Norma Legal Oficial del día 04 de Enero del año 2012 (04/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de enero de 2012

Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 429-2011MTC/01 se crea el Comite de Saneamiento Contable del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, disponiendose la conformacion del mismo; Que, el Comite de Saneamiento Contable del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Acta Nº 009 - Acta de Reunion de fecha 1 de diciembre de 2011 y Anexos Nºs. 1 y 2, respecto a la MORDAZA para la revision de los activos del Balance General al cierre del ejercicio 2010, sujetos a Saneamiento Contable, senala lo siguiente: a. Con relacion a 15 expedientes de cuentas por cobrar, presentados por la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones por el importe de S/. 52 650,51, se evidencia que la recuperacion de las deudas no ha sido posible mediante gestiones administrativas ni por el procedimiento de cobranza coactiva, las deudas han permanecido impagas por un tiempo mayor a 5 anos, los deudores tienen la condicion de no habidos y carecen de bienes susceptibles de embargos, y en el caso de personas juridicas no se encuentran registradas como contribuyentes en la SUNAT. b Con relacion a 80 expedientes de cuentas por cobrar, presentados por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones por un monto de S/. 110 157, 83, por su antiguedad han sido declaradas prescritas mediante resoluciones directorales emitidas por dicha Direccion General. c. El Anexo Nº 1 contiene la relacion de deudores para el castigo directo e indirecto - Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, por un subtotal de S/. 52 650,51, y el Anexo Nº 2 contiene la relacion de deudores para el castigo directo - Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, por un subtotal de S/. 110 157,83, determinandose el monto total de S/. 162 808,34. Que, en consecuencia, de acuerdo a lo actuado, debe dictarse la resolucion correspondiente; De conformidad con las Leyes Nº 29370 y Nº 29608 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el castigo directo y el castigo indirecto de cuentas incobrables por un monto total de CIENTO SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHO Y 34/100 (S/. 162 808,34), objeto de la accion de saneamiento contable propuesta por el Comite de Saneamiento Contable del Ministerio de Transportes y Comunicaciones consignada en el Acta Nº 009 del 01 de diciembre de 2011 y Anexos Nos. 1 y 2. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectuar la implementacion de las acciones de saneamiento contable, de acuerdo a la propuesta presentada por el Comite de Saneamiento Contable del Ministerio de Transportes y Comunicaciones consignada en el Acta Nº 009 del 01 de diciembre de 2011 y Anexos Nos. 1 y 2. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Oficina General de Administracion, a las Direcciones Generales de Control y Supervision de Comunicaciones y Autorizaciones en Telecomunicaciones, y al Organo de Control Institucional, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 736076-2

El Memorandum Nº 3369-2011-MTC/14 del Director General de Caminos y Ferrocarriles y el Informe Nº 411-2011-MTC/14.07 del Director de Caminos sobre la precision del derecho de via de la Autopista Tacna - La MORDAZA de la Carretera Panamericana Sur; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Jerarquizacion Vial aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2009-MTC, en su articulo 4 establece que el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) se jerarquiza en tres (3) redes viales: Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y la Red Vial Vecinal o Rural; senalando que la Red Vial Nacional corresponde a las carreteras de interes nacional conformada por los principales ejes longitudinales o transversales, que constituyen la base del Sistema Nacional de Carreteras; que sirve como elemento receptor de las carreteras departamentales y de las carreteras vecinales; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 034-2008MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Gestion de Infraestructura Vial, el cual en su articulo 4, numeral 4.1 establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en su calidad de organo rector a nivel nacional en materia de transporte y MORDAZA terrestre, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, es la autoridad competente para dictar las normas correspondientes a la gestion de la infraestructura vial, fiscalizar su cumplimiento e interpretar las nomas tecnicas contenidas en dicho Reglamento; el numeral 4.2, literal a), senala que el Gobierno Nacional a traves del referido Ministerio, a cargo de la gestion de la infraestructura de la Red Vial Nacional, es la autoridad competente para la aplicacion del citado Reglamento; Que, asimismo, el articulo 32 del mencionado Reglamento establece que cada autoridad competente senalada en el articulo 4, establece y aprueba mediante resolucion del titular, el ancho de la faja de derecho de via de la red vial del Sistema Nacional de Carreteras de su competencia, en concordancia a las normas aprobadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en su articulo 2 senala que las definiciones de los terminos utilizados en el citado reglamento, se encuentran contenidas en el "Glosario de terminos de uso frecuente en proyectos de infraestructura vial", aprobado con la Resolucion Ministerial Nº 660-2008-MTC/02; Que, de acuerdo con la Resolucion Ministerial Nº 6602008-MTC/02, el derecho de via es la faja de terreno de ancho variable dentro del cual se encuentra comprendida la carretera, sus obras complementarias, servicios, areas previstas para futuras obras de ensanche o mejoramiento, y zonas de seguridad para el usuario; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 036-2011-MTC se aprueba la actualizacion del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 143-2001MTC/15.17 se aprueba la MORDAZA edicion del "Manual de Diseno Geometrico de Carreteras" DG-2001, y con la Resolucion Directoral Nº 037-2008-MTC/14 se modifica el citado Manual; Que, mediante el Oficio Nº 5-2011/PROINVERSION/ DPI/SDGP/JPVI.01, el Director de Asuntos Tecnicos (e) de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION, se dirige al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, manifestandole que resulta necesario fijar el derecho de via correspondiente al Tramo Tacna - La MORDAZA, toda vez que con relacion al Concurso de Concesion del Tramo Vial Dv. MORDAZA - Dv.Arequipa Dv.Matarani - Dv.Moquegua - Dv.Ilo -Tacna - La MORDAZA, se ha dispuesto como obra obligatoria la construccion de una MORDAZA calzada en dicho tramo; que teniendose en cuenta el derecho de via fijado por la Resolucion Suprema Nº 35 del 08 de febrero de 1950, tal derecho no estaria acorde con lo senalado en el Manual de Diseno Geometrico de Carreteras; Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 35 de fecha 08 de febrero de 1950 se fijo como derecho de via en la carretera MORDAZA, una faja de 40 m. de ancho, y 20 m. a cada lado del eje; Que, mediante el Memorandum Nº 3369-2011-MTC/14 y el Informe Nº 411-2011-MTC/14.07 de la Direccion

Precisan derecho de via de la Autopista Tacna - La MORDAZA de la Carretera Panamericana Sur
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 894-2011-MTC/02 MORDAZA, 29 de diciembre de 2011

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