Norma Legal Oficial del día 14 de Enero del año 2012 (14/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de enero de 2012

sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como minimo 95% de la Densidad de MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice C.B.R. minimo de 20. Las particulas solidas de esa MORDAZA tendran un diametro MORDAZA de 2". Base.- Posterior a la MORDAZA anterior debe colocarse una MORDAZA de base afirmada de 0.20 ,. De espesor, compactado proveniente de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuada de material gruesos (con diametro MORDAZA de 1 ½ ", finos y ligantes en proporcion adecuada). La mezcla y compactacion se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como minimo el 98% de la densidad MORDAZA Modificado Laboratorio para un indice de C.B.R. de 80. Veredas.- Seran de concreto de calidad f'c =175 Kg/ cm2 de 0.10 m. de espesor y construidas sobre un terraplen de material seleccionado de buena calidad y debidamente nivelado y compactado. El acabado sera con mezcla de cemento y MORDAZA fina, preparado en proporcion 1:2 y de un centimetro de espesor, brunado cada 1 .00 metro y con juntas cada cinco metros. El desnivel de la acera con relacion a la calzada terminada sera de 0 .20 m. Los radios de los abanicos en las esquinas sera de 6.00m. Sardineles.- En el extremo libre de la vereda en contacto con la berma se construira un sardinel de concreto de dimensiones 0 .15 m x 0 .45 m. minimo, deberan ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sardinel; la calidad de concreto sera de fc = 175 Kg/cm2. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construiran rampas peatonales, que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas tecnicas NTE U.190 adecuacion urbanistica para personas con discapacidad, aprobadas por R.M. Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7 de Febrero de 2001. Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que seran aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- El administrado debera solicitar a LUZ DEL SUR la instalacion de las redes primarias y secundarias de energia electrica publica y domiciliaria, los cuales seran ejecutadas de acuerdo a los planes de expansion de dicha compania. Articulo Tercero.- DISPONER que la redencion en dinero de los aportes reglamentarios, seran cancelados hasta MORDAZA de la recepcion de obras. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, a cargo de los interesados. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Desarrollo MORDAZA y Rural

VISTO, en la XXVI-2011 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre de 2011, el Dictamen Nº 076-2011-MSB-CAL, de la Comision de Asuntos Legales y el Dictamen Nº 024-2011-MSB-CER, de la Comision de Economia y Rentas, mediante los cuales se recomienda al Concejo aprobar la Ordenanza que establece las costas procesales en procedimientos coactivos. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia politica, economica y administrativa de los gobiernos locales, en los asuntos de su competencia, otorgandole potestad para administrar sus bienes y rentas; incluyendo los demas ingresos que determine la ley; Que, el articulo 40º de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 9º y 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que seran exigibles en el mismo procedimiento las costas y los gastos en que la entidad hubiera incurrido en la cobranza coactiva de las deudas tributarias y no tributarias. Que, la primera Disposicion Complementaria Transitoria de la MORDAZA en mencion establece que cada Gobierno Local aprobara mediante Ordenanza el Arancel de Costas y Gastos Procesales de los procedimientos de cobranza, el cual tendra como tope MORDAZA el monto que establezca el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Decreto Supremo, en tanto el Ministerio de Economia y Finanzas no publique los mencionados topes, la Administracion debera sujetarse a lo dispuesto por su Arancel. Que, dado el tiempo transcurrido, es necesario actualizar el arancel de costas y gastos procesales de los procedimientos de cobranza coactiva establecido en la Ordenanza N° 427-MSB. Que, mediante Memorando Nº 197-2010-MSBGAF-UC de fecha 24 de agosto de 2010, la Unidad de Contabilidad adjunta el Cuadro de Costas Procesales de los procedimientos de la Unidad de Ejecucion Coactiva de la Gerencia de Rentas, los cuales son ratificados mediante Memorando Nº 149-11-MSB-GAF-UC, de fecha 06 de septiembre de 2011. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9º y del articulo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Actas se aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL ARANCEL DE COSTAS Y GASTOS PROCESALES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCION COACTIVA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Articulo Unico.- Aprobar el Arancel de Costas y Gastos de los procedimientos de Ejecucion Coactiva de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, el mismo que consta en el Anexo Nº 1 y que forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.

740215-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Arancel de Costas y Gastos Procesales de los Procedimientos de Ejecucion Coactiva de la Municipalidad
ORDENANZA N° 475-MSB
San MORDAZA, 22 de diciembre de 2011. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Los montos de costas procesales y gastos establecidos en la presente Ordenanza se mantendran vigentes en tanto el Ministerio de Economia y Finanzas no establezca mediante Resolucion Ministerial los topes maximos de estos, en cuyo caso se adecuaran automaticamente a los que establezca dicha norma. Segunda.- La vigencia de la presente Ordenanza no implica la devolucion de los montos pagados con anterioridad por concepto de costas y gastos procesales generados en aplicacion de la Ordenanza Nº 03-99. Tercera.- Deroguese la Ordenanza 427-MSB y todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Cuarta.- Encargar el cumplimiento de la presente

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