Norma Legal Oficial del día 20 de Julio del año 2012 (20/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo 13º.- Certificado de Autorizacion de Organizacion (...) a. Publicar el Certificado dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a su expedicion por una (01) sola vez en el Diario Oficial "El Peruano" y en uno de circulacion nacional. Articulo 4º.- PRECISAR el literal b) del articulo 14º del "Reglamento de Autorizacion de Organizacion, Funcionamiento y Registro de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud", aprobado por Resolucion Nº 161-2011-SUNASA/CD, cuyo texto quedara redactado de la siguiente manera: Articulo 14º.- Solicitud de Autorizacion de Funcionamiento (...) b. MORDAZA de la publicacion del Certificado de Autorizacion de Organizacion en el Diario Oficial "El Peruano" y en uno de circulacion nacional. Articulo 5º.- PRECISAR el literal h) del articulo 15º del "Reglamento de Autorizacion de Organizacion, Funcionamiento y Registro de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud", aprobado por Resolucion Nº 161-2011-SUNASA/CD, cuyo texto quedara redactado de la siguiente manera: Articulo 15º.- Inicio del tramite de Autorizacion de Funcionamiento (...) h. Que la infraestructura propia o de terceros con la que prestara los servicios de salud, cuente con la respectiva acreditacion y categorizacion de conformidad con la normatividad vigente. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTELL Superintendente 816135-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban modelo de "Despacho Judicial Corporativo" para la aplicacion de la nueva Ley Procesal del Trabajo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 127-2012-CE-PJ MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Oficio Nº 137-2012-ETIINLPT-P/PJ cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la nueva Ley Procesal del Trabajo somete a consideracion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el denominado "Marco Conceptual del Despacho Judicial Corporativo" de la nueva Ley

Procesal del Trabajo, asi como la adopcion del modelo de despacho judicial corporativo como una politica a aplicar en la implementacion de la reforma procesal laboral. Segundo. Que, al respecto, es politica institucional del Poder Judicial la implementacion de reformas organico funcionales procesales destinadas a asegurar un mejor desempeno jurisdiccional para un adecuado y oportuno servicio de imparticion de justicia. En ese sentido, el despacho judicial como estructura organica y funcional requiere adaptarse a la realidad y al avance de las nuevas tecnologias con un manejo adecuado, racional y eficiente de los recursos, para asi optimizar el ejercicio de la funcion que corresponde al Poder Judicial, dentro del MORDAZA del Estado Constitucional. Tercero. Que de conformidad con el articulo 82º, numeral 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, es atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia y para que los jueces y demas servidores se desempenen con la mejor conducta funcional. Cuarto. Que el MORDAZA laboral de acuerdo a la nueva Ley Procesal del Trabajo se inspira, entre otros, en los principios de inmediacion, concentracion, celeridad, economia procesal, veracidad y oralidad como MORDAZA general, incorporando en el desarrollo de las actividades operacionales las nuevas tecnologias, razon por la cual a fin de cumplir tales objetivos se requiere crear las condiciones necesarias para que el MORDAZA sistema funcione dentro de parametros de eficiencia y calidad. Quinto. Que por Resolucion Administrativa Nº 1622010-CE-PJ, de fecha 12 de MORDAZA de 2010, este Organo de Gobierno aprobo el informe final presentado por la comision encargada de presentar la propuesta para la modernizacion de los despachos judiciales de las MORDAZA Superiores y Juzgados Especializados y/o Mixtos con excepcion de la especialidad penal. Sexto. Que la propuesta esta orientada a la mejora del servicio de imparticion de justicia, en los aspectos cualitativos y cuantitativos, y los objetivos se fundamentan en la separacion de las funciones jurisdiccionales de las administrativas mediante la distribucion racional de personal, recursos materiales y tecnologicos compartidos, asi como en la introduccion de los recursos proporcionados por los adelantos de la tecnica y de la ciencia, necesarios para lograr la eficiencia y eficacia del servicio de justicia. Setimo. Que el modelo de "Despacho Judicial Corporativo" considera aspectos cualitativos y cuantitativos, motivo por el cual resulta necesario adoptar las medidas administrativas correspondientes a fin de hacer viable su implementacion, acorde a las necesidades y realidad de cada Distrito Judicial, para que las dependencias judiciales de la especialidad laboral funcionen con celeridad y eficiencia, y asimismo se proceda con la fijacion de un calendario de actividades para el diseno y desarrollo de sus componentes, basados en los siguientes aspectos fundamentales: MORDAZA Regulatorio, Sistemas y Procedimientos, y Estructura Fisica, soportados transversalmente por el aspecto tecnologico. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo Nº 612-2012 de la trigesima cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Almenara MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el modelo de "Despacho Judicial Corporativo" para la aplicacion de la nueva Ley Procesal del Trabajo, cuya implementacion a nivel nacional sera progresiva. Articulo Segundo.- Establecer que el modelo de "Despacho Judicial Corporativo" de aplicacion a la nueva Ley Procesal del Trabajo, se sustenta en una MORDAZA organizativa denominada "Modulos Corporativos", y que

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