Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2012 (29/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 149

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

483711

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, cuenta con tres Organos de Linea, cuya competencia y/o radio de accion se extiende a toda la sede de la Corte Superior de Justicia a la que pertenece y, su labor esta dirigida por el Jefe de la ODECMA en coordinacion con el Jefe de la OCMA. Articulo 48°. De la fusion de Unidades de Linea En los distritos Judiciales donde no se MORDAZA constituido Consejo Ejecutivo Distrital, los organos de linea, como las Unidades de Quejas e Investigaciones y Visitas, deberan operar de manera fusionada, salvo en aquellos lugares en que por las necesidades de servicio se requiera especializarlos, lo que debera ser aprobado por el Jefe de la OCMA a propuesta del Jefe de la ODECMA respectiva. Articulo 49°. Conformacion del Organo de Linea Desconcentrado La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, esta integrada por Jueces Superiores, Especializados o Mixtos y/o de Paz Letrados, en adicion a sus funciones jurisdiccionales, cuyo numero es determinado por la Jefatura de la OCMA de acuerdo a las necesidades de servicio y a propuesta del Jefe de la ODECMA. Los magistrados contralores que integran las ODECMAs deben tener la condicion de titulares en el nivel que ejercen, salvo que por la insuficiencia del numero de estos, se requiera integrarlas con magistrados provisionales, a efectos de la mas adecuada y celere atencion de los procedimientos. Articulo 50°. De la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas La Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas es el organo de linea encargado de realizar investigaciones y operativos, acciones de inteligencia y prevencion destinadas a detectar y erradicar actos de corrupcion en su distrito judicial, asi como efectuar acciones de control mediante visitas judiciales a los organos jurisdiccionales. Articulo 51°. Funciones de la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas Son funciones de la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas las siguientes: 1. Realizar las investigaciones y operativos dispuestos por la Jefatura de la ODECMA, asi como las acciones de inteligencia y prevencion destinadas a detectar y erradicar los casos de corrupcion. 2. Tramitar en primera instancia las investigaciones y visitas dispuestas por el Jefe de la ODECMA. 3. Proponer a la Jefatura de la ODECMA el programa anual de Visitas Ordinarias. 4. Realizar las Visitas Judiciales a los Organos Jurisdiccionales que disponga el Jefe de la ODECMA. 5. Verificar la comprobacion del cumplimiento de los deberes inherentes al cargo, en el ejercicio de la actividad funcional por parte de los integrantes de los organos jurisdiccionales visitados, con revision de libros, expedientes, y demas actuados administrativos. La verificacion no solo debe comprender aspectos cuantitativos, sino tambien cualitativos. 6. Evaluar la conducta y desempeno funcional del personal que presta apoyo a las actividades de MORDAZA jurisdiccional. 7. Identificar los puntos criticos en la prestacion del servicio de justicia y formular recomendaciones, informando de estos al Jefe de la ODECMA, quien de ser el caso, las canalizara ante los organos competentes. 8. Absolver, archivar, declarar la caducidad o prescripcion del procedimiento en primera instancia, o proponer las medidas disciplinarias de Amonestacion, Multa o Suspension, como resultado obtenido de las investigaciones realizadas por los magistrados que la integran, ante la Jefatura de la ODECMA, con conocimiento de los representantes de la Sociedad ante la misma. 9. Coordinar con las areas administrativas pertinentes, la realizacion de acciones de capacitacion en las dependencias judiciales que con motivo de las visitas se considere necesarias. 10. Las demas que la Ley, el presente Reglamento y el Jefe de la ODECMA le encomiende. Articulo 52°. De la Unidad Desconcentrada de Quejas

La Unidad Desconcentrada de Quejas es el organo de linea encargado de tramitar las investigaciones preliminares y procedimientos disciplinarios derivados de las quejas escritas. Articulo 53°. Funciones de la Unidad Desconcentrada de Quejas Son funciones de la Unidad Desconcentrada de Quejas las siguientes: 1. Tramitar las investigaciones preliminares y procedimientos disciplinarios derivados de las quejas escritas dispuestas por el Jefe de la ODECMA, dentro de los plazos senalados en la ley y el presente Reglamento. 2. Colaborar en la identificacion de los puntos criticos en la prestacion del servicio de justicia, con ocasion de las quejas bajo su conocimiento, en cuyo caso deberan formular recomendaciones, informando de estas al Jefe de la ODECMA, quien, de ser el caso, las canalizara ante los organos competentes. 3. Absolver, archivar, declarar la caducidad o prescripcion del procedimiento, en primera instancia, o proponer las medidas disciplinarias de Amonestacion, Multa o Suspension como resultado de las Investigaciones realizadas por los magistrados contralores, ante la Jefatura de la ODECMA, con conocimiento de los representantes de la Sociedad ante la misma. 4. Las demas que la Ley, el presente Reglamento y el Jefe de la ODECMA le encomiende. Articulo 54°. De la Unidad Desconcentrada de Defensoria del Usuario Judicial La Unidad Desconcentrada de Defensoria del Usuario Judicial es el organo de linea encargado de atender las quejas verbales presentadas por los usuarios del servicio de justicia del Distrito Judicial. Articulo 55°. Funciones de la Unidad Desconcentrada de Defensoria del Usuario Judicial Son funciones de la Unidad Desconcentrada de Defensoria del Usuario Judicial las siguientes: 1. Recibir las quejas verbales por retardo de justicia y otras irregularidades que se formulen, las cuales constaran en un registro con la informacion correspondiente. 2. Tramitar las quejas verbales, desarrollando las coordinaciones necesarias para su solucion, dejandose MORDAZA de las acciones realizadas en el registro correspondiente. En caso de no verificarse la solucion, se MORDAZA cuenta a la Jefatura de ODECMA, para su calificacion y tramite respectivo. 3. Mantener actualizado el Registro Distrital de Sanciones por Quejas Verbales sobre Retardo de Justicia y demas irregularidades que se formulen. 4. Colaborar en la identificacion de los puntos criticos en la prestacion del servicio de justicia, con motivo de las quejas que conozca, en cuyo caso deberan formular recomendaciones, informando de estas al Jefe de la ODECMA, quien, de ser el caso, las canalizara ante los organos competentes. 5. Dar cuenta inmediata al Jefe de la Unidad de Quejas verbales, si de la queja verbal toma conocimiento de la comision de actos de corrupcion u otras irregularidades graves, quien debera canalizar el pedido para su verificacion mediante el operativo respectivo, si fuere el caso, con las medidas de seguridad y reserva correspondientes. 6. Las demas que la Ley, el presente Reglamento y el Jefe de la ODECMA le encomiende. TITULO TERCERO DE LAS RELACIONES INSTITUCIONALES E INTERINSTITUCIONALES Articulo 56°. La Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mantiene relaciones institucionales e interinstitucionales con personas naturales y juridicas, nacionales y extranjeras, en el desarrollo de sus funciones, para el logro de sus fines y objetivos. Articulo 57°. La Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial se relaciona funcionalmente con los organos de gobierno y las demas dependencias del Poder Judicial. Anexo ORGANIGRAMA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA

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