Norma Legal Oficial del día 20 de Enero del año 2012 (20/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la apertura de la citada agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "D", y; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolucion Nº 775-2008 y modificatorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Maynas S.A. la apertura de una agencia ubicada en Av. MORDAZA Quinonez Km. 4.5 / MORDAZA Miraflores Nº 210, distrito de San MORDAZA, provincia de Maynas, departamento de Loreto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas

Fijan a las MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito, MORDAZA Municipal de Credito Popular, MORDAZA Rurales de Ahorro y Credito, Empresas de Desarrollo de la Pequena y Micro Empresa - EDPYME y Empresa Afianzadora y de Garantias una tasa anual de contribucion para el ano 2012
RESOLUCION SBS Nº 147-2012
MORDAZA, 13 de enero de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, el articulo 373º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, dispone que el presupuesto de este ente supervisor es aprobado por el Superintendente, quien tiene a su cargo la administracion, ejecucion y control del mismo, y es cubierto mediante contribuciones trimestrales adelantadas a cargo de las empresas supervisadas; Que, el numeral 1 del articulo 374º de la referida Ley dispone que las contribuciones de las empresas del sistema financiero no deben exceder de un MORDAZA del uno por ciento en proporcion al promedio trimestral de sus activos, que previamente determine esta Superintendencia; En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 87º de la Constitucion Politica del Peru y las facultades establecidas en la Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Fijar a las MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito; MORDAZA Municipal de Credito Popular; MORDAZA Rurales de Ahorro y Credito; Empresas de Desarrollo de la Pequena y Micro Empresa ­ EDPYME; y, Empresa Afianzadora y de Garantias, para el ano 2012, una tasa anual de contribucion de un treceavo del uno por ciento (1/13 del 1%), que se aplicara sobre el promedio trimestral del Activo y Creditos Contingentes. Articulo Segundo.- Las contribuciones que correspondan pagar de conformidad con lo dispuesto en el Articulo Primero, de la presente Resolucion, deberan ser abonadas dentro de los diez (10) dias siguientes de su requerimiento trimestral que en su oportunidad determine este Organismo de Control. En caso de incumplimiento en el pago de la contribucion fijada, esta devengara intereses por el periodo de atraso, aplicandose la tasa de interes activa promedio en moneda nacional (TAMN) que publica esta Superintendencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General las acciones administrativas, financieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

742633-1

Autorizan a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito CREDINKA S.A. el traslado de agencias ubicadas en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 102-2012
MORDAZA, 11 de enero de 2012. EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La carta presentada por MORDAZA Rural de Ahorro y Credito CREDINKA S.A. para que se le autorice el traslado de las agencias ubicadas en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA y en el distrito El Tambo, provincia de Huancayo y departamento de Junin; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentacion pertinente para el traslado de las agencias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley Nº 26702 ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito CREDINKA S.A. el traslado de la agencia sito en Av. De La Cultura Nº 2009-A, distrito, provincia y departamento de MORDAZA a su MORDAZA local ubicado en la Av. De La Cultura Nº J-8, Urbanizacion Quispicanchi, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Cusco; y la agencia sito en MORDAZA Real Nº 395 y 397, distrito de El Tambo, provincia Huancayo y departamento MORDAZA a su MORDAZA local ubicado en la Av. MORDAZA Nº 1596, distrito de El Tambo , provincia de Huancayo y departamento de Junin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas

741890-1

Fijan tasa de contribucion trimestral a las Empresas de Transporte, Custodia y Administracion de Numerario - ETCAN a partir del ano 2012
RESOLUCION SBS Nº 150-2012
MORDAZA, 13 de enero de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

743265-1

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