Norma Legal Oficial del día 07 de Julio del año 2012 (07/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2012

de Educacion, esta debe contar con un reglamento integral; Que en cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Constitucional, el Ministerio de Educacion, mediante Resolucion Ministerial Nº 0263-2009-ED, conformo la Comision que elaboro el primer proyecto de Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, que ha sido objeto de analisis y reajuste por la comision constituida por Resolucion Ministerial N° 0482-2011-ED, y posteriormente pre publicado mediante la Resolucion Ministerial N° 043-2012-ED, a efecto de recibir las sugerencias y alcances de entidades publicas y privadas y de la ciudadania en general, MORDAZA que ha contribuido a mejorar su contenido, integrando y actualizando los reglamentos expedidos anteriormente, en el MORDAZA de una educacion de calidad con equidad e inclusiva y una gestion educativa descentralizada, que fortalece la autonomia de la Institucion; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y el inciso 3) del articulo 11 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion del Reglamento Apruebese el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo, que consta de 159 articulos y nueve Disposiciones Complementarias y Finales. Articulo 2.- De la publicacion Dispongase la publicacion del Reglamento de la Ley General de Educacion en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe/normatividad/), en la misma fecha de publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Educacion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Deroguese los Decretos Supremos N° 013-2004ED, Reglamento de Educacion Basica Regular; 015-2004-ED, Reglamento de Educacion Basica Alternativa; 022-2004-ED, Reglamento de Educacion Tecnico Productiva; 002-2005ED, Reglamento de Educacion Basica Especial; 009-2005ED, Reglamento de la Gestion del Sistema Educativo; 0132005-ED, Reglamento de Educacion Comunitaria, y demas dispositivos que se opongan al presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 811432-2

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se creo el Sistema de Defensa Juridica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado en el ambito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, organos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 citado, establece que es atribucion del Consejo de Defensa Juridica del Estado, entre otras, proponer la designacion de los Procuradores Publicos del Poder Ejecutivo; Que, el articulo 25º del Decreto Legislativo Nº 1068 MORDAZA acotado, estipula que la designacion de los Procuradores Publicos culmina, entre otras razones, por termino de la designacion; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 210-2006JUS, de fecha 23 de noviembre de 2006, se designo al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Masmela, como Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de San Martin; Que, conforme al Oficio de visto, la Secretaria Tecnica del Consejo de Defensa Juridica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto dar por concluida la designacion del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Masmela, como Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de San MORDAZA y que se designe en su reemplazo al senor abogado MORDAZA Cappillo MORDAZA, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Masmela, como Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de San MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al senor abogado MORDAZA Cappillo MORDAZA, como Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de San Martin. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 811432-5

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de San MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 114-2012-JUS MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2012 VISTO, el Oficio Nº 1254-2012-JUS/CDJE-ST, de la Secretaria Tecnica del Consejo de Defensa Juridica del Estado;

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comision Multisectorial constituida mediante R.S. Nº 190-2012-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 186-2012-MIMP MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2012

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