Norma Legal Oficial del día 14 de Enero del año 2012 (14/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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Ordenanza a la Unidad de Ejecucion Coactiva de la Municipalidad. Quinta.- Facultese al MORDAZA para que, de ser necesario y con cargo a dar cuenta al Concejo pueda, mediante Decreto de Alcaldia prorrogar el plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre prorroga del plazo de vigencia de la Ordenanza N° 465-MSB; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 465-MSB, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de octubre del 2011, se establecio el Beneficio de Regularizacion de Edificaciones Ejecutadas sin Licencia de Edificacion en el distrito, cuyo objetivo es otorgar un beneficio temporal para la regularizacion de edificaciones existentes dentro de la jurisdiccion de San MORDAZA que hayan sido realizadas sin haber obtenido la correspondiente Licencia de Edificacion; Que, conforme al articulo 2° de la citada normativa, y en concordancia con lo establecido en su Tercera Disposicion Transitoria y Final, el plazo de vigencia de la misma rige desde el dia siguiente de su publicacion hasta el 30 de diciembre del 2011; Que, asimismo, la Primera Disposicion Transitoria y Final del acotado cuerpo normativo prescribe que el MORDAZA queda facultado para que, de ser necesario, y con cargo a dar cuenta al Concejo, pueda mediante Decreto de Alcaldia prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza; Que, mediante Informe N° 226-2011-MSB-GMGDU, de fecha 27 de diciembre de 2011, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA informa que, aun no se ha producido la regularizacion total de las construcciones ejecutadas en el distrito que carecen de la respectiva licencia de edificacion, por lo que constituye necesario que se amplie el plazo para que los vecinos puedan acceder a la formalidad en cuanto a sus construcciones y no verse perjudicados con multas y sanciones de demolicion, como corresponderia de no encontrarse vigente el beneficio de regularizacion; Que, con el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se aprobo el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, estableciendose en su articulo 14º que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico; Que, el citado Decreto Supremo dispone en el numeral 3.2) del citado articulo 14º, que excepcionalmente se podra prescindir de la publicacion, cuando la entidad por razones debidamente fundamentadas, en el proyecto de MORDAZA, considere que la prepublicacion de la MORDAZA es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al interes publico, y que para el presente caso el prescindir de la publicacion se justifica en el hecho que se propone la ampliacion de la vigencia de una MORDAZA que otorga beneficios para acceder a la formalidad de las construccion ejecutadas sin licencia a traves de la regularizacion; Estando a las consideraciones senaladas, asi como documentacion sustentatoria del visto; en uso de las atribuciones conferidas por los articulo 20º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 465-MSB, que establece beneficio de regularizacion de edificaciones ejecutadas sin licencia de edificacion en el distrito, hasta el 31 de marzo del 2012. Articulo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente MORDAZA a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a la Unidad de Obras Privadas y a la Unidad de Control Urbano. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, la Gerencia de Imagen Institucional y la Secretaria General, la difusion del presente Decreto de Alcaldia. POR TANTO:

ANEXO Nº 1 ARANCEL DE COSTAS Y GASTOS PROCESALES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCION COACTIVA
I: COSTAS PROCESALES
Nº COSTAS PROCESALES Otras Notificaciones (Bancos, Depositos, etc) y Requerimientos. Deposito o Intervencion frustrada. MONTO % U.I.T 16.01 12.26 13.06 36.18 37.46 38.86 21.92 15.44 14.86 13.94 13.84 18.66 19.82 35.48 19.56 0.44 0.34 0.36 1.00 1.04 1.08 0.61 0.43 0.41 0.39 0.38 0.52 0.55 0.98 0.54

01 Resolucion de Ejecucion Coactiva (7 dias). 02

03 Retencion por cada toma de dicho. 04 05 Deposito inventariado. 06 Deposito con extraccion o intervencion. 07 Deposito o inscripcion sobre bienes muebles. 08 Oficios. 09 Copias certificadas por cada 10 folios 10 Aviso de remate y/o fijacion de carteles. 11 Acta de juramento, cambio depositario u otros. 12 Acta de remate de bienes muebles o inmuebles. Levantamiento de captura e internamiento de 13 vehiculos. Diligencia de demolicion, desmontaje, 14 paralizacion de obra, clausura u otra obligacion de hacer. 15 Diligencia frustrada de demolicion, desmontaje, paralizacion de obra clausura u otros.

Nota: "Las costas no deberan superar el 50% de la deuda puesta en cobranza" II: GASTOS PROCESALES Los gastos por actuaciones de Peritos, Martilleros Publicos, Interventores, Recaudadores, Publicidad, maquinarias, equipos, pago de tasas y derechos ante otras entidades publicas y privadas y otros gastos, debidamente sustentados se incluiran en la liquidacion y seran asumidos por la parte obligada.

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Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 465-MSB, que establece beneficio de regularizacion de edificaciones ejecutadas sin licencia de edificacion en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA N° 011-2011-MSB-A
San MORDAZA, 29 diciembre 2011 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. VISTOS: El Informe Nº 226-2011-MSB-GM-GDU de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Memorandum Nº 1313-2011-MSBGM de la Gerencia Municipal, y el Informe N° 857-2011MARCO MORDAZA MORDAZA MORDAZA

740187-1

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