Norma Legal Oficial del día 20 de Julio del año 2012 (20/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2012

Setimo: Que, asimismo, bajo la definicion que hace el recurrente de la figura juridica de la cesion de derechos, contradiciendose en la conclusion que esboza con respecto a sus efectos, siendo los mismos claramente deducibles de lo regulado en el articulo 1206 del Codigo Civil, se encuentra acreditado que en su condicion de juez del Juzgado Mixto de Yanahuanca - Pasco dispuso que Telefonica del Peru pague a favor del demandante por concepto de reintegro de beneficios sociales la suma de S/. 317,282.36, cuando este ultimo a la fecha ya no era acreedor total de la suma fijada en sentencia, al existir otros sujetos procesales a quienes el citado demandante habia cedido sus derechos, contraviniendo el invocado articulo 1206 del Codigo Civil; actuaciones que por sus incidencias, desarrolladas entre los considerandos Octavo y Vigesimo de la resolucion recurrida, denotan la intencion de favorecer a la parte demandante; Octavo: Que, el recurso de reconsideracion tiene por finalidad que la autoridad administrativa reexamine su decision y los procedimientos que llevaron a su adopcion, de manera que, de ser el caso, se puedan corregir errores de criterio o analisis en los que se hubiera podido incurrir en su emision; apreciandose que los argumentos sostenidos por el recurrente en su recurso de reconsideracion, han sido debidamente valorados en la resolucion impugnada y resultan inconsistentes, respectivamente, en tanto que la medida disciplinaria impuesta, ademas, resulta proporcional y racionalmente adecuada al acto de inconducta debidamente acreditado; Por las consideraciones expuestas, estando a lo acordado por los senores Consejeros votantes en la sesion plenaria de 29 de MORDAZA de 2012 y, de acuerdo a lo establecido en los articulos 36 y 37 literales b) y e) de la Ley N° 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado en todos sus extremos el recurso de reconsideracion interpuesto por el doctor Wikler MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion N° 1222011-PCNM, dandose por agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 815747-2

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan expedicion de duplicados de diplomas de Grado de Bachiller en Psicologia, Ingenieria Industrial y Medicina otorgados por la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA RESOLUCION R. N° 1049-2012-CU-UNFV San MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2012

Publicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de MORDAZA y Titulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de perdida, deterioro o mutilacion, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, se publicaron en el Diario Oficial El Peruano, la Resolucion Nº 1525-06-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores, que aprueba el Reglamento de duplicados de diplomas de MORDAZA y Titulos profesionales expedidos por universidades del pais; asi como la Resolucion Nº 1895-2006-ANR, que modifica dicho Reglamento; Que, mediante Resolucion R. Nº 2291-2006-UNFV de fecha 11.05.06, esta Universidad, establecio la tasa que abonaran los interesados, por concepto de duplicado de diploma de Grado Academico, Titulo Profesional, asi como de MORDAZA Especialidad, en S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), y los incluyo en el MORDAZA "Registro de Tasas Academicas y Tarifas de Bienes y Servicios de esta Universidad, aprobado mediante Resolucion R. Nº 4871-2003-UNFV, de fecha 11.03.03; Que, mediante documento de fecha de recepcion 28.02.2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA COBOS, solicita el duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Psicologia, el cual fue expedido por esta Universidad el 29.11.2001, y que como ha quedado acreditado con la denuncia policial que obra en autos, el diploma fue extraviado en el distrito de La MORDAZA en circunstancias en que iba a solicitar la legalizacion por el fedatario de la Universidad Nacional MORDAZA Villarreal; asimismo, adjunta entre otros documentos, la publicacion de la perdida del referido diploma, asi como los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, mediante MORDAZA de Inscripcion en el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos, expedida por la Asamblea Nacional de Rectores con fecha 06.02.2012, se acredita que la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, con fecha 29.11.2001, expidio el diploma de Grado de Bachiller en Psicologia a MORDAZA MORDAZA MORDAZA COBOS, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 81, Folio Nº 196 y Registro Nº 60563, el mismo que obra en la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General de esta Universidad; Que, el Jefe de la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, mediante Oficio Nº 2152012-ORGT-SG-UNFV, de fecha 01.03.2012, senala que el requerimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA COBOS, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Psicologia; en consecuencia, es procedente acceder a lo solicitado; En merito a la opinion de la Oficina Central de Asesoria Juridica, contenida en Informe Legal N° 2462012-OCAJ-UNFV, de fecha 12.03.2012; estando a lo dispuesto por la Vice Rectora Academica segun Proveido Nº 01434-2012-VRAC-UNFV, de fecha 15.03.2012; el Consejo Universitario en Sesion Ordinaria Nº 11, de fecha 04.04.2012, acordo autorizar a la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, la expedicion del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Psicologia, a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA COBOS; y De conformidad con la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General y la Resolucion N° 2149-2011-R-COGUNFV de fecha 09.11.2011; SE RESUELVE:

Visto, el expediente con NT 17401, con fecha de recepcion 28.02.2012, seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA COBOS, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Psicologia, expedido por esta Universidad; y CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la Republica dio la Ley Nº 28626 de fecha 28.10.05, la misma que fuera publicada con fecha 18.11.05, mediante la cual se autoriza a las Universidades

Articulo Primero.- Autorizar a la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, la expedicion del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Psicologia, a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA COBOS, el mismo que fuera asentado en el Libro Nº 81, Folio Nº 196 y Registro Nº 60563, fecha de expedicion 29.11.2001, de la referida Oficina. Articulo Segundo.- La Oficina de Tramite Documentario de la Secretaria General, notificara bajo cargo a la interesada, asi como a la Asamblea Nacional

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