Norma Legal Oficial del día 31 de Enero del año 2012 (31/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 31 de enero de 2012

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan asesores y Gerente de Normas Tributarias de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 015-2012/SUNAT
MORDAZA, 30 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que el articulo 3º de la Ley N.º 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, establece que la designacion de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el articulo 1º de la citada Ley, se efectua mediante Resolucion del Titular de la Entidad; Que asimismo, el articulo 6º de la referida Ley dispone que las Resoluciones de designacion de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que se encuentran vacantes los cargos de Asesor de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria, y de Asesor de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas; Que de otro lado, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 233-2010/SUNAT se encargo a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Gerente de Normas Tributarias; Que los cargos mencionados precedentemente son considerados como de confianza en la Institucion de acuerdo a la Resolucion de Superintendencia N.º 0552011/SUNAT, que aprueba la actualizacion del Cuadro de Asignacion de Personal de la SUNAT; Que se ha considerado pertinente designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Asesor de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria, y a la senora MORDAZA MORDAZA Gastulo Yong en el cargo de Asesora de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas; Que asimismo se ha considerado pertinente dejar sin efecto la encargatura en el cargo de Gerente de Normas Tributarias, y en consecuencia, designar a la persona que asumira el referido cargo; En uso de las facultades conferidas por el articulo 3º de la Ley N.º 27594 y el inciso i) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir del 1 de febrero de 2012, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Asesor de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria. Articulo 2º.- Designar, a partir del 6 de febrero de 2012, a la senora MORDAZA MORDAZA Gastulo Yong en el cargo de Asesora de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas. Articulo 3º.- Dejar sin efecto, a partir del 6 de febrero de 2012, la encargatura de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Gerente de Normas Tributarias, dandosele las MORDAZA por la labor realizada. Articulo 4º.- Designar, a partir del 6 de febrero de 2012, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Portillo en el cargo de Gerente de Normas Tributarias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional

Aprueban nuevas versiones del PDT Planilla Electronica - PLAME, Formulario Virtual Nº 601 y del PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual Nº 601
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 016-2012/SUNAT
MORDAZA, 30 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que segun el articulo 12º del Decreto Supremo N.º 0392001-EF que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 27334, corresponde a la SUNAT elaborar y aprobar las normas y procedimientos necesarios para llevar a cabo la recaudacion y administracion de las aportaciones a la Seguridad Social, para la declaracion e inscripcion de los asegurados y/o afiliados obligatorios, asi como para la declaracion y/o pago de las demas deudas no tributarias a dichas entidades cuya recaudacion le MORDAZA sido encomendada; Que el articulo 88º del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N.º 135-99-EF y normas modificatorias dispone que para determinados deudores, la Administracion Tributaria podra establecer la obligacion de presentar la declaracion, entre otros medios, por transferencia electronica o por medios magneticos y en las condiciones que senale para ello; Que el Decreto Supremo N.º 018-2007-TR y normas modificatorias que establece las disposiciones relativas al uso del documento denominado Planilla Electronica, senala que esta se encuentra conformada por la informacion del Registro de Informacion Laboral (T-REGISTRO) y la Planilla Mensual de Pagos (PLAME) y faculta a la SUNAT a emitir las normas que regulen la forma y condiciones del soporte electronico de la Planilla Electronica, asi como las de su envio; Que la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N.º 015-2010-TR establecio que, excepcionalmente, para los periodos comprendidos entre agosto y noviembre de 2011, los empleadores podrian presentar la PLAME utilizando el PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual N.º 601 aprobado por la SUNAT para presentar la Planilla Electronica correspondiente a los periodos anteriores a agosto de 2011; Que teniendo en cuenta las normas MORDAZA mencionadas, con la Resolucion de Superintendencia N.º 183-2011/ SUNAT se aprobaron el PDT Planilla Electronica ­ PLAME, Formulario Virtual N.º 0601 ­ Version 2.0 y el PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual N.º 0601 ­ Version 1.9; Que mediante la Resolucion de Superintendencia N.º 211-2011/SUNAT se modifican los referidos PDT a efecto de actualizar el valor de la Remuneracion Minima MORDAZA (RMV) vigente y se establece que las versiones modificadas se pondran a disposicion de los interesados en SUNAT Virtual a partir del 31 de agosto de 2011; Que con posterioridad a la publicacion de la citada resolucion, la Resolucion Ministerial N.º 252-2011-TR dispone que, excepcionalmente, la SUNAT determinara los casos en que se presentara la PLAME utilizando el PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual N.º 0601 aprobado por dicha entidad para la MORDAZA de la Planilla Electronica hasta el periodo o periodos que esta establezca, conforme a sus atribuciones establecidas en el articulo 3º del Decreto Supremo N.º 018-2007-TR; Que en ese sentido, mediante la Resolucion de Superintendencia N.º 212-2011/SUNAT se dispone la implementacion gradual del PDT Planilla Electronica ­ PLAME, Formulario Virtual N.º 601 ­ Version 2.0 estableciendose etapas de uso opcional de dicho PDT asi como que el PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual N.º 601, Version 1.9 podra ser utilizado para la MORDAZA de la PLAME hasta el periodo junio de 2012; Que mediante Decreto Supremo N.º 233-2011-EF se establece que el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como indice de referencia en normas tributarias durante el ano 2012 sera de tres mil seiscientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3,650.00); Que de acuerdo con la normatividad vigente referida a la contribucion al Seguro Social de Salud (EsSalud), para determinar el monto que debe ser declarado por dicho concepto, los deudores tributarios deben considerar como referencia la UIT; Que de otro lado, mediante la Resolucion Ministerial N.º 121-2011-TR se aprueban los anexos que contienen la

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