Norma Legal Oficial del día 04 de Enero del año 2012 (04/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

458533

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion: a) Evaluacion de la conformidad, b) Riego tecnificado de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Evaluacion de la conformidad, 1 PNTP, el 02 de Noviembre de 2011 b) Riego tecnificado, 1 PNTP, el 24 de Octubre de 2011 Los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema 1 o de Adopcion y sometidos a Discusion Publica por un periodo de sesenta dias contados a partir del 20 de noviembre de 2011; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas, y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion como Normas Tecnicas Peruanas. Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1030, el Decreto Legislativo Nº 1033, el Decreto Supremo Nº 0812008-PCM y la Resolucion Nº 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 21 de diciembre de 2011. RESUELVE Primero.- APROBAR Peruanas, las siguientes: como Normas Tecnicas

Segundo.- Dejar sin efecto la siguiente MORDAZA Tecnica Peruana:
NTP ISO/IEC 17021:2007 EVALUACION DE LA CONFORMIDAD. Requisitos para los organismos que realizan auditoria y certificacion de sistemas de gestion.1ª Edicion.

Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Ruiloba Rossel, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Novak Talavera y MORDAZA Mello Romero. Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Normalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias 735855-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis Areas Geograficas, correspondientes al mes de diciembre de 2011
RESOLUCION JEFATURAL Nº 001-2012-INEI MORDAZA, 2 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivacion y disolucion al Consejo de Reajuste de Precios de la Construccion (CREPCO); Que, asimismo la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicacion de aquellos Indices que a la fecha cuentan con la informacion requerida; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 01-12-2011/DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construccion, para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de diciembre de 2011, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comision Tecnica para la aprobacion de los Indices Unificados de Precios de la Construccion (IUPC); En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de diciembre de 2011, que a la fecha cuentan con la informacion requerida, tal como se detalla a continuacion: INDICE CODIGO 30 34 DICIEMBRE 2011 355,45 559,57

NTP-ISO/IEC 17021:2011 EVALUACION DE LA CONFORMIDAD. Requisitos para los organismos que realizan la auditoria y certificacion de sistemas de gestion. 2ª Edicion Reemplaza a la NTP-ISO/IEC 17021:2007 NTP-ISO 7714:2011 EQUIPO DE RIEGO AGRICOLA. Valvulas volumetricas. Requerimientos generales y metodos de ensayo. 1ª edicion

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