Norma Legal Oficial del día 01 de Junio del año 2012 (01/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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1.2. Los Pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas para el financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Infraestructura MORDAZA en el Departamento de Cajamarca" que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma. Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitadores y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada, a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1º del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º. Plazo para el inicio del MORDAZA de seleccion Los Gobiernos Locales senalados en el Anexo del presente dispositivo, segun corresponda, iniciaran el MORDAZA de seleccion para la ejecucion del proyecto a su cargo, de acuerdo al plazo establecido en sus respectivos Convenios. Articulo 5º.- Informacion Los Pliegos habilitados informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o Addendas correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el articulo 11º de la Ley Nº 29812. Articulo 6º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintaiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 795926-6

Autorizan Credito Suplementario para la incorporacion de los recursos del FONIPREL en el Ano Fiscal 2012 a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2011-I
DECRETO SUPREMO Nº 083-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28939, Ley que aprueba Credito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, dispone la creacion de Fondos y dicta otras medidas, creo el Fondo de Promocion a la Inversion Publica Regional y Local ­ FONIPREL, destinado al cofinanciamiento de estudios de preinversion y proyectos de inversion publica de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con la finalidad de reducir las brechas de provision de los servicios e infraestructura basica; Que, la Ley Nº 29125 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 204-2007-EF, establecieron la implementacion y el funcionamiento del FONIPREL disponiendo que la Secretaria Tecnica presenta la lista de los estudios de preinversion y/o proyectos de inversion que hayan resultado seleccionados al Consejo Directivo del FONIPREL, el cual procede a su aprobacion; Que, el numeral 1.3 del articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 030-2008 dispone que los recursos del FONIPREL se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas en la fuente de financiamiento "Recursos Determinados" del Presupuesto Institucional de las entidades cuyos estudios de preinversion o proyectos de inversion resulten ganadores del concurso; Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesion ordinaria del 18 de agosto de 2011, aprobo la lista de los estudios de preinversion y proyectos de inversion de la Convocatoria FONIPREL 2011-I seleccionados por la Secretaria Tecnica para el respectivo cofinanciamiento, por una suma total de CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO Y 96/100 NUEVOS SOLES (S/. 462 049 961.96); Que, la Secretaria Tecnica del FONIPREL suscribio los respectivos convenios de cofinanciamiento con los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Mancomunidades Municipales, los mismos que contienen los cronogramas de ejecucion en los que se ha determinado el requerimiento anual de recursos para la elaboracion de los estudios de preinversion o la ejecucion de los proyectos de inversion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 211-2011-EF, se autorizo la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 hasta por un monto total de OCHENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 84 814 984,00) en la fuente de financiamiento "Recursos Determinados" a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para la ejecucion de los proyectos de inversion y elaboracion de estudios de preinversion que resultaron ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2011-I; Que, conforme a lo informado en los referidos cronogramas de ejecucion financiera, se ha determinado que para el Ano Fiscal 2012 es necesario incorporar hasta por un monto total de TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 367 482 401,00) en la fuente de financiamiento "Recursos Determinados" del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales cuyos estudios de preinversion o proyectos de inversion

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