Norma Legal Oficial del día 07 de Julio del año 2012 (07/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2012

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2012/MDSMP San MORDAZA de Porres, 2 de MORDAZA del 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES CONSIDERANDO: Que, el 28 de MORDAZA del presente ano, se celebra el 191º Aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru; Que, con tal motivo durante el mes de MORDAZA se realizan diversas actividades patrioticas que fortalecen los sentimientos de identidad nacional y profundo respeto y MORDAZA a nuestros simbolos patrios, por lo que, como una demostracion de especial civismo, debemos cumplir con el embanderamiento general de todos los inmuebles en nuestra jurisdiccion; De conformidad con los articulos 20, Inc. 6) y 42 de la Ley 27972 ­ Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de todos los inmuebles del distrito de San MORDAZA de Porres, a partir del 14 hasta el 31 de MORDAZA del presente ano, con ocasion de celebrarse el 191º Aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru. Articulo Segundo.- DISPONER que todas las areas administrativas de la Entidad cumplan con la difusion e implementacion del presente Decreto, en lo que les corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 811226-1

y locales comerciales del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, durante el mes de MORDAZA, con motivo de la Celebracion del 191 Aniversario de la Independencia del Peru. Articulo Segundo.- RECORDAR a los titulares de las viviendas particulares e instituciones no estatales, que de conformidad con el Decreto Ley Nº 11323 del 31 de Marzo de 1950, es obligatorio el uso de la Bandera Nacional (de forma rectangular, con los MORDAZA nacionales, sin escudo de armas); encontrandose reservado el Pabellon Nacional (con el Escudo Nacional al centro) para uso de los edificios del Estado. Articulo Tercero.- EXHORTAR a los vecinos del distrito a fin que efectuen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor MORDAZA y ornato general de la ciudad. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y MORDAZA, el cumplimiento del presente Decreto, a la Secretaria General su publicacion y a la Sub Gerencia de Comunicacion e imagen institucional su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 811043-1

Aprueban y fijan fechas correspondientes al cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo por Resultados - 2013 del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2012/ MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 5 de MORDAZA del 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO Visto, el Memorandum Nº 917-2012-GM/MVMT, de fecha 03 de MORDAZA del 2012, de la Gerencia Municipal, mediante el cual se solicita la emision del acto normativo para fijar las fechas del cronograma del Presupuesto Participativo basado en resultados para el ano fiscal 2013, de acuerdo a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 042-2012-GPP/MVMT de fecha 08 de junio del 2012, el Gerente de Planeamiento y Presupuesto, informa que mediante la Ordenanza Municipal Nº 151/MVMT, se aprobo el Reglamento del Presupuesto Participativo basado en resultados para el ano fiscal 2013; Que, mediante el Informe Nº 189-2012-GAJ-MDVMT de fecha 13 de junio del 2012, la Gerencia de Asesoria Juridica ha opinado en el sentido de que es procedente la dacion de un decreto de alcaldia a fin de aprobar la fijacion de fechas correspondientes al Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo basado en resultados 2013 del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, establecido en el Reglamento del Presupuesto por Resultados aprobado por Ordenanza Municipal Nº 151-MVMT; Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en tal virtud, estan facultadas para aprobar su organizacion interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdiccion entre otros aspectos; Que, la autonomia consagrada en la Constitucion Politica del Peru radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, de administracion y, normativos con sujecion al ordenamiento juridico; Que, sin embargo, no existe MORDAZA absoluta para el ejercicio de dicha autonomia, porque tal y conforme se precisa en la Constitucion Politica del Estado y en la Ley Organica de Municipalidades -Ley Nº 27972, la misma debe ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los limites que senala la Ley; Que, el numeral 5 del articulo 73º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, senala que en materia de participacion vecinal las Municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones especificas en materia de participacion

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2012/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 2 de MORDAZA del 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el proximo 28 de MORDAZA se celebra el 191 Aniversario de la Declaracion de la Independencia del Peru; Que, es necesario resaltar los hechos historicos trascendentes con el proposito de fortalecer y reafirmar nuestra conciencia civica, fomentando la realizacion de actividades simbolicas tradicionales como el embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, instituciones publicas y privadas

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