cumplimiento de las normas vigentes. Articulo 5.- Notificar la presente resolucion a las partes interesadas. Articulo 6.- Dispongase la publicacion de la presente resolucion en la pagina web de la Gerencia de Transporte MORDAZA www.gtu.munlima.gob.pe y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA G. MORDAZA TERBULLINO SubGerente

El Expediente N° 113184-2012 de fecha 20 de junio del 2012, mediante el cual el Sr. MORDAZA MORDAZA VICUNA MORDAZA solicita la implementacion de un paradero Oficial de Taxi Amarillo; el informe N° 525-2012-MML/GTUSETT del 28 de setiembre de 2012; y CONSIDERANDO: Que, conforme lo senalado por el numeral 1.6, articulo 81° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, es funcion especifica exclusiva de las municipalidades provinciales el normar, regular y controlar la circulacion de vehiculos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos y otros de similar naturaleza; Que, el numeral 7.7, del articulo 161° de la Ley N° 27972, establece que es competencia especifica y exclusiva de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, regular la circulacion de vehiculos menores motorizados o no motorizados tales como taxis, mototaxis, triciclos y otros de similar naturaleza; Que, la Ordenanza N° 196-MML publicada el 11 de enero del 1999, aprueba el Reglamento del Servicio de Taxi Metropolitano, estableciendo en el numeral 4 del articulo 5° que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima: 4) Autorizar la instalacion de Paraderos Oficiales del Servicio de Taxi Metropolitano en la provincia de Lima"; Que, el articulo 42° de la Ordenanza N° 196-MML, establece la definicion de paradero oficial de taxi como la MORDAZA de la via publica tecnicamente calificada en la cual los vehiculos autorizados del servicio de taxi en la modalidad de taxi independiente pueden estacionarse temporalmente a la espera de pasajeros, constituyendo los paraderos oficiales de taxi "Zona Rigida" para todos aquellos vehiculos no senalados en dicho articulo; Que, el articulo 43° de la citada ordenanza senala que "la determinacion y ubicacion de los Paraderos Oficiales de taxi sera autorizada y senalizada por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Ordenanza Nº 341-MML en su Articulo 54° establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, mantenimiento, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias expresas, arteriales y colectoras del Sistema Vial Metropolitano, de los intercambios viales y de todas las vias colectoras; Que el Informe N° 525-2012-MML/GTU-SETT del 28 de setiembre del 2012, emitido por la Sub Gerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte, concluye declarar tecnicamente No Factible la instalacion de un Paradero Oficial de Taxi (Modalidad de Taxi Independiente) ubicado en la Carretera Central Km. 16 distrito de Ate, por los siguientes motivos: a) La presencia de una via ferroviaria a menos de 5 metros del paradero propuesto resulta indebido segun lo senalado en el Reglamento Nacional de Ferrocarriles; b) Un paradero adyacente a la Carretera Central afectaria la capacidad de la via, por la interferencia que produciria al libre MORDAZA de vehiculos; c) La demanda es generada por la informalidad de algunas empresas de transporte interprovincial al realizar el desembarque de pasajeros en la ubicacion propuesta del paradero de Taxi; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, por lo expuesto y de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972; Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444; la Ordenanza N° 1338-MML; la Ordenanza N° 812-MML; el Informe Nº 525-2012-MML/GTU-SETT del 28 de setiembre del 2012 y demas normas vigentes; SE RESUELVE: Articulo 1.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de implementacion de un Paradero Oficial de Taxi en la Carretera Central Km. 16 distrito de Ate; Articulo 2.- Notificar la presente resolucion a la parte interesada. Articulo 3.- Dispongase la publicacion de la presente resolucion en la pagina web de la Gerencia de Transporte

879431-1

Declaran improcedente solicitud de implementacion de paradero oficial de taxi en la Carretera Central Km. 16 distrito de Ate
GERENCIA DE TRANSPORTE MORDAZA SUB-GERENCIA DE REGULACION DEL TRANSPORTE RESOLUCION DE SUBGERENCIA N° 11734 -2012-MML/GTU-SRT
MORDAZA, 29 de noviembre del 2012

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