Norma Legal Oficial del día 20 de Julio del año 2012 (20/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

470903

Las Orquideas, presentado por INTEC 2000 SISTEMAS FOTOVOLTAICOS (PERU), persona juridica inscrita en la Partida Nº 12610903 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, INTEC 2000 SISTEMAS FOTOVOLTAICOS (PERU) mediante documento con registro de ingreso Nº 2127261 de fecha 13 de setiembre de 2011, ha presentado solicitud de otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Las Orquideas, para una potencia instalada estimada de 16,2 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de San MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, mediante la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indigenas u Originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT), publicada el 07 de setiembre de 2011, se desarrolla el contenido, los principios y el procedimiento del derecho a la consulta previa a los pueblos indigenas u originarios respecto a las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2012-MC, publicado el 03 de MORDAZA de 2012, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indigenas u Originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT); Que, considerando que de conformidad con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, la concesion temporal habilita a realizar estudios de factibilidad, con cuya informacion tecnica, economica y financiera se puede determinar si un proyecto electrico es viable o no para el futuro desarrollo de una actividad electrica; y que dichos estudios, por tanto, no tienen efectos directos sobre derechos colectivos de pueblos originarios, de pueblos indigenas o de la poblacion en general, no corresponde la aplicacion de las normas legales MORDAZA referidas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe Nº 268-2012-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM, y el item CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de INTEC 2000 SISTEMAS FOTOVOLTAICOS (PERU), que se identificara con el codigo Nº 21281511, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Las Orquideas, con una potencia instalada estimada de 16,2 MW, los cuales se realizaran en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de San MORDAZA, por un plazo de seis (06) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56):
VERTICE 1 2 3 4 5 ESTE 203 791 206 487 206 619 205 617 203 219 NORTE 9 373 145 9 372 483 9 371 693 9 371 276 9 372 063

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, modificado por el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 022-97-EM, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto a la ejecucion de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 815316-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la PNP a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 123-2012-IN MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2012 VISTO, el Mensaje IP BUENOS AIRES 3413 02072012 2320 GMT MUY URGENTE del 2 de MORDAZA de 2012, con el cual la Oficina Central Nacional INTERPOL -- Buenos Aires - MORDAZA, comunico a la Oficina Central Nacional -- INTERPOL -- MORDAZA -- Peru, que el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Republica MORDAZA, ha concedido la extradicion del imputado MORDAZA Sadat MORDAZA MORDAZA, y de conformidad con el Tratado Bilateral aplicable, esta debe materializarse dentro de los TREINTA (30) dias de notificado el Estado requirente. CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Suprema N° 049-2012-JUS del 31 de marzo de 2012, se resolvio acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA Sadat MORDAZA MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del Delito Contra la MORDAZA, en la modalidad de Violacion de la MORDAZA Sexual -- Violacion de persona en incapacidad de resistencia, en agravio de la persona identificada con iniciales Y. E. M. R., y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado de Extradicion vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinion N° 240-2012DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 4 de MORDAZA de 2012, el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, estima conveniente que el General de la Policia Nacional del Peru, Director General (E) de la Policia Nacional del Peru, autorice el viaje al extranjero de la Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Buenos Aires - MORDAZA, del 20 al 26 de MORDAZA de 2012, a fin de que ejecuten la extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA Sadat MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra requerido por la autoridad judicial MORDAZA mencionada, por la presunta comision del Delito Contra la MORDAZA, en la modalidad de

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