Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 147

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Jefatura del Organo de Control, para el eficaz desarrollo de sus funciones. 3. Realizar las investigaciones especializadas que le encomiende el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, asi como examinar informacion recopilada, contrastandola con la informacion de las bases de datos disponibles, emitiendo informes tecnicos altamente calificados. 4. Formular proyectos de convenios con entidades publicas o privadas que administran registros de informacion, en el ambito de su competencia. 5. Emitir informes tecnicos administrativos a la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura, sobre los temas que se le encarguen. 6. Mantener reserva bajo responsabilidad sobre la informacion recabada, salvo que sea requerida formalmente por la entidad competente. 7. Desarrollar las demas funciones que le asigne el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial. Articulo 30°. Del Registro de Sanciones La OCMA cuenta con un Registro de Sanciones impuestas a magistrados y auxiliares jurisdiccionales y de control, las que se registraran una vez que tengan la condicion de firmes. En este registro se conservan y custodian los datos referentes a los antecedentes disciplinarios de los magistrados de todos los niveles, asi como de los servidores judiciales y de control. Articulo 31°. Contenido del Registro No seran considerados como antecedentes disciplinarios aquellos procedimientos que concluyan con pronunciamientos de improcedencia, de no haber merito, absolutorios, de caducidad de la queja o cualquier otro pronunciamiento por el que no se determine la responsabilidad funcional del quejado o investigado. Por lo tanto, dicho registro historico no podra ser comunicado a ninguna persona o entidad. Articulo 32°. Efectos de la rehabilitacion Una vez rehabilitada la sancion, las constancias correspondientes que se emitan no deben expresar la sancion rehabilitada ni la rehabilitacion. Para la anotacion y cancelacion de sanciones se estara a lo dispuesto por el articulo 56° de la Ley de la MORDAZA Judicial. Articulo 33°. Conservacion del Registro Transcurridos siete (7) anos, contados desde la fecha de la anotacion de las sanciones, la informacion se conservara solo para efectos estadisticos de la OCMA y con caracter confidencial, bajo responsabilidad del funcionario encargado de su custodia y conservacion. Los casos de conclusion del procedimiento disciplinario por prescripcion, asi como las medidas disciplinarias rehabilitadas, no impiden que MORDAZA consideradas en la evaluacion periodica del desempeno de los ultimos siete (7) anos en el ejercicio de la funcion. Pasados los siete (7) anos, queda prohibida la comunicacion de dicha informacion a cualquier persona o entidad. Subcapitulo II De los Organos de Apoyo en las ODECMAS Articulo 34°. Del Equipo de Asistentes El Equipo de Asistentes de la ODECMA, esta integrado por un grupo profesional, que desarrolla labores de apoyo a la Jefatura, Unidades de Quejas e Investigaciones y Visitas, asi como a la Unidad de Defensoria del Usuario. Articulo 35°. Funciones del Equipo de Asistentes Son funciones del Equipo de Asistentes las siguientes: 1. Proyectar las resoluciones y demas documentos del Jefe de la ODECMA o los jefes de las unidades de linea, que tengan relacion con el ejercicio de sus funciones, observando las directivas impartidas por estos. 2. Apoyar en el desarrollo de actividades, planes y proyectos tendentes a la optimizacion del servicio judicial que el Jefe de la ODECMA disponga. 3. Informar de las nulidades y otras omisiones que advierta en el tramite de los procedimientos disciplinarios. 4. Prestar apoyo en los operativos y demas acciones de control que le MORDAZA encomendadas.

5. Guardar reserva sobre todos los casos que se le encomienden y son de su conocimiento. La infidencia es considerada falta grave. 6. Formar los expedientes y conservarlos adecuadamente, asi como realizar las demas actividades para mantenerlos ordenados. 7. Las demas que la ley, el presente Reglamento y el Jefe de la ODECMA le senalen. Articulo 36°. De la Secretaria La Secretaria forma parte de los Organos de apoyo de la ODECMA y se encuentra encargada de organizar y administrar el acervo documentario, como la recepcion y distribucion de la correspondencia interna y externa de la Oficina, asi como de dar cumplimiento a los tramites dispuestos por Jefatura de la ODECMA y los Equipos Contralores. Articulo 37°. Funciones de la Secretaria Son funciones de la Secretaria las senaladas a la Unidad Documentaria de la Oficina Central de la OCMA, en cuanto le fueran aplicables. CAPITULO IV DE LOS ORGANOS DE LINEA Subcapitulo I De la Oficina Central Articulo 38°. De los organos de Linea de la Sede Central La Oficina Central de la OCMA cuenta con cuatro organos de linea, cuya competencia se extiende a nivel nacional y su labor es supervisada por el Jefe de la OCMA. Los organos de linea tienen adscritos a Jueces Superiores y Especializados o Mixtos titulares a dedicacion exclusiva, cuyo numero es determinado por el Jefe de la OCMA, acorde a las necesidades de servicio, con la aprobacion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo 39°. De la Unidad de Procedimientos Disciplinarios La Unidad de Procedimientos Disciplinarios es el organo de linea, colegiado, encargado de atender los medios impugnatorios interpuestos contra medidas disciplinarias emitidas por las Jefaturas Desconcentradas de Control. Articulo 40°. Funciones de la Unidad de Procedimientos Disciplinarios Son funciones de la Unidad de Procedimientos Disciplinarios las siguientes: 1. Resolver de manera colegiada, por tres Jueces Superiores, en MORDAZA y MORDAZA instancia los medios impugnativos interpuestos contra las medidas disciplinarias de Amonestacion o Multa, asi como absoluciones o cualquier otra resolucion de archivo, emitidas por las Jefaturas Desconcentradas. 2. Analizar si es que la irregularidad investigada, materia de grado, amerita una sancion mayor a la impuesta, ante lo cual propondra la que estime pertinente al Jefe de la OCMA, solo en el caso de haberse interpuesto apelacion por el quejoso, el representante de la sociedad o conjuntamente lo MORDAZA hecho el sancionado. La propuesta debera respetar el MORDAZA de la prohibicion de la reforma en peor. 3. Resolver de manera unipersonal, en MORDAZA y MORDAZA instancia los medios impugnativos concedidos, sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida, por las Jefaturas Desconcentradas. 4. Disponer el archivamiento del procedimiento, en los siguientes casos: 4.1 Cuando el magistrado o auxiliar jurisdiccional, MORDAZA sido objeto de sancion anterior, en los cuales se evidencie unidad de sujeto, hecho y fundamento, en cuyo caso debera declarar carente de objeto emitir pronunciamiento y dispondra su archivo. 4.2 Cuando advierta que ha transcurrido el plazo de caducidad de la queja, en cuyo caso resolvera lo pertinente y dispondra su archivo. 4.3 Cuando transcurra el plazo de prescripcion, resolvera lo que corresponda y dispondra su archivo. 4.4 Cuando de lo actuado aparezca demostrada

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