Norma Legal Oficial del día 14 de Enero del año 2012 (14/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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delegar sus funciones en materia presupuestal cuando asi lo MORDAZA establecido expresamente dicho cuerpo normativo, asi como las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad; Que, asi mismo, el numeral 40.2 del articulo 40º de la citada Ley dispone que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposicion expresa, que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, de otro lado, el literal m) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud establece que el Ministro de Salud puede delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion de Ministro de Estado; Que, mediante Ley Nº 29812 se aprobo la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; Que, a efecto de facilitar la ejecucion del MORDAZA presupuestario en el Pliego 011 Ministerio de Salud, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto sustenta la conveniencia de delegar en la Secretaria General del Ministerio de Salud la facultad en materia presupuestal que corresponde al Ministerio de Salud, en su calidad de Titular del Pliego, durante el periodo presupuestario 2012; Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a traves de la Oficina de Presupuesto, y con las visaciones de la Directora General (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, y la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en la Secretaria General del Ministerio de Salud, durante el Ejercicio Presupuestario 2012, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico que correspondan al Titular del Pliego 011 Ministerio de Salud. Articulo 2º.- Disponer que la delegacion de facultades, asi como la asignacion de responsabilidades a que se refiere la presente Resolucion, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para conocimiento y fines. Articulo 4°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion en el MORDAZA de internet del Ministerio de Salud, en la direccion electronica http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_ normas.asp Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud

la salud es de interes publico, por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, senala que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud; Que, asi mismo, el articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, estipula que la Direccion General de Salud de las Personas, es el organo tecnico normativo en los procesos relacionados a la atencion integral, servicios de salud, calidad, gestion sanitaria y actividades de salud mental; y tiene a su cargo entre otras funciones generales: Proponer las politicas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atencion de salud de las personas y el modelo de atencion integral de salud, con alcance sectorial e institucional y establecer las normas, ejecutar y evaluar el desarrollo de las Estrategias Sanitarias Nacionales del ambito de su competencia y de los programas por etapa de MORDAZA de salud de las personas en el contexto de la descentralizacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 311-2011/ MINSA de fecha 25 de MORDAZA de 2011, se oficializo la "Semana Nacional de Vacunacion", disponiendose que en dicho MORDAZA se desarrollen los barridos nacionales de MORDAZA y Sarampion-Rubeola; Que, los informes del Visto senalan, que la Organizacion Panamericana de la Salud ­ OPS, comunico de un brote de Sarampion en el MORDAZA vecino de Ecuador, por lo que, a fin de unificar criterios tecnicos operativos para evitar el riesgo de importacion y reintroduccion del virus de Sarampion, se hace necesario dictar las disposiciones y precisiones tecnicas para el desarrollo de las actividades en cada jurisdiccion sanitaria nacional; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud, y; De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Sanitaria Nº 044 - MINSAV.01 "Directiva Sanitaria para enfrentar el riesgo de importacion y reintroduccion de casos de Sarampion al pais", la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones y el Comite Tecnico Permanente de la referida Estrategia, que socialice, monitoree y supervise el cumplimiento de la Directiva Sanitaria correspondiente. Articulo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces a nivel nacional, son responsables del cumplimiento y aplicacion de la Directiva Sanitaria precitada, dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud

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Aprueban Directiva Sanitaria para enfrentar el riesgo de importacion y reintroduccion de casos de Sarampion al MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 033-2012/MINSA
MORDAZA, 12 de enero de 2012 Visto el Expediente Nº 11-085498-001, que contiene los Informes Tecnicos Nrs. 064 y 066-2011-ESNI-DGSP/ MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, el numeral II del Titulo Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establece que la proteccion de

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Aprueban Guia Tecnica para estandarizar los procedimientos de la Fase de Ejecucion de la MORDAZA de Vacunacion Antirrabica Canina (VAN-CAN)
RESOLUCION MINISTERIAL N° 035-2012/MINSA
MORDAZA, 12 de enero del 2012

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