Norma Legal Oficial del día 20 de Julio del año 2012 (20/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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e instalaciones. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental y la Gerencia de Desarrollo Social y Economico, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia. Articulo Quinto.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Sistemas, que el presente Decreto de Alcaldia sea Publicado en la Pagina Web de esta Corporacion MORDAZA (www.munihuaral.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (wwww.peru.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 816124-1

Eliminan del MORDAZA de la Municipalidad requisito de Certificado de Parametros Urbanisticos y reemplazan Certificado de Habilitacion Profesional por Declaracion Jurada, para los Procedimientos de Edificaciones y Habilitaciones Urbanas
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2012-MPH Huaral, 13 de MORDAZA del 2012. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe Nº 010-2012-MPH/OPPRS/SGPPR de la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, Informe Nº 392-2012-MPH-GDUyOTSGOPyOU-JPG de la Sub Gerencia de Obras Privadas y Ordenamiento MORDAZA, Informe Nº 552-2012-MPH/ GDUyOT/SGEyPT/RFAC de la Sub Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial, Memorandum Nº 07962012-MPH-OPPRS de la Gerencia de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto, Racionalizacion y Sistemas y el Informe Nº 0647-2012-MPH-OAJ de la Gerencia de la Oficina de Asesoria Juridica de la Municipalidad Provincial de Huaral; y CONSIDERANDO: Que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Que, mediante Ordenanza Nº 009-2008-MPH de fecha 02 de junio del 2008, se Aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Huaral. Que, el Articulo 5º de la Ley Nº 29566 "Ley que modifica diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversion y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias", MORDAZA que modifica la Ley Nº 29090 "Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones", senala la eliminacion de requisitos para solicitar Licencias de Edificacion y de Funcionamiento, entre los que se encuentran: a)Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, b)Boletas de Habilitacion de los Profesionales que intervienen en el tramite; para los procedimientos de edificaciones y habilitaciones urbanas. Que, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, en el Numeral 36.3 del Articulo 36º establece "Las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos a la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de

Alcaldia, segun se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente". Asimismo, en el Numeral 38.5 del Articulo 38º de la MORDAZA acotada, establece "Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion del Titular del organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo". Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala en su Articulo 42º que mediante Decretos de Alcaldia se establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, se sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y se resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Memorandum Nº 646-2012-MPH/ GDUyOT la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ordenamiento Territorial, ratifica y da conformidad a la modificacion del MORDAZA, remitiendo el Informe Nº 392-2012-MPH-GDUyOTSGOPyOU-JPG de la Sub Gerencia de Obras Privadas y Ordenamiento MORDAZA en el cual emite opinion favorable respecto a la modificacion, asi como el Informe Nº 5522012-MPH/GDUyOT/SGEyPT/RFAC de la Sub Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial, la misma que tambien emite opinion favorable. Que, mediante Memorandum Nº 796-2012-MPHOPPRS la Gerencia de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto, Racionalizacion y Sistemas, senala que, conforme a lo dispuesto en las normas acotadas en los parrafos anteriores, es necesario modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) con el objeto de mejorar el clima de negocios y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Que, mediante Informe Nº 010-2012-MPH/OPPRS/ SGPPR la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, remite el sustento tecnico para la modificacion del MORDAZA, emitiendo su opinion favorable sobre la modificacion en mencion. Que, a traves del Informe Nº 0647-2012-MPH-OAJ la Gerencia de la Oficina de Asesoria Juridica, senala que las modificaciones al texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) que no impliquen la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, deben ser aprobados mediante Decreto de Alcaldia, de acuerdo a lo establecido en el Numeral 38.5 del Articulo 38º sobre la Aprobacion y Difusion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos" de la Ley Nº 27444 ­ Ley del procedimiento Administrativo General y en concordancia a lo que establece el Articulo 42º de la Ley Nº 27972. Estando a lo expuesto, a las normas vigentes senaladas y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- ELIMINAR del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Huaral, el requisito de Certificado de Parametros Urbanisticos para los Procedimientos de Edificaciones y Habilitaciones Urbanas. Articulo Segundo.- REEMPLAZAR el item que establece como requisito: Certificado de Habilitacion de Profesional del CAP y CIP (Civil, Sanitario y Electrico), por una Declaracion Jurada de Habilitacion Profesional, para los Procedimientos de Edificaciones y Habilitaciones Urbanas. Articulo Tercero.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Sistemas y a la Oficina de Secretaria General que el presente Decreto de Alcaldia sea Publicado en la Pagina Web de esta Corporacion MORDAZA (www.munihuaral.gob.pe) y en Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial

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