Norma Legal Oficial del día 31 de Enero del año 2012 (31/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

460102

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 31 de enero de 2012

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban el Formato Unico de Certificado de Origen y las Instrucciones para su Diligenciamiento, a ser utilizado en el MORDAZA del "Acuerdo de Integracion Comercial entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 033-2012-MINCETUR/DM
MORDAZA, 30 de enero de 2012 Visto, el Informe N° 10-2012-MINCETUR/VMCE/UO de la Unidad de Origen y el Memorandum N° 051-2012MINCETUR/VMCE, del Viceministerio de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 089-2011-RE, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 20 de MORDAZA de 2011, se ratifico el "Acuerdo de Integracion Comercial entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos"; Que, el parrafo 2 del articulo 4.18 del "Acuerdo de Integracion Comercial entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos", establece que el certificado de origen debera ser emitido en el formato unico acordado por las Partes, el que contendra una declaracion jurada del productor final o del exportador de la mercancia, en la que manifieste el total cumplimiento de las disposiciones del capitulo 4 del referido Acuerdo y la veracidad de la informacion asentada en el mismo; Que, la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos llegaron al entendimiento de adoptar un formato unico de certificado de origen de conformidad a lo dispuesto en el capitulo 4 del "Acuerdo de Integracion Comercial entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos"; Que, el Formato Unico de Certificado de Origen debe incluir la informacion minima establecida en el parrafo 10 del articulo 4.18 del mencionado Acuerdo, asi como las instrucciones para su diligenciamiento, a fin de facilitar el control aduanero y agilizar el comercio entre MORDAZA naciones; Que, acorde con el parrafo 5 del articulo 4.18 del Acuerdo MORDAZA referido, la emision y control de los certificados de origen, estara a cargo de las autoridades competentes de cada Parte, la cual podra delegar la emision de los mismos en otros organismos publicos o entidades privadas; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo tiene entre sus funciones formular, dirigir, coordinar, ejecutar, y supervisar la politica de comercio exterior y turismo; asi como establecer el MORDAZA normativo para el desarrollo de las actividades de comercio exterior; De conformidad con la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Formato Unico de Certificado de Origen y las Instrucciones para su Diligenciamiento, a ser utilizado en el MORDAZA del "Acuerdo de Integracion Comercial entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos", que en Anexo adjunto forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- El Formato Unico de Certificado de Origen aprobado por el articulo precedente sera publicado en el MORDAZA Institucional del MINCETUR (www.mincetur.gob.pe) y en la pagina web de Acuerdos Comerciales del Peru del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.acuerdoscomerciales. gob.pe). Articulo 3°.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia en la misma fecha que el "Acuerdo de

Integracion Comercial entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo

747674-1

ECONOMIA Y FINANZAS
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 017-2012-EF
Mediante Oficio Nº 084-2012-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 017-2012-EF, publicado en la edicion del dia 24 de enero de 2012. DICE: Decimo MORDAZA Considerando Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la incorporacion de los recursos mencionados, a traves de un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, aprobado por la Ley Nº 29812, hasta por la suma de SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 654 039 529,00), (...). DEBE DECIR: Decimo MORDAZA Considerando Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la incorporacion de los recursos mencionados, a traves de un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, aprobado por la Ley Nº 29812, hasta por la suma de SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 654 032 829,00), (...). DICE: Articulo 2º.- Credito Suplementario 2.1 Autorizase la incorporacion de recursos via credito suplementario en el Presupuesto Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 654 039 529,00), para ser orientada a los fines y montos a que hace referencia el articulo 1º de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
En Nuevos Soles INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

1 : RECURSOS ORDINARIOS TOTAL INGRESOS

654 039 529,00 ----------------------654 039 529,00 =============

EGRESOS (...) SECCION MORDAZA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios SUB TOTAL

329 606 591,00 --------------------329 606 591,00 ============

(...) TOTAL EGRESOS 654 039 529,00 ============

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