Norma Legal Oficial del día 20 de Enero del año 2012 (20/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de enero de 2012

2011/DP, asi como con lo dispuesto en el Presupuesto Analitico de Personal (PAP), aprobado por la Resolucion Administrativa Nº 056-2011/DP; Que, asimismo, la Oficina de Planificacion, Presupuesto, Racionalizacion y Estadistica, a traves del Memorando Nº 044-2012-DP/OPPRE senala que la referida accion de personal cuenta con financiamiento, por lo que es procedente; Que, por otro lado, mediante el documento de visto, se solicita encargar a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA FernanZegarra de Belaunde las funciones de los adjuntos para la Administracion Estatal y para los Derechos de la Mujer; Que, en ese sentido, cabe indicar que el articulo 7º de la Ley Nº 26520 establece que el Defensor del Pueblo estara auxiliado por Adjuntos que lo representaran en el ejercicio de las funciones y atribuciones que la ley le confiere, quienes seran seleccionados mediante concurso publico, segun las disposiciones que senale el reglamento que se apruebe para este fin; Que, el numeral 1) del literal e) del articulo 58º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoria del Pueblo, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 00422010/DP y modificado por las resoluciones administrativas Nº 002-2011/DP y Nº 009-2011/DP, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Asi tambien, dispone que la aprobacion del encargo corresponde al Defensor del Pueblo en caso de ausencia o vacancia del titular del cargo para el desempeno de funciones de responsabilidad directiva del nivel D8; Que, en atencion a lo solicitado mediante el documento de visto y con el fin de garantizar la adecuada gestion institucional, resulta procedente encargar a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fernan-Zegarra de Belaunde las funciones de los adjuntos para la Administracion Estatal y para los Derechos de la Mujer; Con los visados de la Primera Adjuntia, de la Secretaria General y de las oficinas de Gestion y Desarrollo Humano y de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el articulo 5º y el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; y los literales d) y p) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado mediante la Resolucion Defensorial Nº 0012-2011/DP; y en concordancia con lo dispuesto por el literal a) de la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y con el literal a) del numeral 8.1) del articulo 8º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; y conforme a lo senalado por el articulo 43º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, y por el numeral 1) del literal e) del articulo 58º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoria del Pueblo, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 0042-2010/DP y modificado por las resoluciones administrativas Nº 002-2011/DP y Nº 009-2011/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERNAN-ZEGARRA DE BELAUNDE, en el cargo de Asesora II de la Primera Adjuntia de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D7, Plaza 024, a partir del 19 de enero del 2012. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERNAN-ZEGARRA DE BELAUNDE las funciones del Adjunto para la Administracion Estatal de la Defensoria del Pueblo, a partir del 19 de enero del 2012 y hasta la designacion de su titular mediante concurso publico. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERNAN-ZEGARRA DE BELAUNDE las funciones del Adjunto para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo, del 19 al 31 de enero del 2012. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor Del Pueblo (e)

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Incorporan la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao, al RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL N° 010-2012-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 19 de enero de 2012 VISTOS: El Oficio N° 000054-2012/GPRC/RENIEC (18ENE2012) emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, los Oficios Nº 000187-2012/GPRC/ SGIRC/RENIEC(17ENE2012) y Nº 000120-2012/GPRC/ SGIRC/RENIEC (10ENE2012), emitidos por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, el Oficio Nº 2829 -2011/GOR/RENIEC (03AGO2011), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Oficio Nº 16422011/GPP/RENIEC (02AGO2011), emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe N° 102 -2011/ GPP/SGPL/RENIEC (02AGO2011) emitido por la Sub Gerencia de Planificacion; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican la capacidad y estado civil; Que mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, se delego a las Oficinas de los Registros Civiles (hoy Oficinas de Registros del Estado Civil) que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del Articulo 44° de la Ley N° 26497; Que la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integracion de las Oficinas del Registro del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposicion Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC; Que con Resolucion Jefatural Nº 690-2006/JEF/RENIEC (12JUL2006) se revoco a partir del 17 de MORDAZA del 2006, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, que fueron conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao; Que mediante documento de vistos, la Sub Gerencia de Integracion de Registro Civiles, en su calidad de organo encargado del MORDAZA de incorporacion de las Oficinas de Registros de Estado Civil, conforme lo establece el articulo 95° del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, propone la revocatoria total de las facultades registrales y la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao; Que, conforme se aprecia del oficio de vistos, la Gerencia de Operaciones Registrales emite opinion favorable respecto a la procedencia de la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao;

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