Norma Legal Oficial del día 20 de Enero del año 2012 (20/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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otros niveles de gobierno, en el territorio nacional en lo siguiente: a) Para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, asumiendo la rectoria respecto de ellas y adoptando las medidas que correspondan. b) En la formulacion y aprobacion de normas y lineamientos tecnicos para la ejecucion y supervision eficiente de las politicas nacionales y sectoriales, la gestion de los recursos del sector de su competencia, asi como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la sancion, fiscalizacion y ejecucion coactiva en las areas de su competencia. c) En el seguimiento, monitoreo y evaluacion respecto del desempeno y logros alcanzados en los niveles nacional, regional y local, asi como tomar las medidas correspondientes. d) En la representacion del sector mujer y poblaciones vulnerables ante organismos publicos y privados. e) Ser ente rector del Sistema Nacional de Poblacion en Riesgo y del Sistema Nacional de atencion integral al MORDAZA y adolescente y el Sistema Nacional de Voluntariado. f) Ser autoridad central en materia de sustraccion internacional de menores de edad. g) Investigacion tutelar y adopcion de ninas, ninos y adolescentes declarados judicialmente en abandono. h) En otras competencias establecidas por MORDAZA expresa.

Para tal efecto, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables emite normas y lineamientos, proporciona la asistencia tecnica y establece los procesos y mecanismos correspondientes en coordinacion con los gobiernos regionales, gobiernos locales, ministerios y entidades involucradas. Articulo 7º.- Competencias compartidas El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ejerce de forma compartida el planeamiento, administracion, ejecucion, supervision, desarrollo de capacidades y evaluacion de las actividades referidas al ambito de su competencia con los siguientes niveles de gobierno: a) Con los gobiernos regionales, la promocion, supervision y evaluacion de la implementacion de las politicas de igualdad de genero, de los programas y servicios sociales objeto del MORDAZA de descentralizacion vinculados al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y de los programas de poblacion de su competencia, de conformidad con la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; y, la Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. b) Con los gobiernos locales, el monitoreo, la supervision y evaluacion de la implementacion de los programas sociales y servicios objeto del MORDAZA de descentralizacion vinculados al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, incluyendo la asistencia tecnica, el desarrollo de capacidades, asi como la supervision de la defensa y promocion de los derechos de las personas

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 3 paginas o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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