Norma Legal Oficial del día 24 de Marzo del año 2012 (24/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de marzo de 2012

Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Ciencias Gastronomicas, Turisticas y Ambientales; Que, con Oficio Nº 149-2012-CONAFU-CDAA recibido con fecha 02 de febrero de 2012, la Comision Academica, informa al Pleno del CONAFU que el Responsable del Proyecto de Universidad de Ciencias Gastronomicas, Turisticas y Ambientales, remite el levantamiento de observaciones al Proyecto de Desarrollo Institucional del referido proyecto universitario, el mismo que ha cumplido con levantar las observaciones planteadas, por lo que se da por saneado los requisitos de admisibilidad, sugiriendo: Admitir a tramite la solicitud presentada por el Gerente General del Proyecto de Universidad de Ciencias Gastronomicas, Turisticas y Ambientales, las partes AC y B, por encontrarse conforme; asimismo, conformar la Comision Calificadora previo pago establecido en el TUPA-CONAFU; Que, en el articulo 19º del Reglamento, se establece que: "Con los informes favorables de la CDAA y de la CJ, contando ademas con el acta de entrevista a los integrantes de la Promotora y de la Comision Organizadora propuesta; realizada ante consejeros del CONAFU, el Pleno decidira sobre la admision a tramite de la solicitud presentada en el plazo MORDAZA de quince (15) dias naturales de recibido el ultimo de los informes MORDAZA referidos. ..."; Que, en el articulo 10º del Estatuto del CONAFU, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en la sesion ordinaria de fecha 08 de febrero de 2012, el Pleno del CONAFU despues de deliberar, por Acuerdo Nº 090-2012-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Admitir a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Ciencias Gastronomicas, Turisticas y Ambientales, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Gastronomia y Arte Culinario, 2) Hoteleria y Turismo, y 3) Industrias Alimentarias; cada una con 40 vacantes por ciclo academico, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882 y Designar a los miembros de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional, la misma que estara integrada por el Consejero del CONAFU Dr. Angelmiro MORDAZA Mestanza en calidad de Presidente, Dr. MORDAZA Yumbato MORDAZA en calidad de Secretario y el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Giove en calidad de Vocal; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR A TRAMITE la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Ciencias Gastronomicas, Turisticas y Ambientales, presentado por el Sr. MORDAZA Fischman Kalincausky, en calidad de Gerente General de la Promotora PROCIBARIS S.A.C.; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Gastronomia y Arte Culinario, 2) Hoteleria y Turismo, y 3) Industrias Alimentarias; cada una con 40 vacantes por ciclo academico. Articulo Segundo.- DESIGNAR a los miembros de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Ciencias Gastronomicas, Turisticas y Ambientales, la misma que estara integrada por los siguientes profesionales: NOMBRES Dr. Angelmiro MORDAZA Mestanza Dr. MORDAZA Yumbato MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Giove CARGOS Presidente Secretario Vocal

como una Sociedad Anonima Cerrada, bajo Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882 y las normas que resulten aplicables de conformidad con la normatividad vigente del CONAFU. Articulo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 767871-1

Declaran adecuada a la Universidad Autonoma San MORDAZA al Regimen del Decreto Legislativo Nº 882
RESOLUCION Nº 085-2012-CONAFU MORDAZA, 9 de febrero de 2012 "UNIVERSIDAD AUTONOMA SAN FRANCISCO" VISTO: El Oficio Nº 132- P- 2010 recibido con fecha 22 de noviembre de 2010, la Resolucion Nº 541-2010CONAFU de fecha 20 de diciembre de 2010, la Resolucion Nº 078-2011-CONAFU de fecha 04 de febrero de 2011, el Oficio N° 021-2011-CONAFU-JABR recibido con fecha 09 de junio de 2011, la Resolucion Nº 324-2011-CONAFU de fecha 06 de MORDAZA de 2011, el Oficio Nº 286-P-UASF-2011 recibido con fecha 10 de octubre de 2011, el Acuerdo Nº 663-2011-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 03 de noviembre de 2011, el Oficio N° 001-2012-CONAFU-JABR recibido con fecha 30 de enero de 2012, el Informe Legal Nº 046-2012-CONAFUCJ de fecha 06 de febrero de 2012, el Oficio Nº 1802012-CONAFU-CDAA de fecha 06 de enero de 2012, el Acuerdo Nº 113-2012-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 08 de febrero de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector de funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, de conforme al Decreto Legislativo Nº 882 de fecha 09 de noviembre de 1996 - Ley de Promocion Privada en la Educacion, establece condiciones y garantias para promover la inversion en servicios educativos, con la finalidad de contribuir a modernizar el sistema educativo y ampliar la oferta y la cobertura, dichas normas se aplican a todas la instituciones educativas particulares en el territorio nacional entre ellas las universidades y las escuelas de postgrados particulares; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion 189-2006 de fecha 13 de MORDAZA de 2006 en el articulo 10º establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... j) Conceder o no la adecuacion al Decreto Legislativo Nº 882 a las universidades privadas que lo soliciten"; Que, mediante Resolucion Nº 097-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo de 2009, se resolvio: Aprobar el Reglamento del MORDAZA de Adecuacion de Universidades al Decreto Legislativo Nº 882, que consta de treinta y uno (31) Articulos y una Disposicion Complementaria; Que, por Oficio Nº 132- P- 2010 recibido con fecha 22 de noviembre de 2010, el Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Autonoma San MORDAZA solicito la adecuacion de la Universidad Autonoma San MORDAZA al Decreto Legislativo Nº 882, en base al acuerdo adoptado por la Sociedad Promotora Educativa MORDAZA S.A.C.;

Articulo Tercero.- PROSIGASE con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Ciencias Gastronomicas, Turisticas y Ambientales, organizada

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