Norma Legal Oficial del día 07 de Julio del año 2012 (07/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

470172
Nº 4 MORDAZA HYUNDAI Modelo HD65 CL120 STANDARD ZS125-M Clase N2 CAMION N3 REMOLCADOR N3 SEMIREMOLQUE L5 VEH.MENOR AUTOM.

NORMAS LEGALES
Ano Fab. 2008 2006 2008 2005 Placa WD-9310 YD-3220 T1N-993 ML-5637

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2012

5 FREIGHTLINER 6 7 R FAMECA ZONGSHEN

y encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Asimismo, se publicara en la pagina web del Ministerio la presente Resolucion y el horario propuesto por la Escuela de Conductores E. MORDAZA BREVETES E.I.R.L. Registrese, comuniquese y publiquese.

HORARIO DE ATENCION: Lunes a MORDAZA de 08:00 a.m. a 1.00 p.m. y de 3:00 p.m. a 7:00 p.m. Articulo Segundo.- La Escuela de Conductores Integrales denominada E. MORDAZA BREVETES E.I.R.L., esta obligada a actualizar permanentemente la informacion propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, y los dispositivos legales que se encuentren vigentes. Articulo Tercero.- La Escuela de Conductores Integrales denominada E. MORDAZA BREVETES E.I.R.L., impartira los cursos con la siguiente plana docente:
Cargo de Instruccion Director Docente a cargo · MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gambarini

MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 809494-1

Autorizan impartir cursos de capacitacion a la Escuela Integral de Conductores Profesionales de Transporte Terrestre Jadami S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2207-2012-MTC/15 MORDAZA, 6 de junio de 2012 VISTO: El escrito, presentado por la empresa denominada ESCUELA INTEGRAL DE CONDUCTORES PROFESIONALES DE TRANSPORTE TERRESTRE JADAMI S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 8292012-MTC/15 de fecha 27 de febrero de 2012, se autorizo a la empresa denominada ESCUELA INTEGRAL DE CONDUCTORES PROFESIONALES DE TRANSPORTE TERRESTRE JADAMI S.A.C., con RUC Nº 20536993160 y domicilio en MORDAZA Republica de MORDAZA Nº 426, distrito de Brena, provincia y departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y clase B categoria IIc; asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancias, Transporte Mixto, curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y el curso de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de clase A categorias II y III; Que, mediante escrito de fecha 31 de MORDAZA de 2012, La Escuela, solicita autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoria I, asi como el incremento de su flota vehicular con la placa de rodaje Nº BOJ-436; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final de El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clases A categorias II y III y Clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de

Instructores Teoricos de MORDAZA · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Instructor Practicos de Manejo Instructor Teorico - Practico de Mecanica · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA · MORDAZA MORDAZA MORDAZA Minchola

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Articulo Cuarto.- La Escuela autorizada debera colocar en un lugar visible dentro de su local una MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) dias calendario, computados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- La Escuela autorizada debera presentar, en un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario de publicada la Resolucion Directoral que establece las caracteristicas especiales del circuito donde se realizaran las practicas de manejo, MORDAZA de la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo senala el literal e) numeral 43.4 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. Articulo Sexto.Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Setimo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia;

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