Norma Legal Oficial del día 20 de Enero del año 2012 (20/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de enero de 2012

Que, el articulo 3 de la Ley N° 26918, Ley de creacion del Sistema Nacional para la poblacion en riesgo dispone que forman parte del Sistema Nacional para la poblacion en riesgo, las Sociedades de Beneficencia Publica, Juntas de Participacion Social y las demas entidades del sector publico cuyos fines primordiales MORDAZA el desarrollo de servicios de promocion, atencion y apoyo social; Que, el literal e) del articulo 7 de la Ley N° 29597, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, establece que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales y de sus competencias exclusivas ejerce entre otras funciones aprobar normas y estandares nacionales de responsabilidad social en materia de su competencia; Que, asimismo, el literal h) del articulo 8 de la citada Ley N° 29597 preve que para el adecuado cumplimiento de las politicas nacionales y sectoriales a cargo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social dicho Ministerio ejerce rectoria, entre otros, sobre el Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo; Que, el literal c) del articulo 59 del Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social indica que es funcion de la Direccion General de la Familia y la Comunidad, entre otras, Impulsar la rectoria del MIMDES, dictar politicas, proponer disposiciones legales y formular normas internas como ente rector del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo, asi como normar, controlar, supervisar y evaluar el funcionamiento de las entidades del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo; Que, los numerales 7.1 y 7.2 del articulo 7 del Decreto Supremo N° 010-2010-MIMDES establecen que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES ejercera las funciones rectoras y normativas del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo, a nivel nacional, siendo que las funciones que desarrollara cada nivel de gobierno se detallan en la "Matriz Especifica de Distribucion de Funciones por Niveles de Gobierno respecto de las Sociedades de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social"; Que, atendiendo a los procesos de efectivizacion de la transferencia de funciones y competencias a diversos Gobiernos Locales Provinciales, respecto de las Sociedades de Beneficencia Publica, que se han declarado concluidos mediante los Decretos Supremos numeros 002-2011-MIMDES, 004-2011-MIMDES, 0052011-MIMDES, 008-2011-MIMDES y 014-2011-MIMDES; resulta necesario contar con los lineamientos para el monitoreo y la supervision de las actividades de apoyo social que desarrollan las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social; Estando a lo propuesto por la Direccion General de la Familia y la Comunidad y con la opinion favorable de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, de la Oficina General de Descentralizacion y de la Direccion General de Politicas de Desarrollo Social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley N° 29597 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; y, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0112004-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar los "Lineamientos para el Monitoreo y la Supervision de las Actividades de Apoyo Social que desarrollan las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2.- Disponer la publicacion de los "Lineamientos para el Monitoreo y la Supervision de las Actividades de Apoyo Social que desarrollan las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social" en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (www.mimdes. gob.pe) en la misma fecha que sea publicada la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

PRODUCE
Resolucion Ministerial que aprueba formatos para la atencion de procedimientos de la Ley N° 29239 ­ Ley sobre Medidas de Control de Sustancias Quimicas Susceptibles de Empleo para la Fabricacion de MORDAZA Quimicas
RESOLUCION MINISTERIAL N° 031-2012-PRODUCE
MORDAZA, 19 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29239 ­ Ley sobre medidas de control de sustancias quimicas susceptibles de empleo para la fabricacion de MORDAZA quimicas se establecieron medidas de control para el cumplimiento de la Convencion sobre la Prohibicion del Desarrollo, la Produccion, el Almacenamiento y el Empleo de MORDAZA Quimicas y sobre su Destruccion, aprobada mediante Resolucion Legislativa N° 26465; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2011PRODUCE se aprobo el Reglamento de la mencionada Ley, que contiene las normas y procedimientos para el control y fiscalizacion de las sustancias quimicas toxicas y sus precursores enumerados en las Listas 1, 2 y 3 de la Ley N° 29239 citada precedentemente, desde su produccion o ingreso al MORDAZA hasta su destino final, asi como la produccion de las sustancias quimicas organicas definidas no enumeradas en las indicadas listas; Que, el citado Reglamento, en su articulo 12 establece que las personas naturales o juridicas previamente al inicio de sus actividades con las sustancias quimicas y sus precursores MORDAZA referidos, deben contar con la autorizacion de uso otorgada por la Direccion de Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados; asimismo, en su articulo 22 preve que para el ingreso o salida del territorio nacional de las sustancias quimicas toxicas y sus precursores enumerados en las listas MORDAZA indicadas, se requiere contar con autorizacion otorgada por la Direccion de Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados; por lo que resulta pertinente disponer la aprobacion de los indicados formatos; Con el visado del Viceministro de MYPE e Industria, de la Direccion General de Industria y de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de Asesoria Juridica; y, de conformidad con las normas citadas precedentemente, el Decreto Legislativo N° 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion de formatos. 1.1.- Aprobar el formato de "Solicitud para la Autorizacion de Uso, Modificacion o Renovacion de Sustancias Quimicas Comprendidas en la Ley Nº 29239", asi como los formatos del Informe Tecnico a que se refiere el articulo 13 del Reglamento de la Ley N° 29239, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2011-PRODUCE, los que forman parte de la presente Resolucion Ministerial como Anexo I, Anexo I-A y Anexo I-B. 1.2.- Aprobar el formato de "Solicitud de Autorizacion de Ingreso o Salida del MORDAZA de Sustancias de las Listas 1, 2 y 3, Ley Nº 29239 ­ Ley sobre Medidas de Control de Sustancias Quimicas Susceptibles de Empleo para la Fabricacion de MORDAZA Quimicas, el que forma parte de la presente Resolucion Ministerial como Anexo II, el cual sera aplicable hasta que se concluya con la implementacion del sistema electronico para su tramitacion. Articulo 2.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial y de sus anexos en el diario oficial "El Peruano", asi como en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de la Produccion

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