Norma Legal Oficial del día 04 de Enero del año 2012 (04/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

458521

FE DE ERRATAS de la Resolucion Ministerial Nº 3392011-TR, publicada en nuestra edicion del dia 23 de diciembre de 2011. En el Articulo 1°.DICE: (...) del sector publico por la suma total de S/. 3 012 283.99 (Tres millones doce mil doscientos ochenta y tres con 99/100 nuevos soles) (...) DEBE DECIR: (...) del sector publico por la suma total de S/. 3 012 238.99 (Tres millones doce mil doscientos treinta y ocho con 99/100 nuevos soles) (...) 736058-1

Ejercicio Fiscal 2012, la facultad de aprobar la formalizacion de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, dentro de Unidades Ejecutoras del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y a la Contraloria General de la Republica, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 736076-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Delegan en el Secretario General del Ministerio la facultad de aprobar la formalizacion de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 892-2011-MTC/01 MORDAZA, 29 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29812 se ha aprobado el Presupuesto del Sector Publico correspondiente al Ano Fiscal 2012, y con Resolucion Ministerial N° 8792011-MTC/01 de fecha 22 de diciembre del 2011, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones correspondiente a dicho ejercicio fiscal; Que, de acuerdo al numeral 7.1 del articulo 7 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Titular de una Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva; y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicha Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado; Que, asimismo el numeral 40.2 del articulo 40 de la Ley N° 28411, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad y que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion a traves de disposicion expresa; Que, con el proposito de promover y apoyar la agilizacion y eficacia en la toma de decisiones, a fin de optimizar la gestion en materia presupuestal en el Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones, resulta necesario delegar en el Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el ejercicio fiscal 2012, la facultad de aprobar la formalizacion de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico; De conformidad con la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 29812 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, Ley N° 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Decreto Supremo No. 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el

Autorizan castigo directo y castigo indirecto de cuentas incobrables y autorizan a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio a efectuar la implementacion de acciones de saneamiento contable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 893-2011-MTC/01 MORDAZA, 29 de diciembre de 2011 VISTO: El Memorandum Nº 009-2011-MTC/Comite de Saneamiento Contable y el Acta Nº 009 - Acta de Reunion y Anexos Nos. 1 y 2 del Comite de Saneamiento Contable del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de fecha 1 de diciembre de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29608, Ley que aprueba la Cuenta General de la Republica correspondiente al Ejercicio Fiscal del Ano 2009, dispone que los Titulares de las entidades publicas, entre otras, dictaran en sus respectivas jurisdicciones, bajo responsabilidad, la implementacion de Acciones de Saneamiento de la Informacion Contable, para lo cual las entidades realizan las gestiones administrativas necesarias con el objeto de depurar la informacion contable, de manera que los estados financieros expresen en forma fidedigna la realidad economica, financiera y patrimonial de las entidades publicas, sin perjuicio de los procedimientos especiales establecidos sobre la materia por ley; Que, mediante la Resolucion de Contaduria Nº 06797-EF/93.01, modificada por la Resolucion Directoral Nº 011-2009-EF/93.01, se aprueba el Compendio de Normatividad Contable y Aplicacion Practica del MORDAZA Plan Contable Gubernamental, en la que se encuentra comprendido el Instructivo Nº 3 - "Provision y Castigo de las Cuentas Incobrables", el cual en su numeral 5.2 regula la determinacion del castigo directo y del castigo indirecto de las cuentas incobrables, senalando los factores concurrentes y el procedimiento administrativo correspondiente, estableciendose que por resolucion del Titular de la entidad se autorizara el castigo de las cuentas; Que, la Directiva Nº 003-2011-EF/93.01 "Lineamientos Basicos para el MORDAZA de Saneamiento Contable en el Sector Publico", aprobada por la Resolucion Directoral Nº 012-2011-EF/93.01, senala en su numeral 6, que las entidades publicas dispondran las acciones administrativas necesarias para la revision de las cuentas contables cuyos saldos al 31 de diciembre de 2010, no reflejen su situacion real en orden a la normativa contable vigente para efectuar el analisis de las causales de dicha situacion y dispondran las acciones de regularizacion y el registro contable correspondiente; y que para efecto de la revision, analisis y depuracion de saldos contables se tomaran como base y sin caracter de unicas las disposiciones que se citan en dicho numeral; Que, el Manual de Procedimientos para las Acciones de Saneamiento Contable de las Entidades Gubernamentales, aprobado por la Resolucion Directoral Nº 011-2011-EF/51.01, en su numeral 3.2.3 senala las situaciones que presentan las cuentas por cobrar que seran objeto de saneamiento;

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